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La Junta Electoral Central declara nulo el expediente sancionador a Mañueco por “venta de logros” con “fines electoralistas”

elDiariocyl

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La Junta Electoral Central (JEC) estimado el recurso interpuesto por el consejero de la Presidencia de la Junta, Luis Miguel González Gago, contra el Acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Valladolid por una denuncia del PSOE respecto a la utilización partidista de la web institucional así como de la campaña de logros en la visita institucional del presidente Alfonso Fernández Mañueco a la empresa 53biologics en Boecillo (Valladolid), por lo que ha declarado nulo el expediente sancionador interpuesto.

Este decisión se debe, según ha informado la JEC en un comunicado recogido por Europa Press, a que la Junta Electoral Provincial debía haber dado audiencia previa a las autoridades denunciadas antes de adoptar la resolución impugnada.

En dicha resolución se ordenó la retirada de los contenidos denunciados en los medios de comunicación institucionales y perfiles de redes sociales, requerir a la Junta de Catilla y León para que se abstuviese de realizar visitas institucionales o campaña de logros, así como la iniciación de expediente sancionador.

En el recurso presentado por la Administración autonómica se ha solicitado la declaración de nulidad de pleno derecho de la resolución impugnada por “vulneración de los derechos fundamentales y por haber prescindido absolutamente del procedimiento establecido, solicitando la retroacción de actuaciones al momento procedimental oportuno”.

Examinado el expediente, la Junta Electoral Central ha señalado que procede la estimación del recurso por haberse adoptado esa resolución sin haber dado audiencia previa a las autoridades denunciadas, con vulneración de lo dispuesto en el artículo 47.1 a) y e), así como del artículo 53.1 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que resulta de aplicación conforme a lo establecido en el artículo 120 de la LOREG.

Al no haberlo hecho incurrió en las causas de nulidad de pleno derecho incluidas en los apartados a) y e) del artículo 47.1 de la Ley 39/2015. Por ello, procede la estimación del recurso y la declaración de nulidad de pleno derecho de la resolución impugnada, debiendo retrotraerse las actuaciones a efectos de poder dar audiencia previa a las autoridades afectadas.

“Venta de logros” con “fines electoralistas”

La Junta Electoral de Valladolid abrió un expediente sancionador contra el Gobierno autonómico y presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco (PP), por la reiteración apreciada en las últimas campañas electorales a la hora de realizar actos institucionales en los que hacía “venta de logros” con “fines electoralistas”.

En concreto, se refiere a una reclamación planteada por el PSOE a raíz del acto institucional protagonizado por Mañueco el pasado 29 de mayo, cuando visitó las instalaciones de una empresa en Boecillo (Valladolid), donde anunció que su gobierno podría en marcha próximamente una estrategia de retención y atracción de talento dotada con más de 300 millones de euros.

La Junta Electoral ordenó la retirada de todos los contenidos vinculados a esa intervención de Mañueco de la web del Ejecutivo autonómico y sus redes sociales, al entender que contravienen la normativa electoral.

En su resolución requieren al presidente para que “se abstenga de utilizar las visitas institucionales, atención a medios de comunicación y otras actividades financiadas con dinero público, para realizar venta de logros y con fines electoralistas”.

El PSOE solicitaba también que la Junta Electoral abriera un expediente sancionador a Mañueco y su gobierno autonómico al apreciar reiteración en los últimos procesos electorales, lo que ha sido atendido por los magistrados que integran este órgano jurisdiccional electoral.

En concreto, el documento se remite a acciones similares realizadas en 2023, cuando se desarrollaron en Castilla y León las campañas electorales municipales de mayo y las generales de julio.

Para tomar esta decisión, la Junta Electoral también remarca la “especial relevancia” del acto protagonizado por Mañueco y que este fuera replicado en la noticia publicada en los medios de comunicación en ese mismo 29 de mayo y el día posterior.

La Junta Electoral pide al Gobierno autonómico que identifique al cargo responsable de la web y redes sociales institucionales de la Junta para que pueda plantear ante esta misma instancia las alegaciones que estime oportunas para su defensa.