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La Abogacía del Estado reclama imputar a votantes del 1-O por formar una “masa tumultuaria” contra la Policía

Fragmento del escrito del abogado del Estado

Oriol Solé Altimira

La Abogacía del Estado insiste en reclamar la imputación de votantes heridos que denunciaron la intervención policial del 1-O en Barcelona, a los que acusa de formar una “masa tumultuaria” contra la Policía. En un recurso de hondo calado político, la Abogacía censura el rechazo del juez a investigar a los votantes al considerar su actitud “meramente pasiva” así como la valoración del instructor de que fueron “víctimas directas de la situación de confrontación generada por los poderes públicos”.

A la Audiencia de Barcelona se le acumulan los recursos de la causa sobre la intervención policial del 1-O. Si los heridos y el Ayuntamiento de Barcelona han impugnado el archivo de la investigación en una quincena de centros, las defensas de los agentes, que ejercen sindicatos policiales y la Abogacía del Estado, insisten en reclamar que se impute a los votantes por un amplio abanico de delitos, que van desde la desobediencia y resistencia a la autoridad al atentado o a los desórdenes públicos con amenaza de violencia.

En su recurso ante la Audiencia Provincial, al que ha tenido acceso este diario, el abogado del Estado Severo Bueno de Sitjar de Togores se adhiere en su totalidad al recurso interpuesto por el Sindicato Profesional de Policía, que reclama imputar a 36 votantes heridos en cuatro colegios que denunciaron o se querellaron contra la Policía, además de identificar a otros concentrados que aparecen en los vídeos obrantes en la causa y su posible papel de “organizadores de la resistencia” y su relación con los CDR.

El punto de partida del abogado del Estado es que todos los ciudadanos sabían que el 1-O estaba prohibido, por lo que actuaron a sabiendas para impedir la orden que tenían los agentes de incautarse de urnas y papeletas. “Cuando un ciudadano observa que la policía quiere entrar en un lugar en el ejercicio de sus funciones, sabe que su obligación jurídica es dejar libre el paso sin plantearse otras cuestiones. Impedir el paso es antijurídico”, argumenta Bueno de Sitjar de Togores.

A partir de ahí, sostiene, “existen muchísimas otras circunstancias que acreditan que la masa tumultuaria, sabedora que la policía tenía orden de retirar las urnas, quería precisamente impedirlo”. Por ejemplo, que “la masa se agolpara en la puerta” del colegio Prosperitat cuando llegaron los agentes. “La masa cantaba voz en grito 'votarem, votarem', lo que revela ese conocimiento de que la policía trataba de impedir una votación ilegal y que ellos querían impedir que lo impidiese. En ninguna elección ordinaria la gente va a votar gritando 'votarem, votarem'”, abunda.

El abogado del Estado también argumenta que los agentes hicieron un “requerimiento general mediante megafonía” al llegar al centro y que se requirió “verbal e individualmente a los congregados inmediatamente próximos” para que permitieran el paso. Asimismo, el avance de los policías hacia la puerta del centro en formación es para el abogado del Estado un “requerimiento tácito”.

El letrado añade como motivo incriminatorio las declaraciones testificales de los votantes como denunciantes, que aseguraron que estaban en el centro para “defender su derecho al voto”, lo que, según Bueno de Sitjar de Togores, “ya implica saber que estaba prohibido”.

Por su lado, el Sindicato Profesional de Policía reclama la imputación de los votantes porque “el amparo en la masa”, argumenta, “no excluye la responsabilidad penal de los que allí se opusieron con fuerza o con su propio cuerpo a la autoridad policial”. Además señala “el desprecio y la falta de respeto de la población congregada en los puntos de votación a la Policía Nacional y la negativa contumaz a dejarles libre el paso para cumplir con el mandato judicial”.

Los votantes no son “víctimas”

Además de solicitar la imputación de los votantes, el recurso del abogado del Estado se centra en censurar las consideraciones del juez instructor que rechazó investigar a los concentrados. El juez Francisco Miralles situó a los votantes que Abogacía y sindicato policial quieren imputar como “víctimas directas de la situación de confrontación generada por los propios poderes públicos”, que “trasladaron a la calle” los conflictos “que debían resolverse en las instituciones estatales y autonómicas”.

Imputar a los ciudadanos que trataron de impedir con su propio cuerpo la actuación policial, abundó el instructor, supondría “trasladarles la responsabilidad del fracaso de las instituciones”. Cabe recordar que el juez sí ha imputado a un votante por lanzar una valla a los agentes. Se trata de Roger Español, que a su vez perdió la visión de un ojo por el disparo de una bala de goma de la Policía.

El abogado del Estado niega la mayor y recuerda que la “masa tumultuaria” en los colegios actuó “invitada por los poderes públicos autonómicos”, lo que además de acarrear “efectos penales” en los dirigentes políticos “no elimina la responsabilidad penal de los que participaron en el tumulto”. “Y por supuesto, no disminuye la gravedad de sus conductas”, apostilla. De hecho, entre los documentos con los que el letrado fundamenta su escrito figura el auto de procesamiento de los líderes independentistas en la causa del procés, en el que el juez Llarena concluyó que los Jordis “impulsaron que los catalanes acudieran a los centros de votación el 1-O e impidieran el cometido de las fuerzas policiales”.

Por todo ello, el abogado del Estado concluye que la “responsabilidad” de las lesiones sufridas por los votantes “sería enteramente imputable” a los responsables políticos de la Generalitat y no a los agentes porque “sabiendo que la votación estaba prohibida, les habrían engañado para hacerles creer que era su derecho impedir la actuación policial”.

Ayuntamiento y Fiscalía se oponen

La Fiscalía, los abogados de los votantes denunciantes a los que se reclama la imputación y el Ayuntamiento de Barcelona, que ejerce la acusación popular, rechazan la solicitud del sindicato policial y la Abogacía del Estado. “La genérica solicitud de imputación de denunciantes por hallarse presentes en el lugar no permite inferir la existencia de indicio alguno de su participación en un delito de resistencia o desobediencia a la autoridad”, zanja el fiscal en referencia a los votantes del colegio Prosperitat.

A criterio del consistorio, sindicato y Abogacía realizan “una suerte de impugnación colectiva y en términos genéricos de la ciudadanía” concentrada en los centros. Remarca además que la imputación se solicita solo contra votantes que denunciaron “extralimitaciones” de la Policía y recuerda que de las imágenes de lo sucedido en las escuelas “no se aprecia ningún acometimiento” contra los agentes sino tan solo “una actitud pasiva”, tal y como había concluido el instructor.

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