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Absuelto el rapero Morad de un robo frustrado en una casa de Barcelona

Morad, durante el juicio

elDiario.es Catalunya

2 de marzo de 2022 13:13 h

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Una jueza de Barcelona ha absuelto al rapero Morad y otro joven por un intento de robo con fuerza en un domicilio de Barcelona el febrero del 2018. La Fiscalía les pedía dos años y medio de cárcel entrar presuntamente en una finca, reventar la cerradura con un destornillador e insultar y amenazar al vecino que les sorprendió y fotografió, pero la magistrada ha concluido que no hay pruebas de todo ello.

Destaca la sentencia que el vecino que presenció los hechos declaró en el juicio que le parecía recordar que una de las dos personas que vio en el portal manipulaba la cerradura “con lo que parecía un destornillador” y el otro miraba a la calle. Pero en realidad la cerradura “no sufrió ningún tipo de daño”, destaca la jueza, por lo que “no se acredita con el rigor y la certeza que el derecho penal requiere que los acusados intentaran forzar la cerradura de la portería”.

Morad, el artista de España que más escuchas acumula en Spotify, negó los hechos en el juicio y aseguró que no tuvo ningún incidente con nadie. “No tenía ninguna necesidad”, alegó. En la misma línea se pronunció el otro acusado, apuntando que estaba “en casa con la madre”. “No existe prueba de cargo suficiente”, concluye la jueza, ni de que el robo fuera con fuerza ni de que los acusados tuvieran “ánimo de lucro”, es decir, que quisieran entrar en el piso para apoderarse de sus objetos.

Tampoco ve “creíble” la jueza la acusación por delito leve de amenazas, ya que nadie se quedó esperando al vecino tras descubrir el intento de allanamiento. “No se acredita dolo específico consistente en ejercer presión sobre la víctima atemorizándola, privándola de su tranquilidad y sosiego”, remarca la sentencia.

Otro de los elementos de los que adolecía la acusación de la Fiscalía, expone la jueza, es la identificación de los acusados. El vecino grabó unas imágenes que luego los Mossos d'Esquadra compararon con las cámaras del metro, y la ropa que llevaban puesta los acusados coincidía, según testificaron los agentes. En cambio la magistrada razona que las fotografías son “en blanco y negro, ni nítidas ni claras, de calidad pésima, y difícilmente puede reconocerse en las mismas a las personas que figuran en ellas”.

En suma, la magistrada tiene una “duda razonable” de la participación de los acusados en el robo frustrado, por lo que considera “prudente” la absolución en aplicación del principio 'in dubio pro reo' (en caso de duda, en favor del acusado).

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