El caso de corrupción del Ayuntamiento de Valladolid con León de la Riva se cierra en falso por una instrucción caótica
“El periodo de instrucción ha durado casi once años, durante los cuales se acumuló documentación, en muchos casos prescindible, que dio una apariencia de complejidad no real”. Este es el demoledor 'prólogo' de la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valladolid sobre el caso de la manipulación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en esa ciudad. El proceso se ha cerrado una década después con tres condenados que conformaban la cúpula de Urbanismo del Ayuntamiento en la etapa de Javier León de la Riva (PP), que también llegó a estar imputado.
Sobre el exconcejal de Urbanismo, José Antonio García de Coca, ha recaído una condena de dos años de prisión y dos de inhabilitación para el cargo de concejal por un delito de falsedad en documento oficial y varios delitos de prevaricación, y un año y nueve meses de inhabilitación por un delito contra el patrimonio histórico. El exjefe del Área de Urbanismo, Modesto Mezquita y el excoordinador del Área de Urbanismo, Luis Álvarez Aller, cumplirán sendas penas de un año y tres meses de prisión e inhabilitación por un delito de falsedad en documento oficial y varios delitos de prevaricación urbanística. Ninguno entrará en prisión por no tener antecedentes y por no superar las condenas los dos años. Los tres quedaron absueltos del delito de tráfico de influencias. No todos los presuntos autores fueron juzgados, once quedaron fuera del banquillo porque los delitos habían prescrito cuando arrancó el juicio.
El caso más grave de corrupción del Ayuntamiento de Valladolid se instruyó tarde y mal. Además, no resuelve lo más importante: por qué y a cambio de qué el concejal de Urbanismo, el responsable del Área de Urbanismo y el Coordinador Técnico del Área falsificaron el PGOU para favorecer a una decena de empresarios. La caótica instrucción no sólo no despeja esa duda, sino que dejó fuera a funcionarios municipales y a una decena de constructores que se beneficiaron de las alteraciones subrepticias en la herramienta más importante de planeamiento urbanístico de una ciudad, el PGOU.
La modificación del Plan se abordó en 2002 y se aprobó en 2003. Cinco años después, en 2008, la Asociación en Defensa del Pinar de Antequera, que estudiaba alegaciones por un proyecto alumbrado por esa falsificación, alertó al PSOE de que lo aprobado en el Pleno no coincidía con lo publicado por el Boletín Oficial de Castilla y León, y era esto último lo que tenía validez legal. Un minucioso estudio de los socialistas reveló la gravedad del caso: se habían alterado planos, se habían cambiado decenas de artículos, y se había vulnerado una decisión del Pleno para favorecer a constructores y promotores.
El PGOU manipulado cambiaba calificaciones de suelo, aumentaba edificabilidades, obviaba edificios protegidos y, en suma, incorporaba mediante cambios subrepticios peticiones de constructores que habían sido desestimadas previamente porque no se ajustaban a la legalidad urbanística. A lo largo del juicio pudo conocerse como el concejal García de Coca configuró un equipo formado por él, los otros dos condenados y un arquitecto ya fallecido, para ocuparse directamente de la modificación del PGOU y que se desplazó al grupo de trabajo designado por el anterior concejal de Urbanismo.
En la sentencia se recuerda cómo se llegó a derruir un edificio con fachada protegida en pleno centro de la ciudad a pesar de que había una sentencia en contra que se notificó al Ayuntamiento para que actuase retirando los permisos. Sin embargo, el Consistorio sólo trasladó la resolución judicial al propietario cuando el inmueble era ya un montón de cascotes.
Acusados absueltos por prescripción
Lo que para el PSOE era una “manipulación clara”, para el entonces alcalde, Javier León de la Riva (PP), no eran más que “errores informáticos”. El asunto se judicializó pero a pesar del intenso trabajo de la Fiscalía, el juzgado de Instrucción número 1 de Valladolid tardó once años en terminar el procedimiento. La apertura de juicio oral se decretó en 2016 pero los 14 acusados no se sentaron en el banquillo hasta septiembre de 2018. Se levantaron rápido: en la primera jornada sus defensas plantearon al juez que era imposible hacer su trabajo cuando les faltaba la mitad de la documentación.
“Esto no es forma presentable en Derecho de instruir una causa, es un absoluto caos, no hay índices, no hay hilo argumental, no hay forma de seguirla, se ha instruido de forma espasmódica. Yo pocas veces he visto una cosa como esta. La causa está incompleta y el letrado de la Administración de Justicia se metería en un problema si certificase que lo está. Es un caso notable y palmario de indefensión. El articulo 24 de la Constitución (tutela judicial efectiva) se ha vulnerado en todos sus párrafos, no hay apartado en que no haya sido vulnerado”, planteó uno de los abogados.
El juicio se suspendió para resolver esas cuestiones previas. Y, poco después, el tribunal comunicó el sobreseimiento libre para diez acusados por prescripción de delitos. Los constructores y promotores beneficiados por la manipulación ya no podían ser acusados y mucho menos juzgados. Nada tenía que ver la comisión o no de los delitos de los que se les acusó previamente, sino el tiempo transcurrido. Pero, además, tras esta primera decisión, el tribunal decidió suspender la causa hasta que las defensas tuviesen en su poder todo el procedimiento. Eso ocurrió un año después, en octubre de este año. Y de nuevo, al reiniciarse el juicio, otro acusado se levantó del banquillo, porque la Fiscalía retiró la acusación contra él.
El tribunal aprecia para los tres condenados la atenuante de dilaciones indebidas y carga las culpas sobre quien instruyó el caso. “Hay periodos de tiempo que, a lo largo de la causa, la actividad procesal resultó interrumpida, porque no se tomaba declaración a las personas intervinientes en los hechos o porque, simplemente, la actividad era de unión de documentación sin unidad alguna de criterio. Se trajo a la causa a numerosos empresarios respecto de los cuales hubo de decretarse en auto de prescripción porque su declaración como imputados no se llevó a cabo en los plazos procesalmente adecuados”, subraya el tribunal.
Pero no sólo eso. Los jueces recuerdan también que un relevante informe policial llegó a las defensas con meses de retraso y después de que la Fiscalía alertase al juzgado. “No pudo celebrarse el juicio hasta dos años después de la apertura porque, como decimos, el traslado de la causa a las defensas fue totalmente irregular, hasta la subsanación que se llevó a cabo en esta sala”.
La sensación es agridulce para el actual alcalde de Valladolid, Óscar Puente. Cuando denunció los hechos estaba en la oposición. Dieciséis años después sentencia en mano se reafirma en lo que advirtió entonces: era un caso de corrupción. Pero lamenta que no estén condenados todos los que participaron, y señala a los constructores y promotores que se libraron del juicio en el último minuto. Pero además va más allá al recordar que el instructor, José María Crespo hizo un trabajo “deficiente” y que hace unos meses “dio el salto a Ciudadanos y volvió a su puesto de una forma difícil de explicar”. También lamenta que en su momento el Ayuntamiento no se personase en la causa.