Espacio de divulgación científica y tecnológica patrocinado por la Universidad de Alcalá (UAH), con el objetivo de acercar el conocimiento y la investigación a la ciudadanía y generar cultura de ciencia
Estudiar el odio cuando llega a ser delito para prevenir sus “graves consecuencias” en la convivencia
Los delitos de odio se consideran una infracción penal en el sistema jurídico español y vienen definidos, expresamente, en su tipificación como tales en el artículo 510 del Código Penal introducido en la última reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015. Pueden ser amenazas o agresiones proferidas contra una víctima que pertenezca a un colectivo vulnerable o distinto, según el contexto social, y debido específicamente a esta condición que distingue a una minoría o colectivo más desprotegido. Pero, ¿es tan sencillo de determinar?
En octubre de este año, la Audiencia Provincial de Sevilla dictaminó que expresiones como “negro de mierda” o “vete a tu país” no podían juzgarse como delito de odio. La explicación que daba el tribunal era que la “virtualidad ofensiva de la conducta” debía proyectarse no solo sobre la persona afectada, en este caso un hombre de raza negra, sino “sobre todo el grupo” incluso cuando fuese a modo “meramente potencial”.
La doctora Isabel Cano, profesora de la Universidad de Alcalá (UAH), reflexiona: “Con odio no se nace. Nadie nace siendo racista, xenófobo u homófobo. El odio también se enseña, en las familias o simplemente en la sociedad que nos rodea”. Y es precisamente desde ese punto de vista, en el que las actitudes de odio son creadas, de donde parte el razonamiento jurídico tras este delito.
Nadie nace siendo racista, xenófobo u homófobo
Efectivamente, “no vale con cualquier acción”, sino que debe estar “recogida expresamente en el Código Penal”. “El acto en sí debe constituir una infracción penal, una amenaza, una lesión o desgraciadamente, como ha ocurrido ya en alguna ocasión, una muerte”, señala Cano. El autor del delito “elige” a su víctima por pertenecer a un colectivo en concreto.
La profesora, que impartió la conferencia inaugural del ciclo ‘El odio. Presencia, reconocimiento y expresiones’, organizado por la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alcalá, explica que este tipo de comportamientos ha ido aumentando y que cada vez alcanzan dimensiones que hacen más complejo su estudio y también sus sentencias. En 'Cuando el odio se convierte en delito' explicó la necesidad de conocer exactamente qué son estos delitos para poder prevenir a la sociedad de su existencia.
“Se puede agredir a una chica que parece lesbiana, pero no lo es. También es delito de odio. Se han ido introduciendo nuevos conceptos, como la aporofobia –odio hacia las personas sin recursos económicos-y el antigitanismo, y en un futuro hablaremos también de delitos contra las personas mayores -el edadismo-”, explica Cano. Todo es “fruto de prejuicios, de personas incapaces de ver más allá y entender que las diferencias deben siempre sumar, no restar”.
El odio que nace de los estereotipos
¿Por qué se introduce de manera tan tardía esta infracción en el Código Penal? “Se observa un cambio en la sociedad, de la mano de tantos estereotipos que sufrimos en ella. Es de ellos que nace el prejuicio y a la larga el odio: muchas veces hemos escuchado que los hombres no lloran, las mujeres conducen peor o los musulmanes son muy extremistas. Todo son estereotipos, no se corresponden con la realidad”.
Para la doctora en Derecho es fundamental que la sociedad se vea interpelada al enfrentarse a este tipo de motivaciones provocadas por el odio. “En España ha calado esta sensibilidad, porque afortunadamente cada vez es una sociedad más diversa desde todos los puntos de vista y eso se transmite también a las personas más jóvenes”, afirma.
El ciclo, que continúa este miércoles 20 de diciembre con la ponencia 'Los gestos del odio', está abierto a todo el estudiantado tuviese o no formación jurídica. “Como juristas debemos ser defensores de todos los derechos humanos, porque son todos iguales, aunque no nos veamos afectados por su vulneración”.
Consecuencias en la convivencia entre personas
“El delito de odio puede tener graves consecuencias en nuestra convivencia”, reflexiona la doctora y profesora. Es por ello que existen ya secciones especializadas en los juzgados para este tipo de infracciones y también de los Colegios de la Abogacía. “Se puede llegar a actuar de oficio, incluso una persona que sea testigo de la amenaza puede interponer la denuncia”.
La doctora destaca iniciativas como la de la Policía Municipal de Madrid, por ser pionera en poner en marcha una unidad creada para atender delitos de odio. “Una víctima de este tipo de delitos necesita un apoyo especial”, recalca, a la vez que añade, “cada vez hay más formación en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para tener más sensibilidad en torno a esta lacra”.
