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La azucarera Acor compensa con 300.000 euros a una directiva a la que redujo el sueldo el triple que a sus compañeros y que demandó por discriminación

De izquierda derecha: el director general, José Luis Domínguez, y el presidente, Justino Medrano.

Laura Cornejo

10 de mayo de 2021 05:55 h

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La azucarera ACOR pactó un pago de 300.000 euros a una directiva que demandó por discriminación de sexo y del derecho de igualdad después de que la sociedad cooperativa le redujese el sueldo más que a sus compañeros y de forma unilateral. El procedimiento judicial al que ha tenido acceso elDiario.es terminó en un acuerdo confidencial en el que se acabó pactando esa cantidad

Los hechos se precipitaron a partir del 7 de octubre de 2019, que es cuando la entonces directora financiera de Acor, y con una antigüedad en la empresa desde 1986, interpuso una demanda. La trabajadora comprobó en la nómina de febrero que su salario se había reducido de forma unilateral y sin comunicación previa, percibiendo 3.200 euros menos. La situación se prolongó los meses siguientes y sin recibir más explicación que un mail en el que se le indicó que eran “instrucciones del presidente”. El responsable de la azucarera, Justino Medrano, accedió al cargo en marzo de 2019, con un sueldo de 101.000 euros, un 60% menos que el de su antecesor como promesa electoral.

La reducción salarial se adoptó también con otros directores del mismo nivel orgánico que la demandante, en concreto con el director de fábrica de la Azucarera y con el director de la Planta de Aceite, como una decisión del consejo rector. Sin embargo, según la demandante, no se aplicó  a todos por igual en el mismo porcentaje o cantidad “creándose de este modo una discriminación por razón de sexo” ya que la reducción a los directores hombres era inferior a la rebaja de la directora financiera, única mujer de ese nivel de responsabilidad y de igual nivel que el resto de directores afectados por la reducción.

Así, la disminución del salario neto del director de fábrica de Acor en el periodo de febrero a mayo fue de un 9%, mientras que a la mujer se le redujo un 34%. El director de planta de aceites vio reducido su salario un 17%. En el momento de la demanda, el puesto de subdirector de fábrica de la azucarera percibía un salario algo superior al de la trabajadora, pese a ser un puesto de nivel inferior en el organigrama de la sociedad remolachera.

Además de la “flagrante discriminación salarial”, Acor incumplió reiteradamente, según la demandante, el Plan de igualdad de la empresa, firmado en diciembre de 2014, en especial el punto 3, que aborda la igualdad en la retribución salarial, y el artículo 5 de la LO 3/2007 de 23 marzo para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.

Presiones de la dirección y “un juego de niños”

Pero la directora financiera no sólo denunció esa discriminación. Desde que presentó la papeleta de conciliación para reclamar las diferencias salariales, más de 19.000 euros más un 10% de intereses de demora, la demandante relató haber sido objeto de “todo tipo de presiones por parte del órgano de dirección de la empresa”. Según relató en su demanda, aportando documentación, se usaron sus claves bancarias por parte de personas sin autorización, algo de lo que advirtió a sus superiores y a las entidades bancarias. Siempre según su versión, el presidente de Acor calificó esos hechos como “un juego de niños”

A finales de julio de 2019, la dirección convocó una reunión con todos los miembros del consejo rector, formado por 20 personas, al objeto de conocer el grado de implicación de la trabajadora con la nueva dirección y las causas por las que había interpuesto la papeleta de conciliación. La demandante explicó sus funciones y responsabilidades pero no se le respondió a sus peticiones y reclamaciones respecto a la reducción salarial.

“Ninguneada” y haciendo informes urgentes en sus vacaciones

Hasta el mes de marzo, y por su responsabilidad era invitada a las reuniones del consejo rector para que opinase sobre decisiones estratégicas junto con el director, pero desde entonces se vio “ninguneada”, enterándose de decisiones que afectaban a sus funciones por responsables de otras áreas.

También reflejó en su demanda que durante las vacaciones de agosto de 2019 y pese a tener conocimiento la dirección, se le interrumpió de forma permanente con envío de correos electrónicos incluso a altas horas de la noche con solicitudes de información urgente y encargos de redacción de informes “con evidente ánimo” por parte de la empresa de intentar acreditar su falta de implicación en el supuesto de que no hubiese atendido esas peticiones. Por todo ello, en octubre reclamó en el juzgado que se resolviese su contrato por la modificación sustancial de las condiciones sin respetar lo previsto en el a 41 del ET y que redundaba en el menoscabo de su dignidad como trabajadora, percibiendo un salario incluso inferior al de un nivel menor al suyo, por lo que pedía además una indemnización correspondiente a un despido improcedente y una indemnización de 10.000 euros por daños morales. En el acto de conciliación no hubo acuerdo por lo que la demanda siguió adelante.

Finalmente, Acor le comunicó el despido disciplinario el 13 de marzo de 2020, con efectos desde el día 15, cuando en España se acababa de decretar el estado de alarma y el confinamiento de toda la población. Ello motivó una nueva demanda. El asunto se cerró el pasado 20 de enero, cuando la empresa y la trabajadora llegaron a un acuerdo transaccional, comunicado al juzgado que había acumulado sendas demandas, para que se archivasen las actuaciones. La empresa finalmente reconoció que era un despido improcedente y acordó abonar a la demandante 300.000 euros netos, a pagar en tres ejercicios contables de la sociedad. asumiendo incluso el IRPF correspondiente a la trabajadora. Pero además, en ese acuerdo, al que ha tenido acceso elDiario.es, se bloqueó la posibilidad de dar a conocer lo ocurrido con el despido y el acuerdo “ni sobre la información relativa al negocio de la Sociedad o que haya adquirido o de la que tuvo conocimiento o estuvo en su poder durante su relación con la misma”. De igual modo tanto la trabajadora como la azucarera se comprometieron a no hacer ninguna afirmación o declaración “en la que se critique, ridiculice, reste méritos o insulte a la otra parte, en presencia de competidores, clientes o empleadores potenciales o actuales, proveedores, accionistas, trabajadores, consejeros o empleados, compañeros, y, de forma más general, a no ejecutar ninguna acción que pueda perjudicar o afectar a la reputación e imagen, personal, profesional y/o comercial de la trabajadora y de la cooperativa, directamente o través de persona interpuesta y cualquier medio de comunicación incluidas las redes sociales”.

Este diario intentó contactar, sin éxito, con la demandante. La sociedad Acor tan sólo respondió que “el despido de esa trabajadora se cerró con un acuerdo entre las dos partes”.

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