Catalunya ya tiene una ley de medidas urgentes para combatir los desahucios y la pobreza energética. La Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que impulsaron hace más de un año la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), el Observatorio DESC y la Alianza contra la Pobreza Energética ha sido aprobada en el Parlament este jueves por una amplia mayoría formada por CiU, ERC, PSC, ICV-EUiA, Ciutadans y la CUP. Incluso el PP ha votado la ley, pese a rechazar algunos puntos en votación separada.
La Cámara catalana ha recogido el guante de los activistas por la vivienda –y los 140.000 firmantes de la iniciativa– para dar luz verde a una norma que fuerza a las entidades financieras y grandes propietarios –bajo amenaza de multa– a facilitar alquiler social durante un mínimo de tres años a quienes vayan a perder su casa, ya sea por el impago de hipoteca o de alquiler. El alquiler social, además, no deberá superar el 10% de los ingresos de la familia. La ley contempla también medidas de segunda oportunidad para las personas sobreendeudadas en relación con la vivienda y medidas para ampliar el parque de inmuebles asequibles de alquiler.
“Esta es una victoria colectiva”, ha proclamado el portavoz de PAH, Carlos Macías, desde la tribuna del Parlamento catalán y mientras decenas de activistas y afectados por la hipoteca se congregaban a las puertas de la Cámara para celebrar la votación. “Ante la inacción de los gobiernos, desobedecer leyes injustas no ha sido una elección sino una obligación”, ha manifestado, para agradecer a continuación la tramitación de la ley y apremiar al Govern a ponerla en marcha.
La iniciativa es heredera de la ILP que impulsó la PAH en el Congreso hace más de dos años, con la que trató de regular la dación en pago y que quedó diluida en su trámite parlamentario. Un año después, los activistas catalanes diseñaron una iniciativa legislativa que se ajustara a las competencias de la Generalitat y que, además, pusiera el foco en los desahucios por impago de alquiler –suponen ya más de la mitad de los desalojos– y en la pobreza energética.
Tanto es así que la denominada Ley de medidas urgentes para afrontar la emergencia habitacional y la pobreza energética blinda el acceso a los suministros básicos –agua, gas y electricidad–, de modo que cuando una familia no pueda hacer frente a los pagos las empresas suministradoras avisarán a los servicios sociales para determinar si realmente la familia padece riesgo de exclusión social. Para estos casos, según la nueva ley, la Administración deberá establecer un convenio con las empresas “para garantizar que se conceden ayudas a fondo perdido” a los afectados.
Se considera que una unidad familiar está en “riesgo de exclusión residencial” si sus ingresos no superan 2,5 veces el Indicador de la Renta de Suficiencia de Catalunya, esto es unos 1.480 euros mensuales.
La aprobación de la ILP ha estado sujeta a negociaciones hasta el último momento, sobre todo con CiU, para resolver algunos flecos como la definición de lo que es un “gran tenedor de vivienda”, al que aplicar sanciones en caso de no hacer oferta de alquiler social en situaciones de emergencia habitacional de sus inquilinos. Al final, además de los bancos lo son también de acuerdo con la ley las personas jurídicas titulares de pisos equivalentes a 1.250 metros cuadrados.
Durante su paso por el Parlament, algunos grupos advirtieron que el Tribunal Constitucional podría tumbar la norma, como lo hizo con el decreto antidesahucios dictado por la Junta de Andalucía. Sin embargo, lo que motivó la sentencia desfavorable del TC, la expropiación del uso de vivienda, no consta en la ley catalana.
Catalunya, la comunidad autónoma que ostenta el récord anual de desahucios –uno de cada cuatro de los que se producen en España–, avanza con esta ley en la protección del derecho a la vivienda. Desde 2008 hasta 2013, se iniciaron en Catalunya hasta 98.000 procesos de ejecución hipotecaria.