Las macrogranjas porcinas y el papel de los ‘árbitros’ judiciales y ambientales
Ni diez kilómetros separan a los municipios conquenses de Huerta de la Obispalía (134 habitantes) y Torrejoncillo del Rey (394 habitantes). En ambos gobierna el PP pero al margen de la ideología política de sus alcaldes, hay algo que les diferencia y que tiene que ver con las macrogranjas porcinas, cuya implantación no deja de crecer en los últimos meses en esta provincia, una de las más despobladas del país.
El Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey se niega a la instalación de una nueva explotación ganadera en el vecino municipio de Huerta de la Obispalía. Rechaza una explotación con una capacidad para 7.200 plazas de cerdos de cebo, el llamado ‘Cebadero de Porcino Los Llanos’, que tiene como promotor a Hermanos Matas de Huerta, SL.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha declaró nula la Declaración de Impacto Ambiental de este proyecto ganadero pero ahora el Consistorio vuelve a intervenir. Ha presentado un recurso de alzada ante la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural contra la decisión de la Junta de continuar adelante con la autorización ambiental integrada para este proyecto.
La razón de la oposición del Consistorio de Torrejoncillo del Rey es la misma que hace unos meses: considera que pueden verse afectadas sus captaciones de aguas además de tener que soportar los olores o la presencia de partículas en la zona.
Torrejoncillo del Rey pide a la Junta que preside Emiliano García-Page que reinicie el trámite de evaluación ambiental y de la autorización ambiental integrada al considerar que la decisión de Medio Ambiente -en forma de Resolución- no solo “no está ajustada a derecho” sino que apenas cumple en la parte “formal” la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que anuló la Declaración de Impacto Ambiental.
“Se trata de la misma Declaración de Impacto Ambiental y la misma Resolución, sin cambio de ningún tipo”, recoge el recurso de alzada del Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey que recibió la Resolución el pasado 11 de julio, con la propuesta de Autorización Ambiental Integrada “para la misma explotación porcina, en términos absolutamente idénticos a la que fue objeto de anulación” y que data del año 2014.
“Se infringe directamente lo dispuesto en la sentencia estimatoria de la nulidad”, señala el recurso de alzada porque la actuación de la Viceconsejería de Medio Ambiente se limita a publicar la misma Declaración de Impacto Ambiental (DIA) “pero sin apertura de ningún periodo de exposición pública o alegaciones a la misma”. Buena prueba de ello, continúa el recurso, es “la notificación recibida en el Ayuntamiento de Torrejoncillo que contiene como propuesta de resolución a dictar, exactamente la misma Autorización Ambiental Integrada que la publicada en 2014”.
Abunda el recurso además en su argumento que “aunque se hubiera dado realmente a este Ayuntamiento plazo de quince días para formular alegaciones, y no se tratara de un error, no se colman las exigencias de un periodo de participación pública efectiva, dado que quedaría restringido a un solo interviniente, el Ayuntamiento, cuando por esencia dicho trámite debe ser público, general y difundido, para garantizar la posibilidad de participación ciudadana efectiva”.
Aduce también que la Declaración de Impacto Ambiental está “caducada” al haber pasado tres años desde que fuese dictada y sin que se haya producido su ejecución. Y es que, apuntan, transcurrido ese plazo, “el promotor deberá iniciar nuevamente el trámite de Evaluación Ambiental del proyecto”.
El letrado del Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey considera como un hecho que tanto la Declaración de Impacto Ambiental como la Autorización Ambiental Integrada “deben declararse nulas pero por motivos de fondo” porque ambos documentos “no llegan a colmar ni de lejos las exigencias y contenido que debieran tener a los efectos de prevenir la contaminación de suelos y agua por el manejo de los purines que genera la granja de cerdos”, según se desprende del voto particular de un magistrado en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Además, señala que el proyecto al que se otorga autorización ambiental integrada “no contiene el inventario de los elementos del medio que pueden verse afectados”. Se refiere en particular a las masas de agua de la zona o con la calidad del aire. “El inventario ambiental es clave para poder estudiar y determinar impactos”, indica el recurso.
El “efecto acumulativo” de cuatro explotaciones porcinas y una de bovino
En su recurso el Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey recuerda que en el vecino pueblo de Huerta de la Obispalía ya existen otras tres instalaciones de porcino con capacidad de 7.200 animales, y una instalación de 916 vacas. “El escenario en el que se plantea el proyecto está ya profundamente condicionado por las explotaciones ganaderas ya en funcionamiento, que además, son en cuanto al porcino, de la máxima intensidad permitida por la ley”.
Este “efecto acumulativo” de explotaciones ganaderas, añade, debía haber supuesto una “revisión técnica” porque, a su juicio, el principal efecto medioambiental adverso de este tipo de instalaciones de engorde de ganado no suele venir del simple proceso de construcción de las instalaciones –“sin menospreciarlo debido al tamaño de cuatro naves de más de cien metros de largo por catorce de ancho”-, sino los efectos derivados de la producción continua de purines y su necesaria gestión.
De ponerse en marcha esta nueva explotación ganadera, en Huerta de la Obispalía se generarían más de 80.000 m3 de purines al año (con los que se podrían llenar más de 30 piscinas olímpicas) que se utilizarían como abono agrícola en el propio municipio. Y en este sentido, alegan un incremento paulatino en el nivel de nitratos, según los resultados de las analíticas de agua de consumo humano que se vienen realizando desde 2002 en las vecinas localidades de Torrejoncillo y Villar del Águila.
