Iniesta logra que la Justicia reconozca el derecho de su bodega a deducirse 71.000 euros de varias facturas

La Audiencia Nacional ha fallado a favor de un recurso interpuesto por la mercantil Bodega Iniesta S.L.U, propiedad del exfutbolista albaceteño Andrés Iniesta. Le reconoce el derecho a deducirse el IVA de cuatro facturas, a pesar de que no las había pagado cuando se presentó la correspondiente declaración ante Hacienda.
La Agencia Tributaria rechazó las deducciones y los servicios jurídicos del deportista interpusieron un recurso contra una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central que data del año 2021, relacionado con el IVA, y con un importe cercano a los 71.300 euros. Es la cantidad que se había deducido.
Las facturas corresponden a diferentes trimestres del año 2017. Una se refiere al pago a un ingeniero agrónomo, a quien se le encomendó un proyecto para incluir la elaboración de vino espumoso en la bodega. En este caso, se emitieron dos facturas, una en enero de 2017 y otra en mayo de 2017, siendo solo la del segundo trimestre la discutida por la administración tributaria.
Otra factura discutida está vinculada a una sociedad limitada y se corresponde al segundo trimestre del año, emitida en junio de 2017. Y otras dos facturas están relacionadas con una segunda mercantil, y se corresponden al tercer y cuatro trimestre de ese año.
La sentencia de la Audiencia Nacional señala que la administración tributaria contaba con los “datos necesarios” para garantizar la “percepción fiable y eficaz” del IVA. Por tanto, señala que “no cabe negarle el derecho” a deducir las cuotas de dicho impuesto, ni tampoco que “tenga que posponer la posibilidad de ejercitarlo hasta el momento del pago del precio”. A esto, añade que “no se discute la realidad de los servicios”, ni tampoco su deducibilidad.
La sentencia no es firme, puesto que cabe la posibilidad de interponer un recurso de casación por parte de la Administración tributaria.
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