El Colegio de Economistas de Valladolid exige al Gobierno medidas “drásticas” para evitar el colapso impositivo

El Colegio de Economistas de Valladolid ve la necesidad de que el Gobierno central tome, de una vez por todas, una serie de medidas que ya fueron solicitadas por el Consejo General de Economistas y que no han sido tenidas en cuenta en el Consejo de Ministros de ayer martes 24 de marzo.

“Es una realidad que estamos en el inicio de un colapso a nivel empresarial y profesional en relación con las obligaciones fiscales y laborales, señala el Colegio. Por un lado, junto las autoliquidaciones y declaraciones informativas que se realizarán al final de este mes, y durante el próximo mes de abril, se añade la ”avalancha“ de ERTES para salvar a las empresas y a sus trabajadores debido a la falta de actividad productiva existente. Además, el próximo 1 de abril comienza la campaña de renta y de patrimonio con un país paralizado y con los ánimos por los suelos. Parece que existe una falta de sensibilidad total por parte del Ministerio de Hacienda.

Por este motivo, el Colegio de Economistas considera “necesaria” la ampliación de plazos y declaraciones y la agilización de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias, no solamente para las pymes, sino también para las medianas y grandes empresas. “En estos momentos cualquier ayuda que pueda proporcionar liquidez y tiempo a las empresas y a los profesionales que las asesoran es determinante para su supervivencia”, indica.

Si el BCE y el Gobierno de España consideran que la situación existente se va alargar en el tiempo, las soluciones extraordinarias a publicar en el Boletín Oficial del Estado son “de extrema necesidad”, por lo que “no se puede confundir al contribuyente, trabajador, empresario o autónomo con frases que no tienen su continuidad en el BOE”.

Por otra parte, el Colegio de Economistas de Valladolid cree que es “necesario” que cuando se apruebe la Ley de modificación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Castilla y León exista una disposición transitoria, o disposición final, en donde se señale que su aplicación tendrá un carácter retroactivo desde la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 al objeto de amparar todas las realidades, que en materia de sucesiones y donaciones, han surgido desde el inicio de la pandemia.