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Y ahora qué: el Supremo liquidará las condenas de los presos indultados y en cuestión de días quedarán libres

El líder de ERC y exvicepresidente del Govern, Oriol Junqueras, en una de las salidas de Lledoners

Elena Herrera / Oriol Solé Altimira

21 de junio de 2021 22:37 h

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes los indultos a los nueve líderes independentistas que siguen presos por el procés. Antes de su salida de la cárcel son necesarios una serie de trámites que podrían demorar la excarcelación unas horas o días. La vuelta a la libertad de los condenados por el 1-O podría pillarles ya fuera de la cárcel, habida cuenta de que la mayoría de ellos estarán de permiso a partir de este miércoles por la tarde, coincidiendo con el puente de Sant Joan, festivo en Catalunya. Es posible pues que no haya fotografía conjunta de los indultados saliendo de prisión con el perdón bajo el brazo.

Los trámites burocráticos empiezan tras la aprobación en el Consejo de Ministros de los indultos en forma de reales decretos, que deberán ser firmados por el rey y publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) previsiblemente ya este miércoles. Una vez publicados los indultos en el BOE, es el turno del Tribunal Supremo. La ley que regula los indultos, de 1870, establece que “la aplicación de la gracia habrá de encomendarse indispensablemente al tribunal sentenciador”, esto es, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal.

En el caso del procés se publicarán nueve reales decretos, uno por cada uno de los condenados que tienen penas por cumplir: el exvicepresidente Oriol Junqueras, los exconsellers Dolors Bassa, Joaquim Forn, Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull; la expresidenta del Parlament Carme Forcadell; el exlíder de la ANC Jordi Sànchez y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. La responsabilidad criminal de los exconsellers Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila, condenados por desobediencia, ya está extinguida.

En su resolución, que se espera que sea prácticamente inmediata tras la publicación en el BOE,  la Sala encabezada por el magistrado Manuel Marchena hará una nueva liquidación de la condena —es decir, fijará la fecha de la extinción definitiva de las diferentes penas impuestas a cada uno de los condenados— y comunicará a los juzgados de vigilancia penitenciaria la puesta en libertad de los presos, que a su vez se lo remitirán a las cárceles de Lledoners, Wad-Ras y Puig de les Basses.

Si están de permiso por Sant Joan –algunos solo pasarán fuera la noche de la verbena, pero otros han pedido más días–, los presos tendrán que volver a la cárcel a rubricar su libertad y a recoger sus enseres personales. Si siguen dentro de prisión, la dirección del centro, tras recibir la comunicación del Supremo, hará firmar la excarcelación a cada preso. La consellera de Justicia, Lourdes Ciuró, ha visitado este lunes por la tarde a los presos de Lledoners y ha contactado con los familiares de Bassa y Forcadell para explicar de primera mano los trámites a los presos.

En caso de que los indultos se concreten estando de permiso, algunos de los presos se ahorrarán una fotografía incómoda, la de su salida de la cárcel gracias a una medida de gracia del Gobierno que no pidieron. De hecho, salvo Jordi Cuixart, todos dieron la callada por respuesta cuando el Supremo les preguntó su posición al respecto hace unas semanas. La apuesta oficial del independentismo sigue siendo una amnistía de difícil encaje legal e inviabilidad parlamentaria en el Congreso.

En medios jurídicos cercanos a los presos y a la Generalitat se confía en una plasmación rápida del indulto y que ya puedan celebrar la verbena de Sant Joan en libertad, pero ante todo se impone la cautela. “En teoría debería ir rápido, pero la experiencia con el Supremo nos dice que todo puede salir al revés de lo esperado”, resume una fuente. El escenario de que el Supremo duerma por unos días el trámite de liquidación de la condena para postergar la excarcelación no se descarta, aunque las citadas fuentes recuerdan que iría en contra del derecho fundamental a la libertad.

La Sala de lo Penal, que se opuso a los indultos por la falta de “arrepentimiento” de los independentistas en su informe preceptivo pero no vinculante, no tiene más opción en este momento que acatar la decisión del Ejecutivo, afirman fuentes del Alto Tribunal. Ese informe del Supremo sí cierra la puerta a un indulto total —que supone la remisión de todas las penas no cumplidas—, pues la ley establece que esta modalidad sólo se otorgará en caso de existir un informe favorable del tribunal sentenciador. Sí existe la posibilidad de un indulto parcial, que supone el perdón de alguna o algunas de las penas impuestas, o de parte de todas todavía no cumplidas. La legislación establece que se considera también indulto parcial la conmutación de la pena o penas impuestas en otras menos graves.

Con los presos del procés el Gobierno optará por perdonar la pena de prisión y mantener vigente la inhabilitación para ejercer cargos públicos a la que fueron condenados. De hecho, lo más frecuente es que los indultos condonen toda la pena de prisión pendiente de cumplir y es lo que previsiblemente ocurrirá en esta ocasión. No obstante, también existe la posibilidad de perdonar sólo parte de la condena y dejarla por debajo de los dos años, un umbral que abre la puerta a la suspensión aunque la excarcelación no sería inmediata y en ese caso el tribunal sentenciador tendría la última palabra. Posible, aunque improbable, también es que el Gobierno perdone el delito de sedición pero no el de malversación, lo que dejaría en manos del Supremo el cálculo de la condena de los cuatro exconsellers condenados por este delito (Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull).

Los recursos de la derecha no frenan los indultos

PP, Vox y Ciudadanos ya han anunciado que recurrirán la decisión de indultar a los presos independentistas. Tendrán que hacerlo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, pues al tratarse de un acuerdo del Consejo de Ministros este es el órgano al que corresponde el control jurisdiccional. En todo caso, al ser el indulto un “acto político”, el Alto Tribunal no puede hacer una revisión jurisdiccional de la decisión de indultar, sino que se tiene que limitar a comprobar si la tramitación —los llamados “elementos reglados”— se ha hecho de forma correcta. 

Los hipotéticos recursos no frenan la ejecución de los indultos, explican fuentes del Supremo. La única vía que tendrían los recurrentes para evitar la excarcelación de los presos sería solicitarlo a través de unas medidas cautelarísimas que obligarían a la Sala a resolver en 48 horas y sin escuchar a la otra parte —en este caso, la Administración— si paraliza o no su ejecución hasta su decisión sobre el fondo del recurso. Las fuentes jurídicas consultadas ven muy improbable esa paralización teniendo en cuenta que se trata de una medida de libertad y que incluso el Supremo ha puesto en duda en el pasado la legitimidad de los partidos políticos para recurrir esta medida de gracia. 

Tras el trámite del Supremo, también estaría abierta la vía del Constitucional. En principio, podrían presentar recurso de amparo alegando una posible vulneración de la tutela judicial efectiva tanto los partidos políticos, en caso de que la Sala Tercera rechazara su pretensión de anular los indultos; como el Gobierno o las organizaciones que han solicitado la medida de gracia, si estos fueron cancelados. No obstante, fuentes del tribunal de garantías sostienen que se trata de un futurible y que habría que ver primero con detalle qué hace el Supremo y también quién presenta los recursos. Para la interposición del recurso de amparo es preciso haber agotado antes la vía judicial previa, así como haber invocado en esta, tan pronto como sea posible, la vulneración del derecho fundamental que pretende hacerse valer ante el Tribunal Constitucional.

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