Los extranjeros no tendrán que acreditar residencia legal en España para ser pareja de hecho en Castilla-La Mancha
Castilla-La mancha no quiere que los requisitos que se exigen para que dos personas se registren como pareja de hecho en la comunidad autónoma sean más restrictivos que los que existen para contraer matrimonio civil. Es el motivo por el que el Ejecutivo regional va a abordar un nuevo cambio en el Registro de Parejas de Hecho, que gestionan las comunidades autónomas, para eliminar la exigencia que se impone a las personas extranjeras de acreditar su residencia legal en España para poder inscribirse como tal.
De momento, la modificación de este texto está en consulta previa, por lo que aún debe abordarse su trámite de participación pública y su aprobación posterior. Pero supone un nuevo avance en la equiparación de derechos en cuanto a las personas que eligen este modelo como pareja no casada pero que convive en una relación afectiva análoga a la conyugal.
La regulación de las parejas de hecho existe en Castilla-La Mancha desde el año 2000 y ya ha sufrido varios cambios desde entonces. Se amplió su desarrollo técnico y se establecieron algunos requisitos en 2012, pero hace tres años, en 2018, se llevó a cabo una nueva modificación para eliminar la exigencia de que se acreditara un periodo de convivencia y empadronamiento previo de al menos doce meses.
Ahora, con este nuevo cambio, la Junta vuelve a flexibilizar las condiciones, en este caso para las personas extranjeras. Considera que, tratándose de una institución muy similar a la matrimonial, “no puede ser que los requisitos que se exigen para la inscripción de una pareja de hecho en un registro administrativo sean más restrictivos que los que se requieren para contraer un matrimonio civil, dado que para esto último no se exige dicha prueba de residencia”.
De igual forma, también se pretenden dar mayores facilidades para ser pareja de hecho a personas que tengan dificultades para poder realizarlo de manera presencial. Es decir, establecer medidas para que aquellas personas que, por padecer una enfermedad grave, ser víctima de violencia de género o hallarse ingresada en un establecimiento penitenciario, se vean imposibilitadas de realizar la comparecencia personal que es exigible para inscribirse o darse de baja como pareja de hecho. En el borrador, el Ejecutivo baraja la sustitución de dicho trámite por la presentación de un documento acreditativo de dicha situación de imposibilidad.
Baja “de oficio”
Otra de las novedades que se introdujeron en la última modificación fue la posibilidad, hasta entonces no prevista, de que el Registro de Parejas de Hecho pueda “resolver y practicar de oficio” la baja registral de una pareja inscrita en aquellos supuestos en los que le “conste de forma fehaciente que se ha producido el incumplimiento sobrevenido de los requisitos que dieron lugar a la inscripción”.
Asimismo, mientras que no está permitida inscripción alguna sin el consentimiento conjunto de los miembros de la pareja, sí que se puede ya solicitar unilateralmente la extinción de la misma, a instancia de uno solo de sus miembros. Se exceptúa de estas últimas previsiones los supuestos de incumplimiento sobrevenido de cualquiera de los requisitos que fueron determinantes para la inscripción, en los que el órgano encargado del Registro “podrá proceder de oficio a la cancelación de la inscripción”.
Se da la circunstancia de que el pasado mes de junio el Gobierno central se comprometió a tener diseñada la equiparación en el acceso a la pensión de viudedad de las parejas de hecho respecto a los matrimonios a comienzos de 2022. Se podrían fin así a un trato desigual, considerado “injusto” para las parejas de hecho por la gran mayoría del Senado hace solo unos meses y que quedó plasmado como una recomendación del Pacto de Toledo.
Este compromiso fue uno de los elementos del acuerdo con los sindicatos y empresarios en el primer paquete de la reforma de pensiones. La reforma de pensiones del Gobierno de coalición, que lidera el ministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, se plantea en dos grandes bloques: el primero debe estar aprobado antes de diciembre de 2021 y un segundo paquete tiene la vista puesta en varios momentos del próximo año, 2022.
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