La Fiscalía no recurrirá la sentencia que condenó a Laura Borràs por corrupción

La Fiscalía no recurrirá la sentencia que condenó a cuatro años y medio de cárcel y 13 de inhabilitación a la presidenta de Junts, Laura Borràs, por adjudicar contratos a dedo a un amigo y instar a elaborar presupuestos falsos para encubrirlo durante su mandato al frente de la Institució de les Lletres Catalanes (ILC).

Este miércoles finaliza el plazo que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) dio a acusaciones y defensas para recurrir la sentencia, que también condenó a penas mínimas que salvan de prisión a los otros dos acusados tras su pacto con la Fiscalía. Salvo sorpresa de última hora, Borràs será la única parte que recurrirá ante el Tribunal Supremo.

En esencia, la sentencia dio la razón al relato acusatorio y a los delitos de falsedad documental y prevaricación reclamados por la Fiscalía. Los jueces tan solo impusieron a Borràs la pena mínima por el primer delito (4 años y medio de cárcel) frente a los seis años pedidos por las fiscales. 

El tribunal también propuso un indulto parcial a Borràs para que no ingresara en prisión al constatar que si bien fraccionó contratos para beneficiar a un amigo, no se llevó un euro al bolsillo y los trabajos se hicieron. La Fiscalía no puede recurrir la medida de gracia al ser potestad exclusiva del tribunal y solo podrá valorarla una vez empiece el trámite del indulto tras la sentencia del Supremo. 

En su sentencia, el TSJC concluyó que, eludiendo la exigencias de la contratación pública, Borràs adjudicó a su amigo Isaías H. los trabajos de elaboración y mantenimiento de la web de la ILC, que presidió entre 2013 y 2018, mediante contratos menores, pese a que ello exigía “fraccionar” los proyectos.

Para crear una “apariencia de respeto a los principios de pluralidad y libre concurrencia”, Borràs dio instrucciones a Isaías H. sobre la necesidad de que elaborara y aportara tres presupuestos por cada concepto, de forma que en los expedientes se incluían propuestas “comparsa” o “ficticias”, que fueron creadas “artificialmente” con el único fin de ocultar la “contratación prevaricadora”.

La sentencia, que contó con un voto particular que propone condenar a Borràs a como máximo 21 meses de prisión por falsedad documental al apreciar la tardanza en juzgar el caso, destacó que la pena de prisión impuesta, pese a ser la mínima legal, “resulta desproporcionada y excesiva” en relación a los hechos cometidos, por lo que propone su indulto parcial.

La JEC y el escaño de Borràs

En paralelo al recurso ante el Supremo, está previsto que este jueves la Junta Electoral Central (JEC) decida si, tal y como han pedido PP, Ciudadanos y Vox, retira ya el escaño a Borràs, ahora mismo suspendida como diputada y presidenta del Parlament.

Pese a su condena por corrupción, Borràs no dio intención alguna de dejar voluntariamente sus cargos orgánicos e institucionales. Para la líder de Junts, de hecho, el tribunal no la ha condenado por fraccionar contratos sino por independentista, una tesis que no compran ni el resto de partidos independentistas ni algunas voces dentro de Junts.

Es previsible que el Parlament acabe pronto con los ocho meses de presidencia suspendida. Si sigue los precedentes seguidos en los casos de Quim Torra y Pau Juvillà, la JEC retirará el escaño a Borràs este jueves pese a no estar condenada en firme. Luego los partidos tendrán que ponerse de acuerdo para votar una nueva presidenta o presidente del Parlament.