La Fiscalía mantiene su oposición a cualquier medida que flexibilice la estancia en prisión de los presos del procés. También a un permiso para salir de la cárcel durante 72 horas. El Ministerio Público ha pedido a la Audiencia de Barcelona revocar el permiso que la jueza de vigilancia penitenciaria concedió, en contra del criterio de los fiscales, al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. Insisten los fiscales en la falta de arrepentimiento de Cuixart y argumentan que no se daría un permiso a un homicida, un violador o a otro condenado por delitos graves que dijera, como el presidente de Òmnium, “lo volvería a hacer”.
En un duro recurso, además de insistir en que Cuixart debe realizar un programa de tratamiento específico sobre la sedición, los fiscales arremeten contra la jueza por avalar el permiso. La jueza afeó a los fiscales que equipararan la pena de nueve años de prisión por sedición impuesta a Cuixart con las penas por delitos graves como homicidio, agresiones sexuales o tráfico de drogas. El Ministerio Público replica que no efectuó esa comparación por considerar la sedición como un delito “violento o degradante” sino porque todos estos delitos están definidos como graves en el Código Penal y están castigados con penas altas.
La justificación de los fiscales va seguida de una nueva argumentación para oponerse al permiso de 72 horas de Cuixart vinculada a la gravedad de los delitos más graves del Código Penal y del lema popularizado por el presidente de Òmnium, “lo volvería a hacer”: “Es evidente que en ningún caso se concedería un permiso a un interno que en relación al delito cometido manifestase que 'lo volvería hacer' en las mismas condiciones y por las mismas vías, máxime teniendo en cuenta la gravedad del delito y de la pena, de nueve años de prisión, propia de delitos tales como el homicidio, agresión sexual con penetración o salud pública en supuestos agravados de tráfico de sustancias estupefacientes que causan grave daño a la salud. En consecuencia, tampoco en el presente supuesto se debe conceder el permiso”.
El recurso del Ministerio Público constata que jueza y fiscales tienen criterios opuestos respecto a elementos clave del sistema penitenciario, empezando por su objetivo prioritario, la reinserción de los presos. Y aflora un enfrentamiento entre jueza y fiscales cuando la magistrada todavía debe tomar una decisión fundamental para el futuro de los presos: avalar o revocar las salidas de prisión para ir a trabajar, cuidar de familiares o realizar voluntariado que ya han empezado a disfrutar cinco de los nueve condenados por sedición en contra del criterio de la Fiscalía.
La jueza reprochó a los fiscales que exigieran arrepentimiento a Cuixart y recordó que la normativa penitenciaria no impone la obligación al condenado de arrepentirse ni a que se declare culpable, por lo que no debía ser un criterio a la hora de valorar la concesión de un permiso. Por contra, los fiscales insisten que el arrepentimiento tiene “importantes consecuencias” para tener en cuenta si se cumple el objetivo de reeducación y reinserción que la Constitución otorga a las penas.
Así, como Cuixart presenta “importantes distorsiones cognitivas” y niega que su conducta durante el procés sea delito, el presidente de Òmnium “no es capaz de diferenciar entre lo que es legal y lo que no lo es”, argumentan los fiscales. En consecuencia, añaden, no se encuentra “reeducado” y no puede disfrutar de permisos.
Los fiscales también replican a la magistrada por reducir el “lo volvería a hacer” a “una mera expresión de un pensamiento ideológico/político”. Insisten los fiscales en que el lema de Cuixart es una amenaza para volver a cometer un delito de sedición. Al mantener Cuixart el “lo volvería a hacer”, razonan los fiscales, es “imposible detectar” a día de hoy la posibilidad de reeducar y reinsertar al líder de Òmnium. “No se aprecia en el interno las más mínima modificación de aquellos aspectos de la personalidad relacionados con su actividad delictiva”, apostillan los fiscales.
Otro de los choques entre jueza y fiscal fue a cuenta del tratamiento penitenciario específico sobre la sedición para los presos del procés, que la Generalitat ha rechazado llevar a cabo, tal y como adelantó eldiario.es. La jueza recordó que ese tratamiento no existe al no haber condenados por sedición en la historia reciente de España, pero los fiscales insisten en que es necesario para conceder permisos.
“Que no exista programa específico de tratamiento [sobre la sedición] no es ni puede ser obstáculo para que en el resto de perfiles o personalidades delictivas (sin esas características o patrones comunes) no se aborden las necesidades con las técnicas de intervención adecuadas”, sostienen los fiscales, que insisten en que los profesionales penitenciarios deben “tratar de manera individualizada” a los presos del procés con el objetivo de que “integren el respeto a la ley” y así poder reinsertarles.
En el último dardo que lanzan a la magistrada, los fiscales exponen que este tratamiento específico no busca que los presos del procés cambien su ideología independentista, tal y como afirmó la jueza. El tratamiento, agregan, debe ir dirigido a “ayudar a comprender” a los presos del 1-O que para alcanzar la independencia “no hay otra vía que la modificación legislativa por las vías legales”. Ahora la última palabra la tiene la Audiencia de Barcelona.