Nueve años de inhabilitación para el exvicepresidente de la Diputación de Valladolid por prevaricación en el caso Meseta Ski

Europa Press

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La Audiencia de Valladolid ha dictado sentencia condenatoria en el caso conocido como 'Meseta Ski que sentó en el banquillo a responsables de la Sociedad Provincial de Desarrollo (Sodeva), con su entonces presidente a la cabeza, Alfonso Centeno, al que impone nueve años y un mes de inhabilitación especial para empleo o cargo público por delito continuado de prevaricación administrativa en la tramitación y construcción en Villavieja del Cerro de un complejo de ocio y aventura que tenía como infraestructura estrella dos pistas de esquí en seco.

En su sentencia, la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial considera probado que el citado Centeno, alcalde de Olmedo (Valladolid), incurrió en el referido delito, al que aplica la atenuante de dilaciones indebidas, e igualmente condena al que era vicepresidente de Sodeva, Pedro Pariente, por prevaricación administrativa, con idéntica atenuante, a siete años y tres meses de inhabilitación, mientras que ha absuelto a sus otros dos compañeros de banquillo, el arquitecto Valentín González y el jefe de Urbanismo de la Diputación vallisoletana, Luis Torroglosa, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

La condena, en sus fundamentos de derecho, considera acreditado que el proyecto inicial fue modificado sin aparente justificación técnica o económica, una modificación “relevante, cuantitativa y cualitativamente, en referencia a que el importe de las obras aumentó en casi tres millones de euros, cuando el precio inicial del contrato era de poco más de cuatro, ”de forma que hablamos de un incremento del presupuesto de cerca del 75%“.

Pero además, la modificación, según el tribunal, afectaba a un elemento tremendamente sustancial de una pista de ski seco, como era la superficie esquiable, modificándose no sólo el material de dicha superficie, sin también, de forma aún más que significativa, sus dimensiones, modificación que se llevó a cabo “omitiendo de manera flagrante las más elementales normas jurídicas”.

Se quebraron los principios de publicidad y libre concurrencia

Y no sólo porque se acordó la modificación de un contrato suscrito entre las partes apenas cuatro meses antes, “sino porque no se llevó a cabo un nuevo proceso de contratación, quebrándose con ello los principios de publicidad y libre concurrencia que debían regir el proceso de adjudicación, al tratarse de un procedimiento de contratación de una empresa privada cuyo capital social era total e íntegramente de carácter público”.

“Es más, ni siquiera se comunicó la existencia de ese proyecto complementario a la otra empresa, que había participado en el proceso de licitación”, con lo que “existió, por tanto, una infracción manifiesta del procedimiento de contratación y una infracción del contrato previo”.

En el procedimiento, además de la fiscal del caso, que había interesado la inhabilitación de los cuatro encausados por espacio de siete años, se personó como acción popular el grupo Valladolid Toma la Palabra y Ecologistas en Acción, que solicitó once años de inhabilitación y, en concepto de responsabilidad civil, la obligación de los ocupantes del banquillo de indemnizar a Sodeva y/o la Diputación con 11,5 millones euros por el perjuicio económico causado, frente a la petición absolutoria de las defensas.

Los acusadores entendían que el que Centeno y sus compañeros de banquillo “actuaron de forma caprichosa, arbitraria y carente absolutamente de amparo jurídico” a lo largo de la tramitación del proyecto, desde su inicio y hasta el final.

Su actuación objeto del presente procedimiento se circunscribe al periodo que media entre la firma del contrato para la ejecución de las obras del citado complejo de ocio, el 13 de julio de 2006, y la celebración del Consejo de Administración de Sodeva, el 31 de marzo de 2008, en el que se aprobó el proyecto refundido que venía a validar la totalidad de los trabajos que hasta entonces se habían ejecutado y que, sin embargo, diferían por completo de los encomendados de inicio.

