La Justicia absuelve a un mosso pese a admitir que se inventó una agresión para detener a un manifestante
Un mismo vídeo puede llevar a conclusiones dispares según quién lo mire. Así lo constata la sentencia de la Audiencia de Barcelona que ha absuelto del delito de detención ilegal a un mosso d’esquadra acusado de inventarse una agresión para detener a un joven. Donde la Fiscalía veía un arresto sin motivo y arbitrario, los magistrados aprecian un “posible roce” del manifestante en el casco del uniformado que justificó su detención, ya que el agente pudo pensar –equivocadamente– que el joven lo había golpeado.
La sección 2ª de la Audiencia de Barcelona, en una sentencia a la que ha tenido acceso elDiario.es, ha condenado solo por lesiones leves al agente, que redujo de forma contundente al joven durante un desalojo en Barcelona en 2019. La pena impuesta al mosso es únicamente una multa de 500 euros. La absolución del delito más grave por el que fue procesado –detención ilegal– permite al agente salvarse de la inhabilitación y la expulsión obligada del cuerpo de los Mossos d’Esquadra, tal y como pedían las acusaciones.
La Fiscalía y la acusación particular de la víctima, que ejerce el letrado Eduardo Cáliz, de Alerta Solidària, han recurrido la sentencia. El escrito de la fiscal mantiene que la valoración que realiza el tribunal es “absurda, ilógica, arbitraria o abiertamente contraria a la lógica y la experiencia”.
El tribunal fundamenta la absolución en su interpretación del vídeo y su traducción en el Código Penal. Los jueces observan un “posible roce” del joven en el casco del mosso que “dio lugar a la creencia” del uniformado de que el manifestante había perpetrado un delito de atentado contra los agentes de la autoridad.
“En ningún caso las imágenes permiten advertir ningún tipo de acometimiento, agresión o golpe intencionado” propinado por el manifestante hacia el acusado, se lee en la sentencia. Fue la “consideración errónea” del agente, según reconocen los magistrados, la que justificó su detención.
La “equívoca” creencia del uniformado basada en el “posible roce” hace que el tribunal descarte que el arresto fuera totalmente arbitrario, como mantenían las acusaciones. En consecuencia, los jueces absuelven al acusado del delito de detención ilegal. Los jueces consideran que el mosso incurrió en el delito que castiga los arrestos ilegales cuando “media causa por delito” (en este caso, el atentado contra los agentes de la autoridad), pero como el uniformado no estaba acusado por este tipo penal, no pueden condenarle.
La detención del joven, ahonda el tribunal, no fue el resultado de una “vía de hecho” del agente, sino de su error al pensar que el joven lo había agredido. Los magistrados “no pueden descartar” que el manifestante “hubiera podido llegar a tocar o rozar mínimamente” el casco del agente. En suma, la detención fue errónea porque “no se evidencia” que el manifestante “agrediera o acometiera” al agente. Pero no totalmente arbitraria, según los togados.
Los magistrados también interpretan el vídeo de forma favorable para el acusado, ya que sostienen que el hecho de que el agente se tocara el casco cuando una joven le reprochó la detención es una muestra de que el manifestante “pudo llegar a tocar” su casco. Durante el juicio, el agente alegó que “percibió” que el joven le propinó un codazo en el casco, algo que no se observa en la grabación que encabeza esta información y que los magistrados aseguran haber visionado “de forma reiterada y minuciosa”.
Recursos ante el TSJC
La grabación que acompaña a esta información resultó clave para que el mosso se terminara sentando en el banquillo, ya que hasta que no hubo vídeo el imputado había sido el manifestante. Se trata de un ejemplo paradigmático de las dificultades en que se encuentran los investigados en protestas sociales para desmentir la palabra de los agentes de la autoridad. Pese a no tener presunción de veracidad, el testimonio policial sustenta en no pocas ocasiones las investigaciones e incluso algunas sentencias.
Tanto la Fiscalía y la acusación particular del manifestante como la defensa del mosso, que ejerce el penalista José María Fuster-Fabra han recurrido la sentencia ante la Sala de Apelaciones de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Los primeros para lograr una condena por detención ilegal; el segundo para reclamar una absolución total.
En su recurso, la fiscal reitera que no existió un delito previo de atentado que justificara la detención y remarca que así lo reconoce la propia sentencia. Según razona la fiscal, el tribunal “supuso sin fundamento fáctico” que el acusado recibió “un supuesto golpe”. La sentencia, apostilla la fiscal, es “arbitraria por no ajustarse a las reglas de la lógica, los principios de la experiencia y los conocimientos científicos”.
“La valoración de la prueba que hace el tribunal es del todo irracional”, ahonda la defensa del manifestante, que considera que del vídeo se desprende “claramente” que el codo del joven no impactó en ningún momento en el casco del policía.
Por su lado, la defensa del mosso pide al TSJC anular la condena por lesiones ya que, aduce, el agente “percibió un golpe”, lo que le llevó a reducir al manifestante mediante un “método legal” como, a su juicio, es la reducción que empleó y que se observa en el vídeo. “La actuación policial fue justificada y proporcional y no hubo exceso en el uso de la fuerza, por lo que no puede caber ilícito penal alguno”, zanja Fuster-Fabra.
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