El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado al Sacyl a indemnizar con un total de 142.787 euros a los familiares de un paciente fallecido por infarto no diagnosticado.
El fallecido, de 65 años, había sido remitido en dos ocasiones por su médico de cabecera al hospital al presentar un cuadro de disnea (sensación de falta de aire), a fin de que se realizaran las oportunas pruebas para descubrir la causa.
El día 10 de mayo 2018 se personó en el Hospital Río Hortega de Valladolid, en cuyo Servicio de Urgencias no le realizaron ninguna prueba para llegar a averiguar la causa de esa sensación de asfixia que refería. Fue dado de alta igual que llegó, sin averiguar qué motivaba ese cuadro clínico, según la información de la asociación El Defensor del Paciente recogida por Europa Press.
Al día siguiente, su médico de cabecera le remitió de nuevo al hospital, dado que el paciente seguía igual. En esta ocasión, en el Hospital Río Hortega fue diagnosticado de ansiedad, pautándole medicación para ello. Ese día, si bien se realizaron algunas pruebas, éstas no fueron suficientes para averiguar la causa. No se solicitó la realización de más pruebas hasta dar con la causa que provocaba el cuadro.
Así pues, no se estudiaron ni investigaron las causas que provocaban esa sensación de falta de aire, que era el motivo por el que su médico le había derivado al Hospital, ya que no encontraba una causa que justificase sus síntomas.
Las pruebas realizadas, analítica y Rx simple, descartaban una posible causa respiratoria. Se tenía que haber buscado entonces una causa cardiaca, pues es el motivo más frecuente de las disneas en urgencias. Y en este caso, no existió una correcta valoración tanto de las causas cardiacas como respiratorias.
Reprocha la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCyL el hecho de que el paciente había sido derivado al hospital por su médico de cabecera precisamente para realizar un estudio de las causas de su disnea. Y ese estudio no se hizo.
Hubieran bastado dos simples pruebas
Dos simples pruebas rutinarias en el Servicio de Urgencias, como son la gasometría y determinación analítica de Pro-BNT, sirven para diagnosticar de forma rápida y sencilla una insuficiencia cardiaca y su causa. Estas pruebas no se realizaron al paciente, quien fue dado de alta en dos ocasiones, sin conocerse la causa de su disnea.
Finalmente, el paciente sufrió un infarto y murió el día 14 de mayo de 2018. Este fallecimiento se hubiera podido evitar con la realización de esas sencillas pruebas o aquellas que hubieran resultado necesarias y útiles para conocer la causa de su sensación de asfixia.
A pesar de que la Inspección Médica había emitido informe favorable a la reclamación inicial formulada por la familia del paciente, la Consejería de Sanidad y su Aseguradora se opusieron a una resolución favorable. Y ha tenido que ser la Justicia la que, finalmente, dicte una sentencia que reconoce lo que informó Inspección Médica: que no se pusieron a disposición del paciente los medios necesarios para averiguar la causa de su cuadro clínico.
Su viuda, madre e hijos reciben la noticia satisfechos al ver que se reconoce el error por parte del Servicio de Urgencias del Hospital Río Hortega de Valladolid y solicitan encarecidamente a los médicos de urgencias que optimicen los recursos cuando se trata de averiguar las causas por las que un paciente dice que “se ahoga”, pues puede estar en juego su vida.
La presidenta de la asociación 'El Defensor del Paciente', Carmen Flores, defiende que era “necesario realizar un examen completo del paciente y conocer la causa que provocaba esa sensación de ahogo para descartar de forma urgente entidades graves que pudieran comprometer la vida del paciente, como así sucedió finalmente: el paciente falleció como consecuencia de un infarto que no fue diagnosticado por ausencia de realización de las pruebas diagnósticas necesarias y disponibles en todo servicio de urgencias”.