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Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

El juez investiga desde qué año el Barça quiso pagar menos impuestos por las facturas de Negreira

Uno de los errores no forzados del F.C. Barcelona en el caso Negreira fue intentar pagar menos impuestos por los pagos al excolegiado. Hacienda pilló en 2019 al club cuando intentaba deducirse los impuestos de Sociedades y el IVA de las facturas giradas al Barça por las empresas del exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA).

El Barça no pudo justificar qué servicios había prestado José María Enríquez Negreira, por lo que tuvo que pagar todo lo que le tocaba. Cuatro años después, con el caso judicializado, el magistrado Joaquín Aguirre quiere conocer desde qué año el club empleó las facturas del excolegiado para abonar menos impuestos.

Así lo ha pedido el magistrado en una providencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, en la que el juez Aguirre apunta ahora a los impuestos que el Barça quiso dejar de pagar por los informes de Negreira que no han aparecido pero que el club defiende como labores de asesoramiento.

En concreto, el juez solicita a la delegación de Barcelona de la Agencia Tributaria que le indique “desde qué año el Barça ha presentado para desgravación del Impuesto de Sociedades facturas” a las dos sociedades de Enríquez Negreira, Nilsad y Dasnil, y a la que compartía con su hijo, también investigado en el caso, Socceram.

El juez Aguirre amplía de esta forma el abanico de pesquisas de una causa abierta a día de hoy por administración desleal, falsedad documental y corrupción entre particulares y que está pendiente de que la Audiencia de Barcelona avale o revoque la decisión del instructor de incluir el delito de cohecho (soborno) e imputar al actual presidente del club, Joan Laporta.

De la inspección de Hacienda (que el Barça no impugnó), se concluye que en el ejercicio 2014 el club pagó 1,2 millones a las empresas de Negreira, cantidad que ascendió a 1,6 millones en el periodo 2016-2018, año en que cesaron los pagos al abandonar el excolegiado la vicepresidencia del CTA. En conjunto, desde 2001 el club abonó 7,5 millones al exárbitro.

Hacienda empezó a investigar al Barça en julio de 2019. Fueron unas pesquisas sobre el pago del IVA y el Impuesto de Sociedades por parte del club en los dos años anteriores en relación a las facturas giradas por las dos empresas de Negreira.

El fisco requirió al club para justificara la naturaleza de los servicios prestados por Negreira así como la copia de los vídeos o informes confeccionados por el exarbitro, pero el Barça respondió que no los encontraba. En consecuencia, Hacienda descartó que el F.C. Barcelona pudiera deducirse el gasto en Impuesto de Sociedades e IVA al constatar que la entidad culé pagó a Negreira por servicios no justificados.

Ahora el juez Aguirre amplía el marco temporal de las deducciones fiscales del Barça mientras espera que la Guardia Civil le entregue el informe definitivo sobre el caso y la Audiencia de Barcelona resuelva recursos clave para el devenir del caso como el del delito de cohecho o la imputación de Laporta.

Por ahora, la Audiencia de Barcelona ha rechazado que el Consejo Superior de Deportes (CSD) se persone en el caso , al considerar que La Liga, la Federación Española de Fútbol (RFEF) y la Fiscalía ya le representan en la causa para salvaguardar el “juego limpio” en la competición.

Los magistrados coinciden así con el instructor y la Fiscalía, que se habían opuesto a la personación del CSD al considerar que este organismo no ostenta el carácter de víctima en el caso Negreira.

Según la Audiencia, en este caso se investigan los pagos del F-C. Barcelona al exvicepresiente el CTA, dependiente de la Federación Española de Fútbol (RFEF) para varios servicios de asesoramiento “con la finalidad última de que no se tomasen decisiones arbitrales en su contra”.

Partiendo de estas premisas, la Audiencia sostiene que en este caso podrían tener encaje un delito de corrupción en el deporte -recientemente el juez lo ha ampliado al cohecho pero el tribunal aún no se ha posicionado sobre los recursos en contra de esta decisión que han planteado las defensas-, o de administración desleal, por la “ilegítima extracción de los fondos del club para finalidades diversas a los objetivos de la entidad”.

Para la Audiencia, en este tipo de casos, además de los intereses económicos, también se debe proteger la vertiente de la “integridad deportiva y de respeto al juego limpio”.