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La Justicia decide en menos de 48 horas si frena el aplazamiento de las elecciones catalanas

Reunión de partidos y entidades para debatir la fecha electoral.

Oriol Solé Altimira

18 de enero de 2021 22:09 h

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Era el primer día hábil para que el aplazamiento de las elecciones catalanas llegara a los tribunales y las expectativas se han cumplido. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha recibido los primeros recursos en contra del decreto del Govern por el que se suspendía la convocatoria electoral del 14 de febrero y se anunciaba la del 30 de mayo. Los magistrados deben decidir en menos de 48 horas si suspenden de forma cautelar el decreto del Ejecutivo autonómico y, en consecuencia, mantienen la fecha del 14F como la cita con las urnas de los catalanes. 

¿Qué ocurre si el TSJC da la razón a los partidos y suspende cautelarmente el decreto de aplazamiento? Las fuentes jurídicas consultadas coinciden en que se añadiría más incertidumbre si cabe al escenario electoral catalán. De acordar los jueces la medida cautelar, el decreto del pasado viernes del Govern dejaría de estar en vigor, por lo que volvería a tener vigencia el decreto del pasado 21 de diciembre que disolvía de forma automática el Parlament y fijaba el 14 de febrero como fecha de las elecciones. 

A partir de aquí, se tendrían que retomar los trámites que la suspensión electoral del viernes dejó sin completar. Por ejemplo, el sorteo de las mesas electorales, que se tenía que haber celebrado este pasado sábado. Las fuentes consultadas recalcan lo inédito de la eventual decisión judicial de mantener los comicios el 14F: si ya nunca antes de la pandemia se habían tenido que aplazar unas elecciones en España, en los precedentes vasco y gallego ninguna formación recurrió el aplazamiento de las elecciones de abril a julio. Una tercera fuente no descarta la posibilidad de que el TSJC termine enviando el asunto al Tribunal Constitucional. Pero los magistrados podrían también zanjar rápido el asunto y concluir que los partidos no están suficientemente legitimados para recurrir, con lo que se mantendría el plan previsto del Govern para votar el 30 de mayo.

Los juristas que asesoran a la Generalitat ya habían previsto la posibilidad de que se tuvieran que aplazar las elecciones debido a la pandemia. En su dictamen del pasado mes de septiembre, la Comisión Jurídica Asesora ya avaló la posibilidad de suspensión en caso de que las medidas adoptadas para contener la pandemia de coronavirus se demostraran insuficientes para “garantizar el pleno ejercicio del derecho de voto” del electorado. Eso sí, los juristas que aconsejan al Govern precisaron que la suspensión de las elecciones debía producirse “con la adecuada motivación y con la afectación mínima imprescindible de la periodicidad de las elecciones o del deber de celebrarlas”.

Éste es precisamente el punto débil que los partidos que han recurrido el aplazamiento electoral ven al decreto del Govern. Más allá de las críticas hacia los partidos independentistas por suspender las elecciones y a la oposición por no sumarse a la vía judicial, las formaciones recurrentes, todas ellas extraparlamentarias, alegan que el Govern no justificó de forma suficiente las causas del aplazamiento de los comicios. En consecuencia, a criterio de estos partidos, el decreto por el que se suspendieron las elecciones el pasado viernes es nulo. 

El decreto del Govern del pasado viernes no contiene ninguna previsión sanitaria concreta, sino que se limita a repasar las restricciones en vigor y a concluir que las “circunstancias epidemiológicas y de salud pública comportan que las medidas para el desarrollo de los comicios previstas sean insuficientes”, lo que, añade la disposición, “puede alterar la decisión concreta de ir a votar o no”. Con todo, las estimaciones que el Ejecutivo ha compartido con los partidos sitúan el pico de ocupación sanitaria de la tercera ola precisamente el domingo 14 de febrero. 

Las primeras peticiones de medidas cautelarísimas que tendrá que resolver el TSJC –tiene de plazo hasta el miércoles, aunque previsiblemente ya se pronunciará este martes tras reunirse los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo– son de un particular y del partido Izquierda en Positivo. En el escrito de la formación, al que ha tenido acceso elDiario.es, se solicita suspender el aplazamiento electoral “manteniendo la convocatoria del 14 de febrero de 2021”. El recurso del particular va en el mismo sentido.

“Las razones de índole sanitaria no se encuentran legalmente previstas como causa de suspensión o de aplazamiento de unas elecciones”, reza el escrito de Izquierda en Positivo, que alega que corresponde al Govern “adoptar todas las medidas sanitarias precisas para que los electores catalanes acudan a votar con todas las garantías”.

En caso de que aceptase la suspensión del decreto solicitada por el particular e Izquierda en Positivo, el TSJC daría audiencia a la Generalitat para que en el plazo de tres días presentase sus alegaciones, o bien convocaría a las partes a una comparecencia para decidir si se ratifica la medida cautelarísima al resolver el fondo de los recursos.

Los dos recursos no son los únicos que estarán sobre la mesa del TSJC, aunque su rápida resolución sí marcará la línea del resto. Las asociaciones Federalistes d'Esquerres e Impulso Ciudadano también han anunciado que a lo largo de la semana –el decreto del Govern se puede recurrir durante los próximos diez días– llevarán ante el TSJC el aplazamiento y solicitarán de forma cautelar mantener el 14F. No consta de medidas cautelares el recurso del partido catalanista no independentista Lliga Democràtica, por lo que su resolución por parte del TSJC puede alargarse unos 15 días.

En el recurso de Federalistes d'Esquerres, a la falta de concreción del Govern para justificar el aplazamiento se sumará el hecho de que, a criterio de la asociación, el vicepresident Pere Aragonès, quien firma el decreto del viernes, no es el competente para decidir sobre la convocatoria electoral –ya sea su fijación o su suspensión– al tratarse de una prerrogativa reservada en exclusiva al president de la Generalitat. Otro motivo más para el galimatías jurídico en que se ha convertido el aplazamiento electoral y que el TSJC empezará a resolver este martes.

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