La explotación ganadera “está funcionando sin la autorización ambiental”
De forma paralela a la presentación del recurso de alzada ante la Consejería, desde la Plataforma Pueblos Vivos Cuenca, su portavoz, Daniel González, ha denunciado que “la macrogranja de Huerta de la Obispalía a la que se anuló la autorización ambiental sigue funcionando” y que además, lo sabe la Dirección Provincial de Agricultura en esta provincia después de que una patrulla del SEPRONA comunicase este extremo a la Junta.
Daniel González cree que Medio Ambiente está “acelerando los trámites para otorgar nuevamente las autorizaciones precisas y que fueron anuladas por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha” y sostiene que con esta actitud “queda en entredicho” el discurso de la Administración regional sobre la rigurosidad en los procesos de evaluación ambiental.
Pueblos Vivos Cuenca recuerda que la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha consideraba nula la Declaración de Impacto Ambiental “tras comprobar que el agua de abastecimiento del pueblo superaba el límite legal de nitratos, resultando no potable, tal y como se desprende de los análisis practicados por los Servicios de Sanidad”.
“A pesar de la sentencia”, que data de enero de 2018, la plataforma asegura que “esta instalación ganadera funciona a día de hoy con normalidad, hecho del que tiene constancia la Viceconsejería de Medio Ambiente a través de una diligencia de presencia del Seprona”. En opinión de Pueblos Vivos Cuenca esta situación “debería haber llevado a la Viceconsejería a incoar expediente sancionador y a dictar orden de clausura inmediata de la actividad” ya que, recuerdan, “no podría estar funcionando sin Declaración de Impacto Ambiental, Autorización Ambiental Integrada ni licencia de actividad en regla” y, sin embargo, insiste, la Administración autonómica ha publicado nuevamente la Declaración de Impacto Ambiental en el Boletín Oficial en fecha 29 de junio “para intentar regularizar su situación lo antes posible”.
Sobre la publicación “de manera literal” de la misma Declaración de Impacto Ambiental que fue anulada por el Alto Tribunal castellano-manchego “sin apertura de plazo ni periodo ninguno para alegaciones”, señala que estaría “incumpliendo” el contenido de la propia sentencia por la que se condenaba a la Junta “por no haber abierto o instrumentalizado un plazo de alegaciones tras la publicación de la DIA y antes de emitirse la Autorización Ambiental Integrada que hubiera permitido la eficaz participación ciudadana. Periodo que tampoco se ha abierto en este caso”.
Además, Daniel González cree que esta situación “contradice de manera clara el reiterado discurso tanto del director Provincial de Agricultura, Sr. Joaquín Cuadrado” -quien, recuerda, afirmó que “el objetivo del Gobierno regional es que todas las granjas que se pongan en marcha cuenten con las garantías ambientales y sanitarias necesarias”-, como del propio consejero, Francisco Martínez Arroyo, quien en sede parlamentaria aseveró que “en Castilla-La Mancha se cumple la normativa ambiental y de control animal y si se detectan anomalías se sanciona a las empresas”.
“En el caso de Huerta de la Obispalía, los órganos ambientales competentes están permitiendo con conocimiento de causa que esta explotación porcina funcione sin las autorizaciones ambientales pertinentes y, por tanto, sin el consiguiente control de sus actividades susceptibles de contaminación ambiental. No sólo no se sanciona sino que se han acelerado los trámites ambientales para que dejen de estar en funcionamiento de manera ilegal, como están actualmente”, sostiene González.
En su opinión, “la administración regional, en especial la Viceconsejería de Medio Ambiente, está tramitando los expedientes de las explotaciones porcinas intensivas de manera acelerada incumpliendo la propia normativa ambiental” y alude a la aprobación en “muchos casos” de proyectos “sin planes de abonado o sin especificar las parcelas donde se esparcirá el purín, requisitos indispensables”.
Medio Ambiente rechaza los argumentos del Ayuntamiento y de la plataforma vecinal
Fuentes del departamento de Medio Ambiente de Castilla-La Mancha consultadas por eldiarioclm.es consideran que la sentencia “en ningún caso se refiere al fondo” de la cuestión (a pesar del voto particular de un magistrado) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y por tanto “no afecta al funcionamiento” de la explotación ganadera.
En relación al recurso de alzada planteado por el Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey, las mismas fuentes apuntan que “desde el Gobierno regional se está cumpliendo lo que ha indicado la sentencia: solventar la cuestión formal de publicación”(por separado, ya que se hizo en su momento de forma conjunta) de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y la Autorización Ambiental Integrada (AAI).
De hecho, sostienen que en la propia sentencia de TSJCLM se hace referencia a esta “cuestión formal de publicación” de ambas y que, en su momento, si la Junta castellano-manchega publicó ambos documentos de forma conjunta fue porque así “se venía haciendo a nivel nacional en todos estos casos”, con explotaciones ganaderas de más de 2.500 cabezas.
Ahora, Medio Ambiente, una vez publicada la DIA, tiene pendiente la publicación de la Autorización Ambiental Integrada, “como indica la sentencia” y antes de que se produzca este extremo “se ha comunicado a las partes, entre ellas al Ayuntamiento de Torrejoncillo del Rey, por si tienen algo que alegar de forma previa”. Y por eso, considera la Junta, el Consistorio “no está indefenso jurídicamente”. En todo caso, apunta, una vez publicada la autorización ambiental “es recurrible”, vía tribunales.