La gestión del COVID-19 en las residencias de ancianos de Castilla y León en el peor momento de la pandemia es algo que ni PP ni Ciudadanos quieren que se investigue. El pasado mes de octubre, ambos partidos, que gobiernan en coalición, bloquearon la solicitud de los socialistas de una comisión de investigación. Hasta el 30 de septiembre de 2020, 1.176 mayores fallecieron en los centros sociosanitarios. Eran los más vulnerables, pero no llegaron al hospital. La Junta de Castilla y León ordenó tratarlos en las residencias sin trasladarlos al hospital. La consejera de Sanidad, Verónica Casado, explicó en ese momento que era la mejor opción, ya que cuando se les hospitaliza “se desorientan”. Lo que anunciaron entonces es que se optaba por una “hospitalización a domicilio”, con médicos que les tratarían en los propios centros “igual que en el hospital”. Se obvió entonces que si un anciano necesitaba tratamientos o pruebas diagnósticas imposibles de realizar en las residencias, tampoco habría opción.
Con el término de “hospitalización a domicilio”, el Gobierno autonómico trataba de camuflar la realidad. La figura existe, y se usa en enfermos en los últimos días de su vida o crónicos muy graves. La finalidad es mantener el tratamiento médico en un entorno más amable para ellos. Pero hay unos requisitos imprescindibles: que el enfermo pase a ese domicilio tras una hospitalización que haya conseguido estabilizarle, y que él o sus tutores den el consentimiento. De esa forma, con seguimiento médico, el enfermo es tratado en casa. Nada de eso ocurrió en las residencias. Ni los enfermos, ni sus familias o tutores legales pudieron decidir.
Que no podían ser trasladados a los hospitales cuando enfermaban es algo que la Junta reflejó por escrito. ElDiario.es publicó los documentos que así lo establecían. El pasado viernes, la Consejera de Familia, Isabel Blanco, aseguraba que en la comisión de investigación que ha vuelto a solicitar el PSOE y que saldrá adelante por la pérdida de la mayoría absoluta, deberían comparecer el exministro de Sanidad, Salvador Illa, y el exvicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias. Blanco insistió en el mando único, y en que Iglesias era el responsable de la gestión de las residencias. No es cierto. Las comunidades autónomas siempre mantuvieron las competencias en la gestión ordinaria de sus servicios. No sólo eso, es que el Ministerio de Sanidad reforzó el papel de los Gobiernos autonómicos en varios apartados, a través decretos.
Ni había un mando único ni Pablo Iglesias tenía el control de las residencias como dijo la consejera de Familia
El real decreto ley del 14 de marzo que introdujo el estado de alarma en España estableció para todo el Estado cuatro autoridades competentes delegadas en sus respectivos ámbitos de actuación: la ministra de Defensa, el de Interior, el de Transportes y el de Sanidad. Salvador Illa, además, sería autoridad que coordinaría las materias ajenas a estos cuatro departamentos. Con ello, el Gobierno se dotaba de un paraguas normativo para dar órdenes de obligado cumplimiento a todas las personas e instituciones del país y podían adoptarse de oficio o mediante solicitud motivada de las autoridades autonómicas y locales competentes. Los servicios sociales nunca se transfirieron al Gobierno central. Las administraciones autonómicas conservaron “las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios” Así lo establecían los artículos 4 y 6 del real decreto del 14 de marzo.
En cuanto a las residencias de mayores, Salvador Illa firmó una orden ministerial el 19 de marzo en la que se establecían normas obligatorias tanto para evitar que se propagara la enfermedad como para el tratamiento de las personas contagiadas. “Tras una primera valoración del caso y si presenta síntomas leves, el paciente permanecerá en aislamiento en la residencia garantizando que se realiza seguimiento del caso. No obstante, si se cumplen criterios de derivación a un centro sanitario, se activará el procedimiento establecido para tal efecto”, dice el punto quinto. En ningún momento se indica que no deben ser trasladados al hospital, al contrario.
