La funcionaria que denunció al secretario de las Cortes de Castilla y León amplía sus demandas y no descarta la prevaricación

Europa Press

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La funcionaria que ha denunciado al secretario general-letrado mayor de las Cortes, Marcos Herrero, por acoso laboral ha ampliado la denuncia de los hechos en la que asegura que el investigado continúa con sus actuaciones presuntamente delictivas, ya no solo respecto del principal delito, sino también como consecuencia de hechos que pudieran derivar en un posible delito de prevaricación, aunque tampoco se descartan otros delitos, ni la intervención de terceras personas ya sea como autoras o como cooperadoras.

La ampliación de la denuncia ante el Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid, a la que ha tenido acceso Europa Press, fue presentada la pasada semana con el fin de poner en conocimiento de la juzgadora los hechos que se han sucedido desde el 8 de abril de 2024, fecha de la inicial denuncia, hasta la actualidad por considerar que el investigado no ha cesado en sus actos presuntamente delictivos.

Pese a que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León declaró la nulidad del cese de la funcionaria que se había producido en mayo de 2022, y las Cortes tenían la obligación de reincorporarla a su puesto de Jefatura de Servicio, la denunciante critica que el secretario general no ha puesto más que impedimentos para esa reincorporación.

De hecho, apunta que tardó dos meses y medio en ser restituida en su puesto, hecho ocurrido el pasado 7 de agosto, si bien no se le ha permitido volver a su despacho ni ostentar las condiciones propias de su puesto.

Apenas transcurridos veinte días, y de nuevo en el período de vacaciones de la empleada, el investigado le comunicó que su puesto sería ocupado por otra persona y que ella cesaría nuevamente. Aún así, se rectificó temporalmente dicha decisión, anulando las vacaciones por necesidades de servicio y postergando el cese definitivo para el 5 de septiembre.

En la ampliación de la denuncia se pone el acento en la coincidencia de las fechas de varios actos y resoluciones, de tal modo que si el día 10 de julio se acordaba reponer a la funcionaria en su puesto, ese mismo día se aprobaba una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) para permitir el acceso al puesto de Jefatura de Servicio de Gestión Administrativa a quien perteneciera a la Escala de Ingeniería.

No se considera una casualidad el hecho de que la persona que había ocupado el puesto después del primer cese era precisamente un funcionario de la Escala de Ingeniería, el único dentro del Cuerpo Técnico. Además, si el 7 de agosto la funcionaria obtenía el alta médica para incorporarse a trabajar, ese mismo día se tomaba el acuerdo de convocar su puesto de trabajo a libre designación.

Entre las 'casualidades', la denunciante añade que si el 26 de agosto emitió un informe sobre la situación del Servicio de Gestión Administrativa, indicando graves irregularidades en materia de contratación pública y de personal, ese mismo día se decidió adjudicar el puesto de Jefatura de Servicio por libre designación en favor del funcionario de la Escala de Ingeniería.

En cualquier caso, la denunciante mantiene que la continuación de la prestación del Servicio de Gestión Parlamentaria, al que fue asignada, se encuentra vacío de contenido y había estado sin cubrir durante dos años, si bien cumple, a su juicio, el objetivo de tenerla apartarla de las cuestiones relativas a la contratación pública y a la materia de personal, eso sí, manteniendo unas condiciones inferiores a las que tenía, con un aislamiento continuado, un nivel inferior y una menor retribución.

Por otro lado, denuncia que la posibilidad de optar a otros puestos de trabajo de su nivel, como son los puestos de interventor y viceinterventor, que próximamente acceden a la jubilación, también se ha visto dificultada al introducir el requisito de que los aspirantes pertenezcan o estén adscritos a la Escala Económico-Financiera de las Cortes, algo que excluye a la funcionaria por cuanto ésta ha pertenecido a esa escala durante más de veinte años pero exclusivamente en la Junta de Castilla y León.

También se califica de 'curioso' que tras declararse desierta la primera convocatoria, en la que se pedían diez años de antigüedad, se modificó tal límite de años en una nueva convocatoria que exigiría ocho años de forma no motivada, a sabiendas de que la denunciante únicamente tenía siete años de antigüedad en las Cortes.

La denuncia ampliada ahora apunta igualmente que todos los hechos eran conocidos por el presidente de las Cortes de Castilla y León, así como por la propia Mesa y también por la Junta de Personal, incluyendo comunicaciones verbales, pero también diversos escritos fehacientes.

Es más, de forma expresa, sostiene que se había solicitado a la Junta de Personal que adoptara las medidas necesarias para que promoviera el cese de las actuaciones de acoso, se había pedido igualmente que exigiera las responsabilidades correspondientes y, finalmente, se le había demandado información sobre sus propias actuaciones y la participación que haya podido tener en las resoluciones adoptadas por el secretario general.

Sin embargo, la Junta de Personal aludida, en un informe de 44 páginas que ha sido remitido a Instrucción 4, asegura que “no tiene conocimiento de ninguna actuación, referida al personal de la Cámara, constitutiva de acoso laboral” y añade que “los hechos relatados” por la denunciante, a su juicio, “no pueden entenderse constitutivos de tal delito”, a lo que añade que en el informe comunicaciones laborales la denunciante “nunca ha comunicado ni referido en sus escritos episodios de desavenencias, conflictos de carácter interpersonal o situaciones tensas en el ambiente de trabajo que constituyan un patrón repetido de abuso”.