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Aplazada la declaración como investigado por acoso laboral del letrado mayor de las Cortes de Castilla y León

Hemiciclo de las Cortes de Castilla y León durante un pleno

elDiariocyl / EP

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El anuncio de una ampliación de la denuncia por parte del abogado de la funcionara de las Cortes que acusa al secretario general y letrado mayor de dicha institución, Marcos H. M-T, de someterla a acoso laboral ha obligado a suspender la declaración del investigado prevista para este jueves en sede judicial.

Aunque el interrogatorio de Marcos H. M-T. debía de haberse iniciado a las 09.30 horas de hoy en el Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid, el trámite no se ha llevado a término debido a los problemas técnicos surgidos para que el juez, que se encontraba fuera de su despacho, pudiera celebrarlo por videoconferencia y, sobre todo, tras anunciar el abogado de la acusación particular su intención de presentar una ampliación de la denuncia contra el investigado, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Ante dicho anuncio, la acusación particular, sin la oposición del resto de las partes, ha pedido la suspensión del interrogatorio para poder interpelar al investigado por los hechos iniciales y los posteriores que figuran en la ampliación, de ahí que el instructor haya decidido posponer el interrogatorio para el próximo día 16 de diciembre, a partir de las 09.30 horas.

Pero además, el fiscal del caso ha interesado que antes de esa fecha se haya practicado la totalidad de la prueba documental que la fiscal jefe, Soledad Martín Nájera, ya pidió desde el primer momento en el que remitió la denuncia de la funcionaria para la apertura de diligencias ante la posibilidad de que los hechos pudieran revestir un delito de acoso laboral en el ámbito funcionarial.

Así, además de citar como testigos a los trabajadores miembros de la Junta de personal entre el mes de mayo de 2022 y la fecha presente, Fiscalía de Valladolid ha pedido que por la Secretaría General de las Cortes de Castilla y León se informe al juzgado del puesto ocupado por la denunciante desde el mes de mayo de 2022 y funciones que tiene atribuidas en ese puesto de trabajo, el número de miembros de cualquier cuerpo técnico que prestan sus servicios en el Parlameto autonómico e identidad de los mismos, cargo que ocupan y funciones atribuidas a cada uno desde mayo de 2022.

En el capítulo de prueba documental, que deberá ser remitida a Instrucción 4 antes de la declaración como investigado del secretario general, se incluyen todas las actuaciones realizadas con relación a la reestructuración de puestos de trabajo en el organigrama existente en el mes de abril de 2022 y el existente en fecha actual, así como los procesos selectivos en trámite y, por último, el informe del médico forense sobre la afectación que la situación ha provocado a la denunciante.

La polémica por la denuncia contra el secretario general y letrado mayor de las Cortes ha llegado también al seno de la institución, ya que el procurador Francisco Igea y los portavoces del PSCyL y Podemos, Luis Tudanca y Pablo Fernández, respectivamente, han solicitado la suspensión provisional del investigado ante la gravedad de los hechos. En este sentido, es previsible que este mismo viernes tal petición sea abordada en el seno de la Mesa de las Cortes y la Junta de Portavoces.

La denuncia de los hechos ante la Fiscalía de Valladolid fue interpuesta por la funcionaria, estando ya de baja laboral psicológica como consecuencia de estos supuestos hechos, a partir de que el denunciado la apartara del puesto de jefa del Servicio de Gestión Administrativa de las Cortes, al que había accedido por la fórmula de adscripción provisional el 21 de mayo de 2018 y en el que se mantuvo hasta mayo de 2022.

La revocación del cargo le fue comunicada por el ahora investigado vía telefónica y cuando ella se encontraba de vacaciones, momento a partir del cual, según recoge la denuncia, fue privada de todos los permisos informáticos, aplicaciones, accesos a unidades de red y certificados de firma electrónica.

Es desde entonces cuando, como así sostiene la denunciante, todas las acciones adoptadas por el investigado no han tenido otra finalidad que humillarla, aislarla laboral y sociolaboralmente, a la vez que perjudicarla en su carrera profesional, realizando además actuaciones encaminadas a que el único puesto de trabajo que pueda obtener en las Cortes de Castilla y León carezca de funciones, se encuentre al margen de las tareas de administración y económicas y tenga un nivel y un salario inferior al que le corresponde y al del resto de sus compañeros del mismo cuerpo.

Por todos los medios, siempre según la denuncia, se trata de impedir que la funcionaria pueda acceder a puestos relacionados con la gestión administrativa, la contratación pública y también a la nueva Escala Económico Financiera, para lo que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y se crean convocatorias que por sus requisitos impiden la participación de la denunciante, actos que considera una auténtica represalia.

Sentencias a favor de la denunciante

La denunciante ya recurrió en su momento la revocación de su nombramiento por parte del investigado y logró que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en sentencia de fecha 22 de abril de 2024, anulara la misma por entender que, además de haberse dictado por órgano incompetente, sin seguir el procedimiento legalmente establecido y sin motivación y justificación alguna, “vulneró los derechos a la dignidad personal y profesional de la recurrente atendiendo a las circunstancias y modos en que se ha llevado a cabo”.

Pero además, la introducción del requisito de dos años de experiencia en el seno de las Cortes de Castilla y León para lograr la conversión de la plaza de la funcionaria denunciante en una plaza de Cuerpo Técnico, Escala Económico- Financiera, todo ello en el marco de una modificación de la RPT, también fue anulada por el mismo tribunal, en sentencia de 20 de julio de 2023.

En este caso, la Sala constató que la parte demandada, “con su proceder (que hemos dicho supone una represalia ante la actuación previa de la actora), ha vulnerado su derecho fundamental de tutela judicial efectiva, en su vertiente de garantía de indemnidad”.

La resolución añadía que con la exigencia de la experiencia (de dos años) en la propia Cámara, “que está desprovista de un criterio objetivo y razonable en el marco del art. 23.2 de la CE, ha igualmente lesionado su derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a la función pública (en lo que hace al desenvolvimiento de la carrera profesional), en relación con el artículo 14 de la CE”.

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