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El Tribunal Superior de Justicia prohíbe la caza de la perdiz con reclamo

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha admite los recursos contencioso-administrativos impuestos en contra de la Orden del 25 de mayo de 2011 y el Decreto 257/2011 de modificación del Reglamento de la ley de Caza. Gracias a esto, se determina que la caza de perdiz con reclamo está prohibida desde el 1 de febrero, debido a ser la época de reproducción en la región de la especie, tal como y lo establece la legislación estatal y europea que impide la caza de aves en épocas reproductoras. El Tribunal no ha admitido el argumento de ser una actividad tradicional. Los fallos son parciales.

Además, el TSJCLM señala que la media veda debe retrasarse para coincidir con la época de reproducción, hasta el 30 de agosto en el caso de la codorniz y hasta el día 20 del mismo mes, para la tórtola común y de la paloma torcaz. La sentencia concreta lo que se había determinado para la temporada 2007-2008, que corrigió las fechas de media veda de la tórtola y de la paloma.

En el caso de la modificación del reglamento de caza, el recurso impuesto por la Asociación Castellano-Manchega de Defensa del Patrimonio Natural-Ecologista, el recurso logra que las especies exóticas o invasoras ya no sean consideradas especies de caza. Sólo podrán ser objeto de planes que las retiren del medio natural. La Junta de Castilla-La Mancha incluyó en el decreto el arruí y el muflón, pero sólo el arruí se ve afectado por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia, ya que el muflón no se trata de una especia exótica declarada.

Ecologistas en Acción asegura que estas sentencias suponen la restricción de prácticas cinegéticas “insostenibles” que se ven declaradas como ilegales por la Justicia. La organización prevé que las sentencias se recurrirán ante instancias como el Tribunal Supremo, ya sea por la Junta de Comunidades, o la Federación de Caza regional, entre otros organismos. Sin embargo, los ecologistas aseguran que sería una “temeridad” y una “irresponsabilidad” no aplicar las decisiones del Tribunal Superior regional. Los grupos parlamentarios en las Cortes ya tienen las sentencias, para que apliquen las disposiciones a la normativa cinegética.