En el caso de las universidades, enseñar y sensibilizar al respecto es “un deber legal y moral”. “La ley por la igualdad explica que los organismos públicos tienen la obligación de implantar planes de acción para prevenir y formar a sus usuarios sobre este tipo de comportamientos, porque no están exentas de sufrir incidentes de odio”, reflexiona Cano.
El papel de las redes sociales
En la ecuación han entrado también, en los últimos años, las redes sociales. “Por desgracia, han amplificado este tipo de delitos. Ahora con un clic se puede hacer mucho más. Lo que han hecho ha sido agravar estas amenazas y también la apología del odio”, lamenta la profesora. De hecho, achaca a estas herramientas el crecimiento “exponencial” de los discursos de odio.
Desde un punto de vista educativo, la Universidad de Alcalá ha realizado proyectos de innovación docente para formar al estudiantado como agentes pacificadores, trabajando con instituciones como la mencionada Policía Municipal de Madrid. “Debemos ser baluarte para evitar que este tipo de comportamiento pueda convertirse en delito. En esto también debe actuar la universidad”, resalta.
Alumnado de la profesora Cano ha trabajado en estos proyectos, en concreto en colegios de la zona del Corredor del Henares para ayudar a identificar los ciberdelitos de odio. “Puede llegar a tener más calado cuando es una persona que consideras a un igual, te lo explica. De este modo, alumnos y alumnas de Derecho cumplen también un servicio a la sociedad”, resalta la docente.
“La sociedad debe asumir la diversidad como algo valioso, que se debe estudiar para conocer sus efectos negativos y que se vayan aminorando”, concluye la doctora.
Una perspectiva transversal
El ciclo 'El odio. Presencia, reconocimiento y expresiones' continúa este 20 de diciembre con la ponencia 'Los gestos del odio'; el 24 de enero se celebrará la conferencia 'Islamofobia y antisemitismo, historias paralelas' y acabará el 21 de febrero con la exposición 'La polarización afectiva en los medios'. Las tres jornadas estarán a cargo de los doctores Javier Moscoso (Historia y Filosofía de la Ciencia), Fernando Bravo (Historiador) y de la Dra. Isabel Alonso (Análisis del discurso), respectivamente.
“Cuando planteamos el ciclo queríamos dar herramientas para la interpretación de la realidad”, explica la profesora Helena de Felipe que dirige la iniciativa junto a la profesora María Dolores Porto. “Es un tema del que se habla y que está presente en la sociedad. Era importante llevarlo también a la universidad, entendiéndola como un lugar donde la formación ha de ser integral y no solo para aprender conocimientos específicos”, añade Porto.
El ciclo es una oportunidad más para formar a la ciudadanía del futuro. “Es importante esta aproximación al odio, para entender lo que está pasando actualmente y qué se puede hacer al respecto”, afirma la profesora Porto. “El odio es una emoción humana más, todos somos susceptibles de sentirla. Por eso necesitamos herramientas para abordar lo que sentimos”, añade de Felipe. Para las profesoras, lo importante era ofrecer una aproximación interdisciplinar para poder abordar un fenómeno “tan complejo”. Por eso, se habla desde el derecho, la filosofía, la historia o la perspectiva de la lingüística.
Las directoras celebran también que la recepción está siendo “estupenda” y que el número de personas inscritas superaba lo esperado. “Nos gusta el interés que suscita y los debates que se generaron en la primera ponencia”, resaltan las responsables. “Creemos que hay un contexto en el que las emociones pertenecían a un espacio privado, pero ahora ya han llegado a uno público y por eso hay tanto interés”.
Los delitos de odio se consideran una infracción penal en el sistema jurídico español y vienen definidos, expresamente, en su tipificación como tales en el artículo 510 del Código Penal introducido en la última reforma operada por la Ley Orgánica 1/2015. Pueden ser amenazas o agresiones proferidas contra una víctima que pertenezca a un colectivo vulnerable o distinto, según el contexto social, y debido específicamente a esta condición que distingue a una minoría o colectivo más desprotegido. Pero, ¿es tan sencillo de determinar?
En octubre de este año, la Audiencia Provincial de Sevilla dictaminó que expresiones como “negro de mierda” o “vete a tu país” no podían juzgarse como delito de odio. La explicación que daba el tribunal era que la “virtualidad ofensiva de la conducta” debía proyectarse no solo sobre la persona afectada, en este caso un hombre de raza negra, sino “sobre todo el grupo” incluso cuando fuese a modo “meramente potencial”.