Cuando la amnistía pasó al tejado de los jueces, el Tribunal Supremo encabezaba las apuestas para torpedear su aplicación. Y así se ha confirmado esta semana: el Alto Tribunal ha rechazado amnistiar al expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, una decisión que no por previsible ha dejado de suponer un nuevo choque institucional del máximo órgano judicial español contra el Gobierno y el Congreso. La maniobra del Supremo tendrá réplica ante el Tribunal Constitucional, la última instancia ante la que los independentistas reclamarán la aplicación de la amnistía.
Al mismo tiempo que el Alto Tribunal consumaba su negativa a aplicar la ley —por primera vez con disenso entre sus filas, con un voto particular de la magistrada Ana Ferrer—, la ley de olvido penal del procés ha continuado aplicándose con normalidad por parte de la mayoría de órganos judiciales catalanes. Ello incluye la amnistía a los 46 policías nacionales pendientes de juicio por las cargas contra el referéndum acordada esta semana por el juez que durante más de un lustro ha indagado en su intervención.
Tras meses de elucubraciones sobre las vías que utilizaría el Supremo para abordar la aplicación de la ley, el Alto Tribunal ha optado esta semana por el camino al que ya apuntaron los cuatro fiscales que ejercieron la acusación en el juicio del procés: negar su aplicación a los políticos que financiaron con fondos públicos los gastos ocasionados para activar la hoja de ruta hacia la independencia. La tesis de los magistrados es que no es posible amnistiar la malversación dado que estos dirigentes se ahorraron dinero al promover el referéndum con fondos de la Generalitat en lugar de pagarlo de su bolsillo. Y que, en consecuencia, sí hubo enriquecimiento personal.
Es una interpretación que burla la redacción de la ley, que es clara al respecto. La norma establece que la medida de gracia ampara los delitos de malversación siempre que no hayan tenido “un propósito de enriquecimiento”. Esto es, de obtener “un beneficio personal de carácter patrimonial”. El movimiento de los jueces evidencia también que de nada ha servido que la norma se retocara en su última redacción precisamente para apuntalar esa idea. O que en la sentencia del procés, redactada por estos mismos jueces, no se hiciera mención alguna al enriquecimiento personal de los condenados por malversación.
Lo cierto es que más de cuatro años después de esa resolución, esta interpretación del Supremo ha servido para, al menos por el momento, dejar fuera de la amnistía a Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de los dirigentes independentistas condenados o encausados por ese delito. Es una decisión que los jueces —tanto el instructor Pablo Llarena como los de la Sala de lo Penal— han tomado con el criterio en contra de la Fiscalía, donde fracasó la posición de los cuatro del procés; y después de que la semana anterior el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya sí decidiera amnistiar al exconseller Miquel Buch, condenado precisamente por malversar dinero público al otorgarle una escolta a Puigdemont de forma irregular.
Precisamente este viernes, la Fiscalía recurrió la decisión del Supremo al considerar que se trata de una posición que “no es ajustada a Derecho” y va contra la “voluntad del legislador”. Según el Ministerio Público, los dirigentes del procés no obraron en ningún caso con “ánimo superpuesto y deliberado de enriquecerse personalmente” y tampoco se da el supuesto daño a los fondos europeos, que es el segundo de los motivos alegados por los jueces del Alto Tribunal, pues, a juicio de los magistrados, de haberse culminado la independencia, se habría producido una disminución de los ingresos comunitarios. Los fiscales recordaron, en este punto, que la sentencia del procés ya constató que todos los fondos malversados pertenecían al patrimonio de la Generalitat.
Además, tanto Junts como ERC ya han anunciado su intención de recurrir el bloqueo del Supremo a la amnistía. El primer paso será impugnar las decisiones ante el propio tribunal —como ya ha hecho la Fiscalía— pero los dos partidos han avanzado que presentarán un recurso de amparo ante el Constitucional con el objetivo de que el tribunal de garantías obligue al Supremo a aplicar la amnistía a Puigdemont y el resto de condenados. Para ello tendrán que alegar una vulneración de derechos susceptible de generar amparo que, además, tenga trascendencia constitucional. En los tiempos habituales pueden pasar varios meses hasta que un recurso se admite o no a trámite y años hasta que se resuelve sobre el tema de fondo.
En paralelo, la decisión del juez instructor del procés y de la Sala de lo Penal es también un intento de cerrar la vía para que Europa examine la amnistía y su aplicación al caso del referéndum de 2017. Pero la puerta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no está del todo cerrada: este viernes, la magistrada del Supremo Susana Polo, que investiga a Puigdemont y al parlamentario de ERC Ruben Wagensberg por terrorismo en el caso de los altercados de Tsunami Democràtic, ha preguntado a las partes si debe elevar la amnistía de este delito a los jueces de Luxemburgo.
Por otro lado, el Constitucional también podría elevar una consulta al TJUE, pero es algo que solo ha hecho una vez en sus más de cuatro décadas de historia. Ese paso implicaría no poder resolver sobre la amnistía del caso Tsunami hasta que los magistrados de Luxemburgo (que tardan de media 16 meses en resolver) se pronunciaran. La Fiscalía, Puigdemont y Wagensberg ya han solicitado a la magistrada amnistiar el caso Tsunami, sin necesidad de elevar una duda ante el TJUE como pretende Vox.