Viaje a Japón en 2007 con el propietario de la empresa

Las acusaciones señalaron al entonces vicepresidente de la Diputación y presidente de Sodeva, Alfonso Centeno, por su interés en beneficiar a la empresa adjudicataria de las obras, Corsan Corviam, debido a la “amistad personal” que existía entre él y el propietario de la mercantil, algo que consideraban acreditado por el viaje que el todavía hoy regidor de Olmedo y su esposa realizaron en 2007 a Japón junto al empresario.

Los acusadores situaron a Centeno como 'alma mater' de las irregularidades cometidas, en referencia al hecho que decidió modificar por completo el proyecto nada más ser adjudicado a Corsan Corviam, con un presupuesto base de 4.060.000 euros que luego superaría los 9.000.000 de euros tras decidirse modificar la superficie de las pistas de esquí y triplicar la superficie, que pasa de 3.000 a 9.000 metros.

También le censuraron por haber “engañado” al Ayuntamiento de Tordesillas y a la Junta a la hora de solicitar las licencias, ya que las mismas en todo momento se referían al primer proyecto, no a las sucesivas modificaciones que tendrían que haber llevado a iniciar una nueva tramitación para aprobar otro presupuesto y sacar nuevamente a licitación el complejo.

En este sentido, recordaron que para cuando se celebró el Consejo de Administración de Sodeva el 31 de marzo de 20028, los trabajos se encontraban al 99%, es decir, por valor de unos 9.000.000 de euros, de ahí que las obras estuvieron hasta entones al margen de “todo amparo jurídico”, y ello pese a aprobarse entonces ese proyecto refundido con el que se pretendía “validar o amparar” lo ejecutado.

“La participación de Centeno es absolutamente ineludible”, insistió el último día del juicio la fiscal, que extendió la responsabilidad a los otros tres encausados por, desde sus respectivos puestos y funciones, aprobar, validar y respaldar unas obras que sabían perfectamente que eran totalmente distintas de las inicialmente contratadas.

Un contrato que era “papel mojado”

Por su parte, el abogado de la acción popular atribuyó el 'Caso Meseta Ski al “capricho y ocurrencia” de una persona, en alusión directa a Centeno por la idea de construir en plena meseta, un lugar “erróneo a todas luces” según entiende, unas pistas de esqui en seco y sin antes haber encargado un informe y estudios rigurosos sobre la viabilidad de la misma, entre ellos un plan de negocios.

El acusador popular sostenía que para ello el entonces presidente de Sodeva se rodeó de “un núcleo de confianza” en dicha entidad-una sociedad pública mercantil sometida a derecho privado--a fin de que sus planes no fueran contradichos y obtuvieran el respaldo de los otros tres acusados, cada uno desde su respectivo cargo, quienes en todo momento sabían que el contrato inicial suscrito con Corsan Corviam era “papel mojado desde el kilómetro cero, lo que demuestra los tintes de arbitrariedad que presidieron toda la tramitación y ejecución”.

El proyecto de Meseta Ski estuvo plagado de obstáculos desde un inicio debido, entre otras causas, a la paralización de los iniciales trabajos de movimiento de tierras en Villavieja del Cerro acordada por el Ayuntamiento de Tordesillas al exceder la licencia en precario concedida y por la segunda paralización, en septiembre de 2007, impuesta entonces en vía contencioso administrativa tras descubrirse que una de las parcelas elegidas había sido escenario de un incendio que la imposibilitaba, según la Ley de Montes, para cualquier construcción en un determinado plazo de años.

Aunque el proyecto trató de ser salvado a través de las Cortes, que en 2010 declaró la iniciativa como Proyecto de Interés Regional, una sentencia del Tribunal Constitucional supuso el último varapalo a esta iniciativa y se tradujo en el desmontaje de toda la infraestructura y la restitución de la zona a su estado original. Allí quedaron enterrados cerca de 11.000.000 de euros.