El policía local abatido en el tiroteo en Ciudad Real recibirá la Medalla al Mérito Policial de Castilla-La Mancha
El Gobierno de Castilla-La Mancha ha concedido a título póstumo la medalla al Mérito Policial de Castilla-La Mancha, en la categoría de oro, al policía local de Argamasilla de Calatrava (Ciudad Real), Alejandro Congosto Gómez. Congosto falleció este miércoles en acto de servicio, en el tiroteo iniciado entre las localidades de Argamasilla y Villamayor de Calatrava, cuyo autor finalmente fue abatido. La Junta ha trasladado sus condolencias a la familia del agente y de la otra persona que perdieron ayer la vida en un tiroteo en el que se vieron involucrados, y han deseado la pronta recuperación a las otras personas heridas.
Las condolencias a la familia de Congosto y al cuerpo de Policía Local en la región han abundado, desde todos los partidos políticos, sindicatos e instituciones. El Sindicato de Policía Local ha mostrado su “consternación y dolor” entre sus agentes por el fallecimiento del agente. “Se nos ha ido otro ángel azul, dando su vida con valentía y profesionalidad en defensa de la vida de los demás”, lamentaba la organización.
“Un último y fatal acto de servicio de una gran persona; entregada cada día, por vocación y por convencimiento, a su trabajo público al servicio de sus convecinos y de la comunidad. Nos ponemos a total disposición de su viuda y de su pequeña hija, de su familia y allegados, para cualquier cuestión que necesiten”, resaltaban desde CCOO Ciudad Real.
La medalla al Mérito Policial de Castilla-La Mancha, regulada por una orden de 2010, es una condecoración honorífica, destinada a reconocer actuaciones meritorias de carácter singular de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Castilla-La Mancha.
En su categoría de oro, se otorga exclusivamente cuando concurra determinadas circunstancias, entre ellas, intervenir en actos en los se haya manifestado una conducta que evidencia un sobresaliente y excepcional valor personal, abnegación y eficacia con riesgo de la propia vida y derivándose de manera casual el fallecimiento, la gran invalidez o la incapacidad permanente para el servicio de Policía Local.
En la citada orden se determina, que excepcionalmente, se puede proceder desde la Dirección General de Protección Ciudadana a una rápida y justa valoración de los hechos al objeto de proponer desde la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la concesión de este reconocimiento, previo informe favorable de la entidad local donde prestase servicio el agente, como ha sucedido en el caso del agente que perdió ayer la vida en acto de servicio.
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