El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha revocado una sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos que condenaba a cuatro años de prisión a un estudiante de Erasmus por abuso sexual a otra estudiante durante su estancia en la capital burgalesa al no considerar probada la “pérdida” de conocimiento y voluntad por parte de la denunciante, cuyo testimonio se contradice con el del acusado.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL ha estimado íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa ante la sentencia de la Audiencia Provincial de marzo de 2023 y, tras acordar su revocación, ha absuelto al joven como autor de un abuso sexual, tal como recoge el auto remitido este martes por el tribunal autonómico.
Los hechos ocurrieron en junio de 2022, cuando ambos jóvenes, erasmus italianos que estaban cursando un año académico en la Universidad de Burgos, habían salido de fiesta con amigos comunes y en el domicilio de ella tuvo lugar una relación sexual con penetración, que ha quedado probada por defensa y acusación.
En el auto del TSJ se rechazan, sin embargo, los hechos probados que dieron lugar a la condena en la Audiencia Provincial, al considerar que no se ha conseguido acreditar que la denunciante perdiera su capacidad volitiva y cognoscitiva, tal como se recogía en la sentencia inicial, lo que convertiría en abuso sexual la relación sexual.
De acuerdo con el relato de los hechos probado a juicio de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, no está demostrado que la ingesta de alcohol y drogas de la denunciante, similar a la del joven acusado, la hiciera “perder” conocimiento o voluntad, pues regresó al domicilio consciente y sin alteración alguna.
En el nuevo análisis de las pruebas, tras la presentación del recurso de apelación, la versiones de la joven y el acusado se contradicen, ya que mientras la joven habla de que se encontró al acusado sobre ella, agrediéndola, él afirma que la relación fue consentida e incentivada por ella.
La declaración de la denunciante es “contundente, sin contradicciones y rotunda”, pero la del denunciado también es “coherente y sin contradicciones” y apunta a “sincera”, lo que unido al resto de pruebas examinadas, ha llevado al Tribunal Superior de Justicia a revocar la sentencia condenatoria y declarar la absolución del joven.
Contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, del pasado 24 de julio, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.