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García-Page tendrá vía libre para un tercer mandato en Castilla-La Mancha

Las Cortes de Castilla-La Mancha debatirán y votarán el lunes en Pleno modificar la limitación de mandatos del presidente regional, que actualmente tiene un tope establecido en ocho años, aunque con la posibilidad de repetir otros ocho más siempre y cuando de por medio pase cuatro años fuera del cargo.

PP y PSOE han presentado una Proposición de Ley para modificar este punto recogido en la Ley del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. El cambio le permitiría a Emiliano García-Page volver a presentar su candidatura a la Presidencia de la Junta.

Ciudadanos por su parte, según las fuentes consultadas por eldiarioclm.es se abstendrá en la votación “para propiciar un debate nacional al respecto”.

Con la mayoría absoluta conseguida por los socialistas el pasado 26M, se abre la puerta al cambio que, por otra parte, cuenta con el apoyo del Partido Popular al haber presentado la Proposición de Ley de manera conjunta. El presidente de las Cortes regionales, Pablo Bellido, ya había calificado de “disparatada” la limitación de mandatos para el presidente regional poco después de acceder al cargo.

Castilla-La Mancha fue la primera comunidad autónoma en aprobar la medida (y presumió de ello) en la última etapa de José Bono que había pasado 21 años al frente de la Junta. Ahora, se da marcha atrás a la pionera medida y la limitación de mandatos del presidente de la Junta será la que establezca la Constitución Española para los presidentes de las comunidades autónomas o las leyes del Estado que resulten aplicables.

En la exposición de motivos para cambiar la norma, PP y PSOE aluden al hecho de que “las limitaciones de mandatos no tiene referente en la legislación de los regímenes parlamentarios occidentales” ni tampoco en “la legislación española, ya sea ésta la propia Constitución, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, la legislación básica de Régimen Local o los diferentes Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas”.

Incluso, abundan en la justificación que “diferentes informes jurídicos, además, advierten de que esta limitación, al no estar regulada constitucionalmente, puede cercenar o vulnerar derechos de ciudadanía”.

“Es obvio que un mandato de estas características debe tener la necesaria cobertura constitucional, pues sólo de esta norma puede partir la legítima existencia de restricciones a los derechos fundamentales que en ella se consagran”, añade el texto de la Proposición de Ley presentada.