Persisten los indicios de malos tratos en los centros penitenciarios de Catalunya
El equipo de trabajo del Mecanisme Català de Prevenció de la Tortura (MCPT) ha presentado este jueves el informe anual y concluye que persisten los indicios de maltrato físico y psicológico en los centros penitenciarios. El síndic Rafael Ribó, encargado de presentar el informe y al frente del equipo de trabajo, explicó que se ha llegado a esta conclusión tras mantener entrevistas con internos y funcionarios.
El MCPT asegura que no se puede hablar de forma generalizada de abusos y malos tratos pero si que ha confirmado en la presentación del informe en el Parlament de Catalunya este viernes, que se han descrito varios episodios de maltrato.
Esta es una de las conclusiones que han extraído los observadores después de realizar 45 visitas durante el 2015 en centros diferentes, tales como comisarías, centros penitenciarios, geriátricos o centros residenciales o de salud mental.
Algunas observaciones particulares que se describen en el informe son, por ejemplo, la falta de cámaras en algunos espacios de detención de adultos en la comisaría de la Ciudad de la Justicia de Barcelona. En esta misma comisaría el Síndic también constata que chicos y chicas tutelados que se han fugado de los centros de protección continúan compartiendo espacio de reclusión con los niños y adolescentes que sí han delinquido.
El grupo de trabajo también denuncia que un año más las policías locales continúen haciendo funciones de policía judicial custodiando personas detenidas en dependencias que no cumplen los requisitos de protección y seguridad.
Más formación en el ámbito médico
Ribó ha asegurado en la presentación del informe que es necesario que se amplíe la formación, especialmente en el ámbito médico, para atender las posibles vulneraciones de derechos humanos.
El MCPT a través de este trabajo concluye que en Catalunya hay un desconocimiento por parte de los profesionales y de las instituciones del Protocolo de Estambul -un documento elaborado por el alto comisionado de las Naciones Unidas que regula cómo deberían ser las actuaciones de prevención de la tortura desde la perspectiva de la medicina- que tiene, por tanto, consecuencias negativas para la capacidad de investigar y documentar en rigor las denuncias de torturas y malos tratos.
“No forma parte de los currículos universitarios, es citado pero no es aplicado, hay un desconocimiento de este protocolo”, ha reivindicado Ribó.
Este desconocimiento hace que los reconocimientos médicos de personas privadas de libertad a menudo se hagan en presencia de la policía u otros funcionarios de custodia, según el informe. “En el caso de centros de atención de urgencias y áreas de custodia esta práctica es sistemática”, señala el documento. Y esto, según las directrices internacionales no está permitido, ya que todo reconocimiento médico debe hacerse en privado.
Por otro lado el desconocimiento del Protocolo de Estambul por parte del personal médico comporta que los informes médicos y comunicados de lesiones sean incompletos en la descripción de los hechos. Además, el documento alerta de que no siempre se hace juicio sobre el grado de coherencia entre las alegaciones y el examen médico realizado.
Por último, el Mecanisme Català de Prevenció de la Tortura alerta de que el protocolo médico-forense de asistencia a la persona detenida del Institut de Medicina Legal de Catalunya no se adecua a los estándares mínimos que piden los organismos internacionales y tampoco al Protocolo de Estambul.
Otras observaciones
A través del informe el Mecanisme Català de Prevenció de la Tortura también avisa de que la policía no siempre facilita la información mínima de los motivos de detención a las personas detenidas. “El MCPT alerta de la interpretación restrictiva que hacen los cuerpos policiales de la Directiva europea sobre los derechos de las personas detenidas y recomienda que hagan una lectura ajustada”, señala en este sentido.
El Mecanisme dice también que es necesario que la normativa deje claros cuáles son los ámbitos de competencia entre Mossos d'Esquadra y policías locales para que estos últimos se limiten a tener un papel auxiliar.
En cuanto a los ingresos a centros geriátricos de personas mayores el MCPT ha encontrado que se consideran ingresos “voluntarios” aquellos que efectúan los familiares o incluso amigos, en contra de lo que establece el Código civil de Catalunya, que requiere una autorización judicial previa si la situación de la persona no le permite decidir por sí misma. El Decreto de regulación del Sistema Català de Serveis Socials es el que permite efectuar un ingreso a través de un representante legal, y ello según MCPT va en contra del Código civil que requiere esta autorización judicial. Esto provoca que se puedan dar malos tratos fruto de este ingreso que puede formular un familiar o amigo de esta persona sin necesidad de ninguna otra autorización.