El incierto retorno de Puigdemont
Traducida a la política catalana, la decisión del Supremo intenta trabar el prometido retorno de Puigdemont, el principal objetivo de una ley que pretende normalizar de una vez por todas la situación política catalana mediante el olvido de las consecuencias penales del procés.
El expresident, según su entorno, mantiene intacta su promesa de volver a Catalunya, aún a riesgo de ser detenido, para el primer debate de investidura que celebre el Parlament. Una sesión sobre la que, a día de hoy, pesan tantos o más interrogantes que en la aplicación de la amnistía sobre el expresident y los exconsellers condenados por el procés.
La crisis interna de ERC, agudizada por el escándalo de la campaña de falsa bandera contra Ernest Maragall, influye en las negociaciones con el PSC, único partido con un candidato, Salvador Illa, que puede armar una mayoría para ser investido. Puigdemont solo tiene opciones si fracasa el pacto de izquierdas y Catalunya vuelve a votar. Este es su objetivo mientras decide si se arriesga a ser detenido en caso de que haya debate de investidura en el Parlament (cuya fecha límite es el 26 de agosto).
Difícilmente por entonces el Constitucional habrá podido tomar una decisión que enmiende la negativa del Supremo y garantice un retorno sin riesgo al expresident, tal y como pretenden los independentistas. Antes de poder acudir al tribunal de garantías, Puigdemont y el resto de exconsellers tienen que agotar la vía interna de recursos ante el Alto Tribunal. En paralelo, Vox ha pedido ya al juez Llarena que reactive la petición de extradición contra el líder de Junts.
Pero por primera vez los soberanistas disponen de un argumento a favor que sale de las filas del propio Supremo. El voto discrepante de la magistrada progresista Ana Ferrer advierte que la interpretación para vetar la amnistía de sus compañeros de sala “corre el riesgo de quebrar los principios de legalidad y previsibilidad”, dos de los supuestos en los que el Constitucional puede corregir las decisiones de los tribunales ordinarios, tal y como ha ocurrido recientemente en el caso de los ERE de Andalucía.
74 amnistiados (46 de ellos policías)
La amnistía al procés está a punto de cumplir un mes en vigor y, por ahora, se cuentan en 74 los amnistiados (de un total de 486 candidatos, según los cálculos de la Fiscalía). El grueso de este número son los 46 policías imputados por las cargas del 1-O amnistiados. Las acusaciones que representan a los heridos en los colegios y las entidades independentistas ya han anunciado que recurrirán para que los agentes no sean amnistiados.
Aunque ha soliviantado a parte de las bases independentistas más combativas, la amnistía al grueso de los policías investigados es una condición necesaria para una ley que pretende poner el contador penal a cero tanto para las acciones que promovieron la independencia traspasando el Código Penal como las que la frenaron. Solo las acciones más graves, como el disparo de bala de goma que reventó el ojo a un votante del 1-O por el que esperan juicio cuatro agentes, podrían quedar fuera de la amnistía, pero la Audiencia de Barcelona todavía no lo ha decidido.
Policías al margen, distintos órganos judiciales siguen aplicando la amnistía a independentistas. Un juzgado penal de Figueres exoneró a la exalcaldesa de la localidad acusada por el 1-O, y la sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJC –el primer tribunal en España en aplicar la amnistía– ha seguido archivando casos, como el de un secretario municipal condenado por falsear una multa para sancionar una protesta contraria a los presos del procés. Y el juez del Supremo Pablo Llarena sí amnistió la desobediencia en el 1-O de la secretaria general de ERC Marta Rovira, que también está imputada por terrorismo en Tsunami Democràtic.
El balance de amnistiados se decantaría del lado independentista si todos los órganos judiciales hubieran actuado con la misma rapidez. Pero las decisiones de los magistrados se están haciendo esperar, como es el caso de la del TSJC sobre Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, los arquitectos del 1-O a los que la Fiscalía ha pedido amnistiar.
En otras causas además se han cruzado en la decisión judicial obstáculos técnicos. Es el caso de la causa de los preparativos del 1-O, por la que esperan ser amnistiados una treintena de altos cargos y funcionarios, pero que no logra salir del embrollo procesal en el que está instalada desde hace años. La Fiscalía ha pedido esta semana que, antes de que la Audiencia de Barcelona decida sobre la amnistía, la jueza instructora dicte un nuevo auto de conclusión de sumario.
También esperan todavía decisión sobre la amnistía otras tres causas sensibles para el independentismo: Tsunami Democràtic –en la que están imputados Puigdemont y Rovira–; los 12 CDR acusados de terrorismo y la trama rusa del procés (también pendiente de si se acepta la querella por prevaricación contra el juez Aguirre). Todo ello mientras esta próxima semana vencerá la mitad del plazo de dos meses que los tribunales tienen para aplicar la norma.