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La Fiscalía se opone a dar un permiso de 72 horas a Jordi Cuixart porque “no asume el delito” de sedición

Cuixart: "No tengo ningún arrepentimiento, lo volvería a hacer"

Oriol Solé Altimira

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El 'Ho tornarem a fer' [Lo volveremos a hacer] es un impedimento para que el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, tenga un permiso para salir de prisión durante 72 horas. Así lo cree la Fiscalía, que este viernes ha pedido a la jueza que no conceda el permiso porque “no hay una verdadera asunción” del delito de sedición en Cuixart, algo “imprescindible”, según el Ministerio Público, para permitir su salida puntual de prisión.

Se trata que la primera vez que la Fiscalía se posiciona sobre un permiso penitenciario a los presos del procés. El fiscal de vigilancia penitenciaria de Barcelona pide a la jueza de la capital catalana encargada de decidir sobre los permisos que que no se lo conceda a Cuixart, y carga contra la propuesta de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Lledoners. En un duro escrito, el fiscal tilda de “prematuro”, “injustificado” e “improcedente” el permiso por tres motivos.

El primero es el “escaso tiempo” de cumplimiento de la pena de nueve años de prisión impuesta a Cuixart. Además, el fiscal considera que otorgar ahora un permiso “frustra, en gran medida, los fines de la pena de prevención general y especial e incluso de rehabilitación” debido a la “falta de asunción de los hechos delictivos y ausencia de arrepentimiento” de Cuixart. Y agrega el fiscal para oponerse al permiso la “ausencia de tratamiento penitenciario para superar los déficits detectados” en Cuixart.

Dichos déficits, argumenta el fiscal, están vinculados al hecho de que Cuixart no haya reconocido el delito de sedición y haya enmarcado la actuación por la que fue condenado en el ejercicio de derechos fundamentales de reunión y manifestación. Mientras Cuixart no se someta a un programa de tratamiento específico por el delito de sedición y mantenga el “lo volveremos a hacer”, no cabe la concesión de permisos“, concluye el fiscal.

El fiscal remarca que antes de disfrutar de un permiso de 72 horas es “indispensable” una “buena evolución” de Cuixart en un programa de tratamiento “que le ayude a comprender que para alcanzar los fines que pretende, legítimos en la generosa Constitución Española, no hay otra vía que la de la modificación legislativa por las vías legales que la propia ley establece y que las leyes, en especial el Código Penal, se deben cumplir por todos los ciudadanos”.

La Fiscalía ve insuficiente que Cuixart presente buen comportamiento en prisión y que participe en el club de lectura y como gestor de talleres culturales y educativos a otros internos. A criterio del fiscal, es necesario que el presidente de Òmnium participe en programas o tratamientos penitenciarios “acordes con la tipología delictiva” de la sedición por la que fue condenado y que tengan como objetivo “convertir” a Cuixart “en una persona que tenga la intención y la capacidad de vivir respetando la ley penal”.

Continúa el fiscal que el programa de tratamiento específico para el presidente de Òmnium “debe enseñar que sólo se puede conseguir aquello que se desea utilizando los mecanismos legalmente establecidos en la normativa que rige nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, normativa que a todos nos vincula y que es aplicada por el Poder Judicial”. En concreto, detalla el fiscal, el programa debería inculcar a Cuixart que un gobierno autonómico, como hizo el catalán en 2017 según la sentencia del Supremo, “no puede transformar la estructura del Estado y plasmarlo en un texto legal fuera de los cauces jurídicos de reforma”.

“El interno puede que reconozca los hechos recogidos en sentencia y asuma las consecuencias de ellos, pero hace su propia interpretación de los mismos, no considerando que estos sean un delito, puesto que la existencia de esa llamada 'ley superior' basada en la declaración universal de derechos humanos justifica su actuación, lo cual supone negar el estado de derecho”, apostilla el fiscal.

Cuixart tiene derecho a 36 días de permiso al año al estar clasificado en segundo grado y haber cumplido ya un cuarto de la pena de nueve años de prisión por sedición que le impuso el Tribunal Supremo. Los permisos de hasta 48 horas los concede la conselleria de Justicia sin autorización del juez, pero en el caso de querer un permiso de tres a siete días, sí es necesario el aval del juzgado de vigilancia penitenciaria de Barcelona.

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