El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y a su compañía aseguradora SegurCaixa Adeslas, a indemnizar a los padres de un menor por los daños y secuelas derivados del error de diagnóstico.
Deberán abonar 57.089 euros después de que el Alto Tribunal haya estimado parcialmente el recursos presentado por los padres frente a la sentencia anterior del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca. De este modo se incrementa la indemnización al menor que, “a consecuencia de un error de diagnóstico y una atención contraria a protocolos y a la lex artis”, perdió un testículo. También se les condena expresamente a las costas del procedimiento por no haber dictado la Administración resolución a la reclamación patrimonial presentada.
El caso ha sido tramitado por la abogada Carmen Fernández-Bravo, de los Servicios Jurídicos de la Asociación 'El Defensor del Paciente' y especialista en Derecho sanitario.
El menor de 14 meses de edad, en el momento de los hechos, fue diagnosticado de “maldescenso testicular derecho” siendo remitido al Hospital Niño Jesús de Madrid donde fue intervenido el 18 de enero de 2019. A los dos días del alta, acudió al Centro de Salud Campillo de Altobuey (Cuenca) por presentar una gran inflamación y hematoma.
Desde aquí, fue derivado al Complejo Hospitalario de Albacete, perteneciente al SESCAM, con el diagnóstico de escroto agudo. En el hospital fue atendido por dos residentes donde desconociendo los antecedentes de la Especialista del Centro de Salud – Pediatra-, se le diagnosticó de “catarro de vías altas”, ignorando el motivo principal del traslado y le dieron el alta.
A los dos días el menor y sus padres acudieron nuevamente al Centro de Salud que volvió a remitir al niño al Hospital con el diagnóstico de escroto agudo. Al llegar se le realizó una ecografía que ponía de manifiesto el absceso escrotal y la situación necrótica del testículo que tuvo que ser extirpado –una orquectomía- el 24 de febrero de 2019. “La omisión de pruebas necesarias y el retraso en la atención sanitaria fue lo que originó el daño y la pérdida del testículo”, señala el Defensor del Paciente.
Ese grave daño fue valorado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca en la cantidad de 20.920 Euros aplicando “la pérdida de oportunidad”, pero el Tribunal Superior de Justicia ha señalado que no existe en este caso tal pérdida de oportunidad sino una “auténtica mala praxis por error de diagnóstico” por lo que se ha elevado la indemnización.
La sentencia, recuerda el Defensor del Paciente, “destaca la severidad con la que han de cumplirse los protocolos médicos cuando se trata de menores, más cuando son de corta edad, como en el caso que pueden expresarse peor o no pueden acerca de lo que les ocurre”.
En segundo lugar, matiza, “de forma muy importante” cómo “llama la atención que los profesionales que efectuaron la atención al pequeño, médicos residentes, hicieran una valoración especializada en urgencias sin que su trabajo fuera tutelado por los que tenían a cargo su formación, máxime cuando lo deriva un pediatra de Centro de Salud, especialista, a priori con mayor formación, conocimiento y experiencia que aquellas, para un estudio más profundo en el hospital, estudio que no se llevó a cabo”.
En tercer lugar la asociación destaca la imposición de costas porque “da un tirón de orejas a la Administración, por no haber resuelto expresamente la reclamación del ciudadano cuando esta tenía todos los antecedentes para resolver favorablemente antes de interponer la demanda” y por tanto “obligando a litigar en un largo camino hasta obtener en justicia esta resolución judicial”.