El Supremo obliga al SESCAM a rectificar la asignación de plazas de la última oposición a celadores

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de Olga Fernández Gómez y María Consuelo Santos Culebras, dos aspirantes a las últimas oposiciones de celadores convocadas por el SESCAM, en el que reclamaban que su derecho fundamental de acceso a las funciones y cargos públicos se había visto vulnerado en el proceso selectivo. En la sentencia, el Supremo obliga al SESCAM a tomar en consideración sus méritos que no se habían tenido en cuenta por la fórmula establecida en la oposición.

Con este recurso, presentado por la Asesoría Jurídica de CCOO de Ciudad Real, no solo han conseguido que se tengan en cuenta su experiencia profesional en el baremo del concurso, lo que podría suponer reconfigurar la asignación de plazas, sino que, además, se abre la puerta para que otros opositores en su misma situación puedan ampararse en este precedente de jurisprudencia.

El problema surge porque el Tribunal de la Oposición estableció dos notas diferentes de aprobado para la fase de oposición; para los aspirantes de promoción interna la nota mínima del aprobado era de 25 puntos y para los de libre acceso esta nota pasaba a ser de 42,76 puntos. La razón de esa diferencia está en que las bases de la convocatoria sólo permiten aprobar en el acceso libre a un número de aspirantes equivalente al 150 % de las plazas que se convocaban; es decir, en el acceso libre tan sólo podían aprobar 450 aspirantes, de ahí que la nota de corte se quedara en los 42,76 puntos. Por tanto a todos los opositores del acceso libre que no obtuvieron esa nota se les impidió pasar a la segunda fase, que era el concurso de méritos, donde los trabajos anteriormente prestados como celadores interinos y otros cursos de formación computan hasta un total de otros 40 puntos más a añadir a la nota del examen.

El litigio se inició hace dos años y medio en el Tribunal Superior deJusticia de Castilla-La Mancha (TSJCLM), que en un primer momento desestimó su demanda. Pero las dos opositoras no se quedaron ahí y recurrieron la Sentencia del TSJCLM ante el Tribunal Supremo, que ha terminado por darles plena razón. La rapidez de esta resolución judicial, se debe a que el recurso se planteó desde su inicio por la vía procesal de los derechos fundamentales, que es de tramitación judicial preferente ante el resto de los asuntos judiciales pendientes de resolución.

“Se ha hecho justicia”

Contenta y satisfecha, así ha dicho sentirse Olga Fernández tras conocer el fallo del Tribunal Supremo, “ha sido un proceso un poquito largo pero al final nos han dado la razón y se ha hecho justicia”, ha comentado la opositora, quien consideraba totalmente injusto que la experiencia acumulada durante cerca de 10 años de trabajo en el ámbito sanitario no se hubiera tenido en cuenta en la oposición.

Olga, que estaba a punto de acabar con la prestación por desempleo, asegura que una vez se computen todos los puntos de experiencia que tiene acumulados, se quedará en los primeros puestos de la oposición por lo que con toda seguridad obtendría una de las 291 plazas.

Pero Olga y María Consuelo no son las únicas que han recurrido a losTribunales el resultado de esta oposición. “Hay muchos compañeros quetambién han denunciado. Nosotras lo hicimos a través de Comisiones, porque ellos cogieron otras vías” explica la opositora. Unos compañeros que ahora, tras esta sentencia del Supremo, también podrían verse afectados por la doctrina que establece, lo que supondría una profunda revisión de todas las plazas asignadas.

Problemas con las preguntas

Aparte de la vía seguida por los servicios jurídicos de CCOO, han sido muchos los opositores que han impugnado la oposición por los problemas con el número de preguntas. Según nos explica Olga, la puntuación de la prueba se establecía sobre 100 preguntas tipo test. Pero finalmente el Tribunal de la Oposición eliminó 13 por distintas cuestiones, de tal forma que, aun contando con 5 preguntas de reserva, los opositores tuvieron que responder solo a 92 preguntas y sobre éstas se computó su nota final.

Todas estas polémicas en el desarrollo de la oposición han provocado multitud de recursos que se encuentran actualmente en sus primeros trámites procesales ante el TSJCLM ya que se trata de un procedimiento jurídico mucho más lento. La razón de tal disparidad en el tiempo es por haberse tramitado todos ellos por la vía ordinaria y no por la vía especial de derechos fundamentales como el instado ante el Tribunal Supremo por la abogada de CCOO Juana Ayala.