La orden también señalaba la labor de las autoridades sanitarias competentes, que debían ser quienes recibiesen las comunicaciones de los casos detectados o recomendasen las “medidas extremas de limpieza” necesarias. También facultaba “la autoridad sanitaria de la comunidad autónoma” a intervenir en la gestión de las residencias de titularidad pública o privada para “modificar la prestación de servicios del personal médico, de enfermería u otro tipo de personal sanitario vinculado con las residencias de mayores y otros centros sociosanitarios”. En su apartado 7, facultaba a dicha autoridad, los gobiernos autonómicos, a “dictar las resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, en la esfera específica de su actuación, sean necesarias para garantizar la eficacia de lo dispuesto en esta orden”.
El 23 de marzo, una nueva orden ministerial de Illa, reforzaba la anterior. Se facultaba a las autoridades sanitarias competentes, que seguían siendo los gobiernos regionales, a definir la periodicidad y el medio por el que las residencias debían informar de los casos de COVID-19 detectados y de su evolución. Permitía la intervención total de los centros por parte de la “la autoridad competente de la comunidad autónoma”. Todos ellos, además, quedaban “sujetos a la inspección de los servicios sanitarios de la comunidad autónoma correspondiente” que podrían realizar su trabajo “en cualquier momento”. Se obligaba a las residencias a informar de las situaciones excepcionales “a las correspondientes Consejerías de Servicios Sociales y de Sanidad de la comunidad autónoma, así como a la Delegación o Subdelegación de Gobierno”. En su punto 2, se faculta a las “autoridades competentes” a “auxiliar” a las residencias que lo necesitaran y a informar posteriormente a los Ministerios de Sanidad y Derechos Sociales. Nada se dice de mantener a los ancianos en las residencias.
El protocolo de Castilla y León: “Se tratará a los ancianos sin necesidad de movilizarlos ni trasladarlos al hospital”
El mismo día que Illa firmaba esa orden, y cuando habían pasado 10 días desde que se declaró el estado de alarma, la Junta de Castilla y León elaboró el protocolo “Medidas generales para contener el impacto de la crisis del COVID-19 en las residencias de carácter social'. Encabezado con los membretes de la Junta de Castilla y León, Servicios Sociales (dependiente de de la Consejería de Familia, en manos del PP) y la Gerencia de Salud (dependiente de la Consejería de Sanidad y en manos de Ciudadanos), lo firmaron el director gerente de la Gerencia Regional de Salud, Manuel Mitadiel, y el gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, Carlos Raúl de Pablos y se hizo llegar a todos los hospitales de la Comunidad. No es una orden ministerial, es una decisión del Gobierno autonómico.
En él se determinó que la atención sanitaria en estos centros se gestionaría mediante un “equipo multidisciplinar” - los equipos COVID-Residencias- con un equipo asistencial formado por “los profesionales de las residencias junto con los profesionales de los equipos de Atención Primaria de referencia (médicos y de familia y enfermeros), profesionales del Hospital de referencia (Medicina Interna, UCA, Hospitalización a Domicilio), trabajador social de referencia, voluntarios etc…”. Era este equipo el encargado de realizar una “valoración e identificación de las personas especialmente vulnerables (pacientes crónicos o pluripatológicos complejos, frágiles, dependientes, etcétera”. También decía textualmente y en negrita que se atendería a los residentes “sin necesidad de movilizarlos ni derivarlos al Hospital”.
Este protocolo está avalado ese mismo día por la Comisión de Bioética de Castilla y León, un órgano consultivo de la Consejería de Sanidad y que tiene allí su sede. En su informe decía “los equipos asistenciales correspondientes” debían atender a los enfermos de COVID-19 de las residencias “in situ”, “sin trasladarlos a los hospitales (salvo casos muy justificados de gran excepcionalidad, que tuvieran altas posibilidades de recuperación, conforme a los criterios de prioridad establecidos. En estos casos excepcionales de traslado, se contará con la autorización previa expresa del servicio de Urgencias del Hospital de referencia)”.
