Castilla-La Mancha tendrá que modificar su Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en la región. Así se desprende de la resolución publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y que recoge el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma.
Un acuerdo que firman Miquel Iceta, ministro de Política Territorial y Función Pública y José Luis Martínez Guijarro, vicepresidente de Castilla-La Mancha y que ha sido comunicado al Tribunal Constitucional.
Y es que esta Ley de Proyectos Prioritarios, uno de los textos normativos ‘estrella’ del Gobierno castellanomanchego de la presente legislatura, había suscitado “discrepancias” con el Gobierno de España. Entre otras cosas por lo que establece en cuanto a la agilización de trámites urbanísticos y ambientales para aquellos proyectos de inversión empresarial que sean calificado de ‘prioritarios’ para Castilla-La Mancha. Esas discrepancias tienen que ver, por ejemplo, con los plazos de información pública a la que deben someterse estos proyectos.
El Ejecutivo castellanomanchego había justificado la oportunidad de esta ley como soporte para un sistema de tramitación preferente de los proyectos empresariales prioritarios acompañado de la simplificación y agilización de trámites administrativos.
El Gobierno de España ha querido aclarar que la norma “no supone la reducción de los plazos previstos en las leyes”: 20 días de exposición pública y un plazo de siete días para la emisión de los informes pertinentes en contra, si los hubiera, ya que el silencio administrativo supondría que no hay oposición a que sea declarado proyecto prioritario. Y es que el artículo 7 de la ley resulta un tanto ambiguo en lo que se refiere a esta cuestión al hablar de “integración” de los procesos de información pública.
Tanto Junta como Gobierno de España manifiestan en el acuerdo que no habrá reducción de plazos ni en lo que se refiere a lo que marca la Ley de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha, ni en las cuestiones que define la Ley de prevención y control integrados de la Contaminación, ni en lo que afecta al Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha o a la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
La Junta tendrá que recular en su intención de eliminar la evaluación ambiental
Por otro lado, la norma suscitó discrepancias porque modifica uno de los artículos, el 17, de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (LOTAU). Este artículo regula los planes e instrumentos de ordenación territorial y urbanística de Castilla-La Mancha. El Gobierno de España ha querido aclarar que los Proyectos Supramunicipales de Singular Interés seguirán siendo sometidos, de forma preceptiva, a evaluación ambiental estratégica.
Y es que el Gobierno de Castilla-La Mancha proponía un diseño “básico para su inmediata ejecución”, en el caso de tratarse de infraestructuras, construcciones o instalaciones “de relevante interés social o económico en el ámbito regional”, dando a entender que la tramitación administrativa sería más laxa y ágil.
Para los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos, así como los Catálogos de Suelos Residenciales Públicos, Junta y Gobierno de España han acordado que deberán ser sometidos a a evaluación ambiental estratégica para cualquier intervención o implantación de un proyecto empresarial prioritario. Y es que el Gobierno regional proponía de entrada que este tipo de proyectos “no se hallarán sometidos al procedimiento de evaluación ambiental por resultar innecesario ante su escasa entidad y su nula capacidad innovadora respecto a la ordenación urbanística”.
En la reforma de la LOTAU, además, se ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad. Se refiere a los estudios de detalle de los proyectos municipales y deberá ser el Tribunal Constitucional el que dirima sobre si están sujetos a evaluación ambiental.
Por otro lado, se alude a la “controversia” suscitada el apartado 3 de la disposición final primera. El Gobierno regional tendrá que eliminarlo.
¿Qué es lo que le rechina el Gobierno central? La Junta había decidido que los planes de ordenación urbanística supramunicipales, municipales o especiales tendrían la condición de “actos administrativos generales ordenadores” y que podrían ser declarados nulos o anulables en beneficio de un determinado proyecto empresarial prioritario. Eso, ahora, queda descartado.
El caso de los proyectos urbanísticos municipales
El consejero de Fomento, Nacho Hernando, ha explicado a elDiarioclm.es que el grueso del debate entre ambas administraciones se encuentra en que el Gobierno castellanomanchego ha planteado que cuando los planes de ordenación municipal tengan “defecto de forma” no sean “totalmente anulados”, poniendo como ejemplo el POM de Toledo. El Gobierno central ha alegado que eso solo se puede solucionar en una normativa estatal, por lo que el Ejecutivo regional le ha instado a que se lleve a cabo esa reforma. En caso contrario, se tendrá que modificar la ley autonómica.
“Les hemos instado a que asuman esa responsabilidad de resolverlo. Queríamos ser parte de la solución, no parte del problema y por eso les hemos instado a que, independientemente de que haya que suprimirlo de nuestra ley, se pueda llevar a cabo una solución. El espíritu de esta ley es solucionar los cuellos de botella para sacar adelante proyectos que generan puestos de trabajo y crecimiento económico. Por eso debemos abordar soluciones para problemas que ya son estructurales. Y el inmovilismo no puede ser una solución”, recalca el consejero.
Una norma polémica en sus orígenes
La norma recibió el pasado año las críticas de Podemos Castilla-La Mancha al considerar que permite la especulación inmobiliaria e incentiva tanto la ludopatía como los espectáculos taurinos.
Y es que, por citar un ejemplo, la ley bonifica, en su disposición adicional séptima, “la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar, sobre las máquinas o aparatos de juego”, a pesar del anuncio por parte de García-Page que de la región tendrá una de las leyes del juego “más restrictivas” de España.
El coordinador autonómico de la formación se refirió, según recoge Europa Press, a la letra pequeña del “pacto de derechas” entre PSOE y Ciudadanos que se refleja en esta ley con algunos elementos que son “un coladero de medidas conservadoras”. En su momento se criticaba que se fueran a permitir recalificaciones en terreno rústico “burlando medidas de protección y normativas de protección medioambiental”, lo que va a permitir “una burbuja inmobiliaria y especulación que tanto daño han hecho”.
La ley se aprobó en julio de 2020 en las Cortes regionales por unanimidad en la mayoría del articulado, aunque el PP se opuso a la exposición de motivos y a algunos artículos para los que habían pedido su modificación vía enmienda.