El Gobierno defiende a la vez la condena del Supremo y la amnistía del procés ante los jueces de Estrasburgo
El Gobierno mantiene los equilibrios ante el tribunal de Estrasburgo. El Ejecutivo ha comunicado a los jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que defender que en la causa de los líderes independentistas el Tribunal Supremo no vulneró los derechos fundamentales es “compatible” con haber aprobado la ley de amnistía. Así consta en el último escrito de alegaciones de la Abogacía del Estado, al que ha tenido acceso elDiario.es.
El escrito, presentado el pasado 15 de noviembre, supone la recta final de los trámites de las partes antes de que los jueces del TEDH puedan decidir si dan la razón a los independentistas y condenan a España por vulneraciones de derechos del Supremo en la causa del procés o si, por contra, rechazan sus demandas y respaldan la actuación del Alto Tribunal.
El proceso se ha visto demorado por la aprobación de la amnistía, un asunto que tras el verano ha desaparecido del foco en España pero que sobrevuela la causa en Estrasburgo. Al negarse el Supremo a aplicarla, ninguna de las partes ha podido alegar la amnistía como una forma de poner fin al pleito y archivar la causa. El convenio y la jurisprudencia del TEDH exigen que los demandantes puedan acreditar a lo largo de todo el procedimiento su condición de víctimas de vulneraciones de derechos.
La posición de España en el procedimiento de los independentistas ante el TEDH es compleja. El Gobierno, representado por la Abogacía del Estado, tiene que defender que la prisión preventiva o las condenas del Supremo no supusieron una vulneración de derechos de los líderes del procés y, a la vez, constatar que ha aprobado una amnistía para los encausados. En suma, presentar la amnistía no como una corrección al Alto Tribunal sino como una apuesta por la “normalización” de la situación política, tal y como se viene defendiendo desde el Ejecutivo.
El escrito definitivo del abogado del Estado Alfonso Brezmes llega después de que los jueces de Estrasburgo requirieran información adicional al Gobierno tras unas alegaciones incompletas. En ese primer escrito, del pasado mes de agosto, la Abogacía del Estado mencionó la aprobación de la amnistía, pero obvió el hecho de que el Supremo se negó a aplicarla a los soberanistas.
A raíz de esa omisión, los magistrados del TEDH requirieron, el pasado octubre, a la Abogacía del Estado para que expusiera las “consecuencias” de la ley de amnistía sobre los líderes independentistas que demandaron a España por la vulneración de derechos fundamentales que, a su juicio, realizó el Tribunal Supremo en la causa del procés.
“De acuerdo con la solicitud del tribunal —responde el abogado del Estado—, se informa que el Gobierno considera compatible la defensa del Reino de España de las decisiones adoptadas por la jurisdicción española [la investigación y juicio al procés del Supremo] con la adopción de la Ley de Amnistía”.
El resto del escrito reseña las resoluciones sobre la amnistía por parte del Tribunal Supremo en la causa del procés de los exconsellers y otras pendientes de recurso. Se cita el auto por el que el Alto Tribunal se negó a aplicar la norma a los líderes del procés al sostener que se lucraron personalmente con los gastos públicos del referéndum porque no los costearon de su bolsillo. También el voto particular de la magistrada Ana Ferrer, muy crítica con el resto de miembros de la Sala de lo Penal que preside Manuel Marchena.
La Abogacía del Estado añade la resolución por la que el Supremo planteó una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional, en una causa distinta a la de los líderes del procés, así como la providencia del Alto Tribunal en la que rechaza cancelar los antecedentes penales de Jordi Sànchez y el presidente del Parlament, Josep Rull, hasta que el tribunal de garantías no resuelva los recursos contra la norma.
La representación del Ejecutivo añade que, a diferencia del criterio del Supremo, el Gobierno sí considera constitucional la ley de amnistía al valorar que no vulnera el derecho constitucional a la igualdad ante la ley ni los principios de seguridad jurídica.
El TEDH admitió a trámite las demandas independentistas el año pasado y dio un plazo de alegaciones a España. Entre otras cuestiones, los jueces europeos preguntaron a España si el Supremo aplicó de forma “expansiva” el delito de sedición o si los líderes del procés fueron condenados por un “ejercicio legítimo” de sus derechos a la libertad de asociación y expresión, extremos que la Abogacía del Estado negó por completo en sus alegaciones. El escrito era un respaldo total a la actuación del Supremo.
De haberse aplicado la amnistía, las demandas de los dirigentes del procés hubieran tenido más opciones para archivarse, aunque el TEDH podría haber decidido igualmente estudiar las vulneraciones de derechos denunciadas durante la instrucción del caso, como la competencia del Supremo o la prisión preventiva. La negativa del Supremo a amnistiar a los líderes del procés, sin embargo, hace que el TEDH no pueda archivar la causa directamente y tenga que estudiarla a fondo.
0