La jueza ha absuelto al líder de Falange, Manuel Andrino, y al jefe de Alianza Nacional, Pedro Pablo Peña, de delito de odio por sus incendiarios discursos del 12 de octubre de 2013 en Barcelona en el acto que cada año celebra la extrema derecha. Andrino llamó a “matar por España” para evitar en procés y Peña avisó de que no habría independencia si no era “a base de mucha sangre”, amenazas que quedaron grabadas en vídeo, pero la jueza concluye que no hay pruebas suficientes para condenarlos. El fiscal pedía para ambos tres años de cárcel.
En una sentencia, la jueza incluye dentro de los hechos probados todos los discursos extremistas realizados por Andrino y Peña el 12-O del 2013 en el acto de la ultraderecha en Montjuic. Entre otras cosas, Andrino pidió a la Guardia Civil que acudiera a casa de la entonces presidenta del Parlament, Núria de Gispert, por una resolución independentista aprobada por el Parlament y que, además de detenerla, “debía de haberle obligado a que se comiera hoja por hoja esa declaración de independencia, para que con un poco de suerte se hubiera asfixiado”. “Que no lo duden, estamos dispuestos a morir, pero también a matar por España, faltaría más”, agregó Andrino, condenado también por el salto a la librería Blanquerna y que de momento ha esquivado el ingreso en prisión.
Según la jueza, “no se puede destruir la presunción de inocencia” de Andrino y Peña porque no se ha practicado “prueba suficiente”, pese a que los vídeos de sus intervenciones en el acto de la extrema derecha por las que les acusaba la Fiscalía formaban parte de las pruebas del caso. “Existen dudas razonables sobre la culpabilidad de los acusados”, concluye la magistrada Marta Navarro, por lo que aplica el principio de 'in dubio pro reo' –en caso de duda, a favor del acusado.
Además la jueza señala que la investigación del caso empezó con una prueba ilícita –un cartel falso del colectivo Ultra Sur y La España en Marcha que llamaba a cometer actos violento–, lo que, a su juicio, hace que el resto de pruebas como los vídeos de los acusados estén “contaminados”. Se trata, indica la magistrada, de la denominada 'teoría del árbol envenenado'. “Por lo tanto no cabría hablar ni de delito”, zanja la magistrada, que no cita ninguna sentencia del Supremo sobre la mencionada teoría sino su definición por parte de un profesor universitario.
La marcha de la ultraderecha de 2013 fue convocada por La España en Marcha, un intento de aglutinar los distintos grupos de la extrema derecha en un momento ante los primeros pasos del proceso soberanista. Los Mossos d’Esquadra permanecieron en alerta por los potenciales actos violentos del acto ultra y registraron a 126 personas que llegaron en autocares desde Madrid, una cuarta parte de los cuales tenían antecedentes violentos. En la marcha, destaca la sentencia, se profirieron varios cánticos contra los migrantes, anarquistas y contra el entonces president Artur Mas (“Artur Mas, cámara de gas”).