“En ningún caso se derivarán pacientes al hospital sin contactar primero con el equipo COVID-Residencias”
El 26 de marzo, las medidas se actualizaron en un nuevo documento. En el apartado de 'Solicitud de atención sanitaria', se reflejaba que “el Equipo de Atención Primaria prestará la atención sanitaria en las residencias. Si para el desempeño de la asistencia, se necesitara apoyo clínico, los profesionales de Atención Primaria se pondrán contacto con el EQUIPO COVID-Residencias, pero -destacado en negrita- en ningún caso derivarán pacientes de la residencia al hospital sin contactar previamente con el EQUIPO COVID-Residencias, que será quien decida la ubicación de la persona”.
El criterio de la Junta de Castilla y León, que en el primer documento apuesta por no derivar pacientes, en el segundo por hacerlo sólo en casos “de gran excepcionalidad” y con la autorización previa del hospital, y en el tercero de deja a criterio del EQUIPO COVID-Residencias, cambia ligeramente el 16 de abril, una vez que empieza a bajar la curva de ingresos. El documento 'Actualización de las medidas generales a adoptar para contener el impacto del COVID-19 en las residencias de carácter social', se indica que “preferiblemente” se atenderá a los residentes “sin necesidad de movilizarlos”. Pero además, ya aparece la posibilidad de salir de la residencia. En concreto dice que si los enfermos precisasen “cuidados continuados de mediana o alta intensidad que no pueden ser prestados en la residencia (necesidad de apoyo continuado o cuidados críticos) se derivará al residente al hospital o al recurso intermedio medicalizado que se determine en cada caso”. En este documento aparece además un listado de hospitales y centros de cuidados intermedios que no aparecen ni listados ni citados en los documentos anteriores.
La realidad de los equipos COVID-Residencias: “Esto es un polvorín, tenemos serios problemas de infectados sin recibir tratamiento”
Pero ¿funcionó de verdad ese “equipo multidisciplinar” denominado “Equipo Covid-Residencias”? Este diario también publicó un documento que demuestra que hubo residencias con ancianos enfermos a los que no se atendió médicamente. Se trata de un correo electrónico de la directora médica de la Gerencia de Salud Valladolid Este, escrito durante el pico de la pandemia, el 9 de abril. Con el título de 'Necesitamos a los mejores' pedía a los médicos residentes que acudiesen a los centros de personas mayores.
“Sabemos que muchos de vosotros estáis deseando colaborar más activamente en esta pandemia”, decía. “Actualmente, esto es un polvorín en las residencias, muchas de ellas aún no han sido visitadas por los equipos de AP (Atención Primaria) y en 10 de ellas tenemos serios problemas de infectados sin recibir tratamientos”, informaba. Los equipos COVID-Residencias se habían creado el 20 de marzo.
Tras publicar elDiario.es los documentos de Sanidad y Familia que ordenaban tratar a los ancianos fuera de los hospitales, la Fiscalía de Castilla y León investigó los hechos, pero rápidamente descartó que hubiese delito. Basó su decisión en la documentación remitida por la Junta de Castilla y León y concluyó que no se había dejado de asistir sanitariamente a los residentes de los centros de mayores porque se habían creado los equipos COVID Residencias. Sin embargo, el correo publicado más tarde y cuando se dio la investigación por cerrada, relata unos hechos muy distintos.
Hasta el momento, la Junta de Castilla y León no ha acreditado el número de visitas que se hicieron a las residencias o cuántos médicos se encargaron de ellas en la peor etapa de la pandemia. Tampoco ha precisado cuántos ancianos fueron derivados al hospital mientras se trabajó con esos protocolos que lo prohibían o restringían.