La Justicia suspende el aplazamiento de las elecciones catalanas y las mantiene por ahora para el 14 de febrero
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha suspendido el decreto del Govern del pasado viernes por el que se suspendían las elecciones al Parlament del 14 de febrero y se anunciaba su convocatoria para el próximo 30 de mayo. La decisión de los jueces se produce como medida cautelar, por lo que no es definitiva, en respuesta a los recursos presentados por un particular y partidos extraparlamentarios.
En la práctica, la decisión del TSJC implica que vuelve a a tener vigencia el decreto del pasado 21 de diciembre que disolvía de forma automática el Parlament y fijaba el 14 de febrero como fecha de las elecciones. Con todo, los jueces recalcan que la suspensión del decreto que aplazaba las elecciones es “instrumental” mientras se tramitan los recursos, y no anticipan si mantendrán la vuelta a las urnas al 14F o, una vez analizado a fondo el caso, permitirán el aplazamiento electoral.
Este mismo martes al mediodía, tras recibir el auto del TSJC, la Junta Electoral Central (JEC) y la Generalitat han retomado los trámites para votar el 14F a la espera de la decisión definitiva de los magistrados. La JEC ha trasladado a las juntas electorales de zona la decisión para seguir con los preparativos, y el Govern ha instado a los ayuntamientos a celebrar el sorteo de las mesas electorales, inicialmente previsto para el pasado sábado. “Lo tenemos todo a punto”, ha afirmado el conseller de Exteriores y Relaciones Institucionales, Bernat Solé, encargado de organizar los comicios. Más críticos con el TSJC se han mostrado los partidos independentistas, que han tildado de “inadmisible” la decisión judicial pese a que no es definitiva.
La próxima decisión judicial sobre los comicios se tomará a finales de esta semana. Los jueces han emplazado a la Generalitat y la Fiscalía para que antes del jueves a las 10h. presenten sus alegaciones a favor o en contra de mantener en suspenso el decreto del Govern que aplazaba las elecciones. Será entonces, una vez escuchadas a las partes, cuando la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC vuelva a pronunciarse sobre el aplazamiento electoral, en una resolución que tampoco será la definitiva pero sí podría anticipar la dirección que terminarán tomando los jueces.
Entienden los jueces que de no suspender el decreto del Govern mientras se resuelven los recursos se generaría “una situación prácticamente irreversible” para los partidos y el particular que quieren votar el 14 de febrero. Su recurso, agregan los togados, “perdería su finalidad”, pues de no reactivar el 14F no podrían realizarse los trámites necesarios para votar que se dejaron de realizar tras la suspensión de las elecciones el pasado viernes.
Los magistrados sí avanzan que quieren resolver los recursos “con la mayor agilidad”. Los jueces tendrán que ponderar los derechos en liza y decidir si la protección del derecho a la vida y a la salud justifica la restricción del derecho fundamental a la participación política mediante el aplazamiento de unas elecciones ya convocadas. El único apunte sobre este debate que realizan los magistrados en su auto de este martes es que la convocatoria del 14F se produjo bajo el mismo marco de estado de alarma que su suspensión.
Dos formaciones extraparlamentarias, Izquierda en Positivo y la Lliga Democràtica, la asociación Impulso Ciudadano y el abogado Josep Asensio recurrieron ante el TSJC el aplazamiento electoral. Los primeros recursos que han atendido los magistrados son el de Asensio y el de Izquierda en Positivo, pues fueron los más rápidos en registrar sus respectivos escritos en los que pedían la suspensión del decreto del Govern como medida cautelarísima.
Entienden los partidos recurrentes que el Govern no justificó de forma suficiente las causas del aplazamiento de los comicios. El decreto del Govern del pasado viernes, ahora suspendido, no contenía ninguna previsión sanitaria concreta, sino que se limitaba a repasar las restricciones en vigor y a concluir que las “circunstancias epidemiológicas y de salud pública comportan que las medidas para el desarrollo de los comicios previstas sean insuficientes”, lo que, añadía la disposición, “puede alterar la decisión concreta de ir a votar o no”. Con todo, las estimaciones que el Ejecutivo compartió con los partidos sitúan el pico de ocupación sanitaria de la tercera ola precisamente el domingo 14 de febrero.
A la falta de concreción del Govern para justificar el aplazamiento se suma el hecho de que, según los recurrentes, el vicepresident Pere Aragonès, quien firmó el decreto del viernes, no es el competente para decidir sobre la convocatoria electoral –ya sea su fijación o su suspensión– al tratarse de una prerrogativa reservada en exclusiva al president de la Generalitat.
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