En derecho importa tanto el fondo como la forma, tal y como ha demostrado este miércoles la justicia belga. A petición de la Fiscalía de Bruselas, el tribunal encargado de dirimir la extradición de los exconsellers Toni Comín, Meritxell Serret y Lluís Puig ha rechazado la petición del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena por un defecto formal. La defensa de los dirigentes catalanes confía en que la decisión belga tendrá “un impacto y un efecto dominó” en el resto de tribunales que estudian las euroórdenes enviadas por Llarena.
“No es una ocurrencia del juez belga, es la directiva marco”, ha recalcado el abogado de Comín y Serret y coordinador de la estrategia jurídica internacional del Govern cesado, Gonzalo Boye, en declaraciones a Catalunya Ràdio. La normativa europea en materia de extradición obliga a que una petición de extradición sea la traslación de una orden de detención nacional. Llarena no dictó una nueva orden para arrestar en España a los exconsellers cuando solicitó su extradición, sino que se basó en la prisión decretada en noviembre por la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, que contenía más hechos y distintos delitos que la euroorden.
La Fiscalía belga dio la oportunidad de rectificar a Llarena y le alertó del defecto formal. En su respuesta, el magistrado recalcó que la euroorden se basaba en el auto de procesamiento de los exconsellers del 21 de marzo –algo que no permite la normativa–, en la orden de prisión de la Audiencia Nacional y en una “mera repetición”, en palabras de la Fiscalía, del auto de procesamiento enviada dos días después. Estas tres versiones han llevado a la Fiscalía a concluir que “no existe” una orden de detención nacional que se corresponda plenamente con la euroorden.
Curiosamente, la acusación popular que ejerce el partido ultraderechista Vox había pedido en diciembre al magistrado que dictara una nueva orden de detención nacional contra los exconsellers tras retirar la primera euroorden de la Audiencia Nacional. Llarena contestó lo mismo que en abril a la Fiscalía belga, esto es, que ya había una orden de detención vigente en España: la que emitió la jueza Lamela.
El precedente europeo que sentó jurisprudencia y ha fundamentado el rechazo de la euroorden es el caso del camionero Niculaie Aurel Bob-Dogi. Este ciudadano rumano atropelló a un motorista en Hungría. La justicia húngara emitió una euroorden a Rumanía para juzgarle, pero no una orden de detención nacional. El Tribunal de Justicia de la UE dio la razón a los tribunales rumanos, que se negaron a entregar a Bob–Dogi porque la extradición no se basaba en una orden de detención en Hungría.
El error formal advertido por la Fiscalía belga en la euroorden se repite en las peticiones de extradición cursadas a Alemania, donde permanece Carles Puigdemont, y Escocia, país en el que se encuentra Clara Ponsatí, según ha declarado el abogado Jaume Alonso–Cuevillas. En el requerimiento de información adicional planteado a España, la Fiscalía alemana no preguntaba por el defecto en la euroorden, aunque la causa del expresident en Alemania no está tan avanzada procesalmente como la belga. En cualquier caso, las defensas están convencidas de que tumbarán las euroórdenes tanto por cuestiones de forma como de fondo.
Las alternativas de Llarena
El Supremo no puede recurrir la decisión de la Chambre du Conseil belga. Los encargados de impugnar la decisión serían la Fiscalía belga o la defensa de los exconsellers, algo que no ocurrirá porque ambas partes han coincidido en rechazar la euroorden. Para lograr la entrega de los exconsellers Llarena se vería obligado a emitir una nueva orden de detención nacional y la que sería la tercera euroorden, después de la que él mismo cursó el mes de marzo tras retirar la enviada por la Audiencia Nacional en diciembre.
Por ahora no ha trascendido cuáles son los planes del juez instructor, que todavía no ha recibido la resolución de la Justicia belga. Fuentes del Supremo han mostrado este miércoles su enfado con la decisión y acusan a Bélgica de “falta de compromiso” con la colaboración judicial requerida. No avanzan, eso sí, los movimientos del Supremo y apuntan a que primero hay que estudiar el texto de los jueces belgas.
¿Comín, sin voto delegado?
Comín, Puig y Serret son ahora dos hombres y una mujer libres. La medida cautelar que les prohibía salir de Bélgica decae, lo que podría tener una consecuencia en la política catalana. Ciudadanos ya ha anunciado que reclamará que Comín no pueda ejercer más el voto delegado en el Parlament, habida cuenta de que ya no tiene impedimentos para salir de Bélgica (aunque sería detenido en España). Los otros dos exconsellers renunciaron hace meses a su acta de diputado.
El resultado de la segunda votación de investidura muestra la importancia del voto delegado: gracias a las abstenciones de la CUP, JxCat y ERC sumaron un voto más (66) que el resto de la oposición (65), lo que permitió investir a Quim Torra. Si Comín retuviera el escaño pero se quedara sin el voto delegado, a JxCat y ERC no les valdría con nuevas abstenciones de la CUP para sacar adelante los proyectos de legislatura. En caso de empate a 65 escaños, las votaciones se decantarían del lado de la oposición al ser Ciudadanos el grupo con más diputados.
También en el plano político, el president investido, Quim Torra, ha anunciado que ofrecerá nombrar de nuevo a todos los consellers cesados por el 155. Comín es el único conseller de ERC que por el momento no ha decidido si repetirá. El partido confía en que siga la negativa del resto de exconsellers. Aunque los partidos acuerden los nombres, la potestad de nombrar consellers recae en exclusiva sobre el president. Torra comunicará su Govern antes del viernes.