Los cinco presos de ERC y Junts per Catalunya que obtuvieron un escaño en las pasadas elecciones generales del 28 de abril han pedido este miércoles al Tribunal Supremo que solicite autorización a las Cortes para poder continuar la causa penal que se sigue contra ellos, lo que llevaría a suspender el juicio. Además, han reclamado quedar en libertad provisional para poder “ejercer con plenitud” como senadores y diputados del Congreso.
Oriol Junqueras y Raül Romeva (ERC) y Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull (JxCat) han presentado sendos escritos ante el tribunal que les juzga, presidido por Manuel Marchena, en los que no solo piden asistir a la sesión de constitución del Congreso del próximo 21 de mayo, sino que solicitan dejar sin efecto la prisión provisional para poder “desarrollar en lo sucesivo las funciones inherentes” a sus nuevos cargos.
En sus escritos, los letrados Jordi Pina y Andreu Van den Eynde muestran el camino que, a su juicio, el Supremo debería seguir para que sus clientes puedan ejercer sus nuevos cargos. Lo más relevante es que, tras tres meses de vista oral y cuando ya se vislumbra su recta final, las defensas contemplan el escenario de que el juicio del procés deba suspenderse.
Y es que las defensas solicitan al tribunal que pida autorización al Congreso para continuar con la causa penal contra los ahora diputados electos, tal y como establecen la Constitución, la ley de Enjuiciamiento Criminal y el Reglamento de la Cámara. Al gozar ya de inmunidad como diputados electos, entienden las defensas que el Supremo debe pedir un suplicatorio al Congreso y al Senado por el que las Cortes autoricen a continuar con el proceso penal.
Mientras dure el trámite del suplicatorio –que se podría alargar más de un mes– “no hay lugar a dudas sobre la procedencia de la suspensión de los procedimientos en curso”, apunta Pina. En otras palabras: el juicio se suspende mientras el Congreso tramita el suplicatorio de Sànchez, Rull, Turull y Junqueras y el Senado el de Romeva.
Antes de este paso, sería necesario que Marchena accediera a la petición de las defensas y envíe un suplicatorio al Congreso. Ahora el tribunal tiene que conjugar la petición de las defensas con el hecho de que Sànchez, Rull, Turull, Junqueras y Romeva se encuentran suspendidos para ejercer cargos públicos al estar procesados por rebelión y en prisión provisional.
En este sentido, el propio Pina admite que la literalidad del artículo 71.2 de la Constitución vincula el suplicatorio al hecho de que un diputado pueda resultar “inculpado” o “procesado” (y los diputados ya lo están), pero pide al tribunal no hacer una interpretación “restrictiva” del mismo porque la inmunidad parlamentaria también es aplicable a los diputados electos acusados en un juicio, como en este caso.
Los escritos vuelven a poner sobre el tribunal el aviso de la Justicia europea. Así, Van den Eynde recuerda varias sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que “protegen la libertad en el seno del Parlamento” e instan a “mantener la separación de los poderes legislativo y judicial, así como también a la protección de una democracia política efectiva, que es una de las piedras angulares del sistema de la Convención Europea, especialmente cuando tienden a proteger la autonomía parlamentaria”.
El trámite del suplicatorio es la autorización que solicita cualquier tribunal al Congreso o al Senado para poder investigar a cualquier diputado. Una vez los envía el juez, los suplicatorios tienen que pasar el filtro de las Mesas de las Cámaras que los califican y, en un plazo de cinco días, deben enviarlos a la Comisión del Estatuto del Diputado -en el caso del Congreso-, o a la de Suplicatorios -en el caso del Senado-, para que elaboren un dictamen. Para ello tienen como máximo treinta días durante los cuales el parlamentario afectado puede presentar sus alegaciones por escrito u oralmente. O renunciar a hacerlo.
Todo este trabajo se realiza a puerta cerrada, sin la presencia de la prensa. Finalizado este trámite, el dictamen es elevado al primer pleno que se convoque para su votación (también a puerta cerrada). Lo único que las Cámaras posteriormente hacen público es el resultado final, si el suplicatorio ha sido aprobado o rechazado y por cuántos votos a favor, en contra y las abstenciones. No hay más transparencia.
Mientras dura todo el trámite, las defensas de los presos soberanistas entienden que el juicio del procés debería suspenderse. Así lo prevé, remarcan, el artículo 753 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, que dispone que “se suspenderán los procedimientos” desde el día en que el juez envíe el suplicatorio a las Cortes.