El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha suspendido de forma cautear la orden del Govern de cierre de cines, gimnasios e instalaciones de clubes deportivos y ha autorizado su reapertura siempre que cumplan con las medidas de seguridad que estaban en vigor antes de la resolución de la Generalitat del pasado viernes 17 de julio de medidas para intentar contener la pandemia. En sendos autos, los magistrados aceptan las medidas cautelares del gremio de cines y las entidades deportivas, que habían recurrido a los tribunales las restricciones del Govern.
Por contra, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC mantiene en vigor la orden de cierre de las discotecas y establecimientos de ocio nocturno pese al recurso de la patronal del sector, así como la obligación de bares y restaurantes de cerrar a medianoche.
Asimismo, los magistrados han rechazado el recurso de Dolça Revolució, la asociación del curandero Josep Pàmies, contra la obligación de llevar mascarilla. Se mantiene pues la medida, que la Generalitat adoptó el 8 de julio y que después también han tomado el resto de comunidades.
Concluyen los togados que ni la asociación de Pàmies ni las otras dos entidades que llevaron a los tribunales la orden de las mascarillas, la asociación de consumidores y usuarios en defensa de la medicina tradicional universal y la asociación de promoción de la convivencia Scabelum, están legitimadas legalmente para recurrir la medida. Por ello les condenan a pagar 3.000 euros en costas.
En el caso de cines, gimnasios y clubes deportivos, el TSJC coincide en que el cierre de establecimientos ordenado del Govern no es “proporcionado” ni está suficientemente justificado, tal y como argumentaban los tres sectores afectados por la restricción.
Los magistrados reprochan a la Agencia Salud Pública de Catalunya que en su informe recomendara “medidas inmediatas” para contener la pandemia en especial en lugares cerrados “independientemente de la actividad que se desarrolle en ellos”. Para el TSJC esta conclusión es “genérica” y “admite una pluralidad de soluciones” que, si se ponderan los intereses sanitarios y económicos en conflicto, no debe llevar obligatoriamente al cierre de los establecimientos.
Remarcan los magistrados que las salas de cine y los locales deportivos ya disponían, antes de la orden de cierre, de unos planes específicos de prevención y contención de la pandemia, que incluían restricciones de aforo, registro de asistentes y toma de temperatura, entre otra medidas. Los establecimientos deberán cumplir todas estas condiciones sanitarias, como ya hacían desde la desescalada, para poder reabrir.
De esta forma, podrán reabrir cines, gimnasios y centros deportivos de Barcelona, Viladecans, el Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellà, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, l’Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs y Badalona.
La decisión judicial llega, con todo, cuando solo faltan dos días para la orden de cierre deje de estar en vigor. El Govern ya había abierto la puerta esta semana a relajar las restricciones relacionadas con actividades deportivas y culturales al aire libre, aunque había evitado precisar si levantaría los cierres de cines y teatros.
En lo que se había mostrado inflexible el Govern es en el cierre de discotecas y locales de ocio nocturno. La Justicia ha dado en este caso un respiro al Ejecutivo catalán y ha mantenido, por lo menos hasta el viernes, la clausura de establecimientos de ocio nocturno y la obligación de cerrar a medianoche para bares y restaurantes.
Entienden los magistrados que no se dan las razones de “especial urgencia” que habían aducido las patronales del sector para exigir su reapertura sin pedir la opinión del Govern. Eso sí, el TSJC emplaza a la Generalitat para que el viernes antes de las 10h. formule alegaciones en contra de la vuelta a la actividad de las discotecas y bares musicales, tras lo que tomará una nueva decisión.