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Cuáles son las restricciones implantadas en Palencia para contener la transmisión del coronavirus

La Junta de Castilla y León ha aprobado medidas restrictivas para la ciudad de Palencia tras detectar un repunte importante de casos en las últimas semanas. Aunque está pendiente de ratificación judicial, la Consejería de Sanidad ya ha publicado la orden en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) y entran en vigor a partir de las 00.00 horas de mañana 24 de septiembre.

Estas medidas continuarán durante, al menos, siete días. Son las mismas medidas que se implantaron a principios de mes en las ciudades de Valladolid y Salamanca, que han contenido la expansión del virus y que terminarán este jueves después de tres semanas de restricciones.

Estas normas que ahora se aplican en Palencia equiparan “prácticamente” a las de la fase 1 de la desescalada, aunque sí existen diferencias, porque no se restringe la movilidad, por ejemplo. Te explicamos qué se puede hacer y qué no en las ciudades de Valladolid y Salamanca tras las restricciones para evitar la transmisión comunitaria

Reuniones familiares o de amigos

Las reuniones familiares o de amigos, en los espacios públicos o privados, se limitan a un número máximo de 10 personas salvo que se trate de personas convivientes.

Hasta ahora, este límite de diez personas era solo una recomendación sanitaria de la Junta de Castilla y León. A partir de ahora, no se podrá superar este máximo de 10 personas en Palencia, una norma que continuará vigente hasta el jueves en Valladolid y Salamanca.

Actividades infantiles

Las actividades de tiempo libre dirigidas a niños y jóvenes deberán realizarse en grupos de hasta diez personas participantes, incluyendo los monitores correspondientes, que deberán trabajar sin contacto entre los demás grupos.

Bares, cafeterías y restaurantes

No se podrá consumir en el interior del local salvo que sea en mesa y sentados. En las mesas no podrá haber más de seis personas, “con uso de mascarilla y guardando la distancia de seguridad interpersonal”. Este límite de seis personas también se aplicará en las terrazas, lo que significa todavía mayor restricción con respecto a la fase 1 de la desescalada, en la que estaba permitido que 10 personas estuvieran en la misma mesa.

El consumo no podrá ser de pie, si no que los clientes deberán estar sentados, tanto en el interior del establecimiento como en las terrazas, al aire libre.

“En todo caso se extremará el uso de mascarilla y la distancia interpersonal como viene establecido”. Es decir, metro y medio de separación entre cada comensal o cliente.

Velatorios, entierros, misas, bodas y comuniones

En los velatorios deberá respetarse un máximo de quince personas en espacios al aire libre o de diez en espacios cerrados. En la comitiva para el enterramiento, se restringe a un máximo de quince personas.

En todos los lugares de culto, bautizos, bodas (religiosa o civil) y comuniones deberá respetarse un máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sin superar “en ningún caso” un tercio del aforo.

En el resto de Castilla y León se mantienen los límites de 50 personas en entierros y, en bodas, 150 personas al aire libre y 100 en espacios cerrados.

Espectáculos y deporte: cine, teatro, auditorio, plazas de toros...

En los siguientes casos se aplicará esa misma norma, 50 personas máximo al aire libre y 25 en los espacios cerrados: cines, teatros, auditorios, circos con toldo, platas, recintos e instalaciones taurinas y espacios similares.

En los eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deportivas en la calle o en instalaciones deportivas no podrá superar el límite de 25 personas en lugares cerrados y de 50 personas en actividades al aire libre.

La práctica de la actividad física y deportiva no federada, al aire libre, podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea. En el caso del deporte en instalaciones deportivas, esta actividad podrá realizarse en grupos de hasta cinco personas, sin contacto físico.

El deporte federado que compete a la autonomía podrá realizarse de forma individual o colectiva, sin contacto físico y hasta un máximo de cinco personas de forma simultánea en los entrenamientos. No se aplicará este límite en las competiciones donde las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo.

En el resto de la Comunidad, se mantiene el límite del 50% del aforo, pero no se concreta en el número máximo de personas que sí se fija ahora en las ciudades de Valladolid y Salamanca.

Bibliotecas, museos y hoteles

El aforo máximo de las actividades culturales en las bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones será de hasta 10 personas (incluido el guía o monitor), y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de 1,5 metros durante la actividad salvo que se trate de personas convivientes. También se incluyen en este paquete los monumentos y otros equipamientos culturales.

Las actividades de animación o clases grupales en los hoteles y los alojamientos turísticos deberán diseñarse y planificarse con una capacidad máxima de diez personas (incluidos los monitores) y deberán establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad excepto en el caso de personas convivientes.