La Audiencia de Barcelona ha rechazado el intento de la Fiscalía de archivar la causa de las cargas de la Policía Nacional del 1-O salvo para seis agentes. Las magistradas tildan de “improcedente y anticipado” el sobreseimiento del caso solicitado por el Ministerio Público, en una decisión que despeja el camino al juez instructor para poner fin a la investigación y decidir cuántos agentes de la cincuentena que están investigados van finalmente a juicio por lesionar a votantes el día del referéndum.
En un auto, al que ha tenido acceso elDiario.es, las magistradas de la sección 3a de la Audiencia de Barcelona confirman la decisión del juez instructor de mantener abierta la causa y no se ahorran reproches a la petición fiscal. Empiezan las togadas mostrando su sorpresa por una solicitud de archivo que “pasa por discutir y volver a cuestionar los criterios reiteradamente expuestos” por la misma Sala en varios autos a lo largo de los más de cuatro años de instrucción en los que ha instado a profundizar en la investigación en vez de limitarla. Unos principios de investigación, lanzan las magistradas a la Fiscalía, que creían “explicados con la suficiente claridad”.
Los intentos de la Fiscalía de archivar el caso de las cargas del 1-O no son nuevos. 48 horas después del referéndum el Ministerio Público ya se opuso a investigar la actuación policial en su conjunto porque los heridos sólo fueron el 0,037% de los votantes. A lo largo de la instrucción han sido constantes las quejas de las acusaciones de los heridos por la “pasividad” que, a su juicio, ha mostrado el Ministerio Público. En las declaraciones de agentes y testigos, ha sido el juez instructor quien ha llevado el peso de los interrogatorios.
La Fiscalía se apoyaba en la sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes independentistas para reclamar el archivo del caso de las cargas. La “íntima conexión” entre los hechos enjuiciados en el Alto Tribunal y la investigación de la intervención policial en Barcelona, según los fiscales, no podía llevar sino a concluir que debido a la “ineficacia e insuficiencia” de los Mossos d'Esquadra, la Policía Nacional intervino para retirar urnas y papeletas “con la menor afectación posible”, y usó la fuerza como consecuencia de la “actitud subversiva” de los votantes.
La Audiencia de Barcelona niega la mayor y afea a la Fiscalía que pretenda atribuir a la sentencia del procés del Supremo “un efecto vinculante que en modo alguno puede desplegar” a la causa de las cargas. Aceptar la sentencia del Supremo como causa de archivo de la causa de la intervención de la Policía el 1-O, supondría “quebrantar los más sólidos principios de nuestro derecho penal”, remarcan las magistradas, que se muestran “sorprendidas en gran manera” por el “aparente desconocimiento” de la Fiscalía.
La sentencia del Supremo, agrega el auto, “de ninguna manera puede vincular” la investigación de la actuación policial. No solo porque los hechos son distintos –en Madrid se juzgó el procés y en Barcelona se investiga la actuación desproporcionada de decenas de agentes–, sino porque además cada causa penal “responde a sus particulares resultados probatorios”, indican las juezas. “Nada tiene que ver el enjuiciamiento sobre la convocatoria y celebración de un referéndum con la determinación de las causas que provocaron las lesiones sufridas por múltiples ciudadanos que acudieron a los respectivos colegios electorales donde tuvo lugar la intervención policial”, abunda el auto.
Además las juezas creen que será durante el juicio cuando se pueda determinar la insuficiencia de la actuación de los Mossos así como la actitud de los ciudadanos contra la intervención policial invocados por la Fiscalía para pedir archivar el caso. Para defender que cada tribunal es soberano para valorar hechos distintos, el auto recuerda que si bien el Supremo condenó a los líderes del procés la Audiencia Nacional absolvió al major Josep Lluís Trapero.
También respalda la Audiencia la valoración del juez instructor de que algunas intervenciones policiales del 1-O pueden suponer un delito contra la integridad moral, al contrario de lo defendido por la Fiscalía, que pedía descartar este delito respecto a lo sucedido el 1-O al carecer el “despliegue de la fuerza” policial de “intensidad y gravedad suficiente”. De hecho, el instructor concluyó que los argumentos que empleaba el fiscal para descartar este delito en realidad “serían plenamente aplicables” en el caso del 1-O al darse “los requisitos exigidos jurisprudencialmente” para el delito contra la integridad moral.
Recta final de la instrucción
En los últimos días la Audiencia de Barcelona ha acelerado la resolución de los recursos de acusaciones y defensas de agentes, cuyos escritos contra las decisiones del juez instructor han prolongado más de lo previsto el fin de la instrucción de una causa que se alargar ya tres años y ocho meses. De hecho las magistradas lamentan los “continuos obstáculos” que las partes enfrentadas han puesto con sus recursos para terminar la investigación del caso.
Una vez rechazados tanto el archivo el caso pretendido por la Fiscalía como la imputación de los jefes de la Policía Nacional solicitada por las acusaciones de la Generalitat y los heridos, el juez instructor podrá decidir en las próximas semanas a cuántos agentes propone juzgar por las lesiones que causaron a decenas de ciudadanos el 1-O en los centros de votación.
En este sentido, es relevante que las magistradas, en su auto, aboguen por un enjuiciamiento conjunto de todos los agentes investigados por sus intervenciones en una veintena de escuelas de Barcelona. El “desglose” en juicios separados por cada centro, argumentan, favorecería el dictado de eventuales sentencias contradictorias. Las juezas anticipan así que no se opondrán a que el juez instructor envíe a un único juicio al conjunto de agentes y mandos que decida sentar en el banquillo. Una imagen que los heridos del 1-O esperan desde hace tiempo.