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Castilla-La Mancha será más pequeña: el Gobierno da la razón a Albarracín en su conflicto fronterizo con Cuenca

Cuenca y Albarracín

Alicia Avilés Pozo

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Resulta anacrónico pero el mapa de España cambiará en una pequeña franja, justo en el límite entre las provincias de Teruel y Cuenca. El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática ha puesto fin, de momento, al histórico conflicto administrativo que la ciudad de Cuenca mantiene con el municipio turolense de Albarracín por los límites del monte público 'El Entredicho'.

Este terreno marca el límite provincial pero también el autonómico entre Castilla-La Mancha y Aragón, y el Gobierno ha dado la razón a Albarracín. Con ello, este municipio ganará 2.000 hectáreas de terreno y con ello también lo hará la autonomía aragonesa.

'El Entredicho', dividido prácticamente por la mitad, marca un trozo de territorio entre las provincias de Teruel y Cuenca. Desde finales del siglo XIX constan actas de disconformidad entre Albarracín y Cuenca, derivadas de un contencioso por hacerse con esas 2.000 hectáreas de terreno y delimitar definitivamente el límite provincial.

El río Tajo es el que históricamente ha delimitado la frontera entre ambas provincias, pero atraviesa por la mitad el mencionado monte de titularidad y gestión aragonesa, cuyo aprovechamiento agrícola y forestal, en su totalidad, ha realizado hasta ahora el municipio de Albarracín.

Un conflicto que data del siglo XIX

Es el motivo por el que a finales del siglo XIX esta localidad inició el litigio con las autoridades locales de Cuenca para exigir el desplazamiento de esa línea del mapa, de manera que todo el monte al completo pasara a formar parte de Albarracín, y por tanto de Teruel y de Aragón.

La administración conquense nunca ha estado de acuerdo con esta exigencia y ha defendido el cauce del Tajo como su límite natural. Ni siquiera el mapa provincial marcado por la Constitución Española en 1978 dio solución a este conflicto. Simplemente lo obvió y con ello dejó vigente el marcado por el río Tajo.

A lo largo de todos estos años desde que se iniciase el conflicto ha habido a algunos acuerdos entre las partes con respecto a los puntos de delimitación entre ambos municipios, pero se mantiene el litigio mayor, el del monte público 'El Entredicho'.

Ahora ya hay resolución. Al menos por la vía administrativa. El Gobierno decidió tomar cartas en el asunto y lo puso en manos del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Este organismo, dependiente del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ha elaborado un informe a petición del de Política Territorial y Memoria Democrática, competente en el asunto.

La decisión de que fuera este organismo quien mediara se produjo tras la enésima reunión (y enésimo desacuerdo) entre los dos ayuntamientos para alcanzar una solución sobre el deslinde, en abril de 2022.

En ese momento, el Ayuntamiento de Cuenca defendió que el “fenómeno físico” que debía marcar la división fuera el “accidente geográfico más importante de la zona”, es decir, el nacimiento del río Tajo. Albarracín, por el contrario, volvió a pedir que se priorizara la propiedad y la gestión del monte, en sus manos desde el siglo XIX. Ambas posturas se han mantenido hasta el día de hoy.

El IGN dio la razón al municipio turolense y el Ministerio de Política Territorial ha dado por bueno el informe. En una resolución publicada esta semana en el Boletín Oficial del Estado (BOE) declara que la línea límite entre los municipios de Albarracín y Cuenca es la que reconoce el instituto de los geógrafos en su informe del 19 de enero de 2024. La decisión está también avalada por el Consejo de Estado, que dio su conformidad hace un mes, el pasado 18 de julio.

Argumenta el Ministerio que, al no haber acuerdo entre los dos ayuntamientos afectados, impera la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de límites entre municipios. Y el alto tribunal siempre ha determinado que “prevalecen los deslindes anteriores consentidos”. “Cuando no existen deslindes anteriores en que apoyar una solución al trazado de la línea discutida, habrá que atender a los actos reveladores del ejercicio de potestades administrativas en la zona controvertida”, subraya. Es decir, los argumentos que ha defendido siempre Albarracín por su aprovechamiento y gestión de la zona. 

Entre el río Tajo y la montaña

El alcalde del municipio turolense, del Partido Aragonés (PAR), ya explicó a elDiarioclm.es que el informe del ING concluía que la línea administrativa de división provincial debe coincidir con los montes de utilidad pública. Es decir, “debe ser la montaña”. “Determina que Albarracín ha ejercido siempre la jurisdicción sobre esos terrenos sin que el Ayuntamiento de Cuenca se opusiera. El límite por lo tanto lo marca el límite exterior y no es necesario partirlo en dos porque vaya por medio el río”, subraya.

El Ayuntamiento de Cuenca, por su parte, siempre ha defendido que las resoluciones relativas a la aprobación de deslindes en Montes de Utilidad Pública no suponen de por sí la delimitación de términos municipales. “Esto es cierto”, admite el Gobierno, pero alega que ahora lo que se está tratando de determinar es la línea límite entre dos municipios “cuando no existen actas anteriores y existen divergencias entre los municipios afectados”. “En estos casos es fundamental tener en cuenta la doctrina jurisprudencial, que ha sido uniforme a lo largo del tiempo”, resalta.

El Ministerio hace hincapié en que “no se pone en duda” la capacidad de la ciudad de Cuenca o de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para “gestionar y proteger eficazmente” el espacio natural objeto de este deslinde. La cuestión es que “quien parece haber ejercido dichas competencias (…) ha sido Albarracín y la comunidad autónoma de Aragón”.

En cuanto a la defensa que Cuenca ha hecho del río Tajo como “hito geográfico” que marca un límite natural, la Administración central hace valer el informe del IGN, donde estipula que “no existe base jurídica” para afirmar que un deslinde jurisdiccional entre dos municipios se hace teniendo en cuenta un elemento natural (ya sea un río o una vertiente de aguas) sin que exista un reconocimiento explícito del mismo.

Por último, el Ministerio de Política Territorial puntualiza que la delimitación de los montes de utilidad pública y su definición geométrica no es una competencia del IGN, por lo que para la concreción por coordenadas de la línea de término se atenderá a los trabajos técnicos que los servicios competentes en materia de montes públicos de cada comunidad autónoma desarrollen o tengan ya desarrollados en este sentido.

Aunque el Gobierno pone fin con la resolución a este proceso, las administraciones afectadas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, con un plazo de dos meses.

Este periódico ha preguntado al Ayuntamiento de Cuenca, que ya recurrió el informe del IGN, si tiene intención de elevar la cuestión a la Audiencia Nacional, sin que por el momento haya recibido respuesta.

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