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El juez de guardia avaló el permiso extraordinario que dio la cárcel a Rull para visitar a su hijo en el hospital

Josep Rull obtuvo un permiso penitenciario para visitar a su hijo en hospital

Oriol Solé Altimira

El juez que estaba de guardia en Manresa el pasado 5 de diciembre avaló la vía que propusieron el exconseller Josep Rull y la cárcel de Lledoners para que el político obtuviera un permiso extraordinario para visitar a su hijo en el hospital. En un auto, consultable al final de esta información, el juez de guardia concluyó que el artículo 161.4 del reglamento penitenciario permite a la cárcel otorgar un permiso extraordinario en casos de urgencia, si bien el magistrado no adoptó ninguna decisión al concluir que la competencia recaía en el Tribunal Supremo o en la cárcel de Lledoners.

Rull obtuvo el pasado sábado un permiso extraordinario de urgencia para ser trasladado por los Mossos d'Esquadra desde Lledoners al Hospital Sant Joan de Déu de Manresa, donde estaba ingresado su hijo pequeño, de seis años, tras sufrir un golpe en la cabeza en un vis a vis familiar en prisión que lo había dejado inconsciente. La salida de la cárcel de Lledoners de Rull se produjo entre las 17:18h. y las 19:20h. del sábado, de acuerdo con el juez de guardia de Manresa, han informado fuentes de los servicios penitenciarios de la Generalitat, administración competente en prisiones en Catalunya.

En presos preventivos como Rull, que todavía no han sido condenados, las decisiones sobre permisos o excarcelaciones las toma el juzgado que tramita su causa, en este caso el Tribunal Supremo. En el caso del exconseller, sin embargo, la salida de la cárcel el pasado 5 de enero fue tomada en base al reglamento penitenciario catalán.

El artículo 161.4 del reglamento, en concreto, permite que el director del centro autorice un “permiso extraordinario en supuestos de urgencia”, con consulta previa al centro directivo y siempre que se termine comunicando a la junta de tratamiento, han indicado las mismas fuentes. Fue la dirección de Lledoners quien autorizó la salida extraordinario de Rull de la cárcel.

En este sentido, el juez de guardia de Manresa declaró que no era competente para permitir la excarcelación temporal de Rull ya que cualquier permiso debería otorgarlo bien el Tribunal Supremo, por ser el órgano en el que el exconseller está encausado, o bien la propia cárcel en base al artículo 161.4.

“En todo caso, el Centro Penitenciario dispone también del procedimiento previsto en el núm. 4 del art. 161, sobre el que este Juzgado tampoco puede pronunciarse, al tratarse de una decisión gubernativa”, zanjó el juez de guardia. El auto también muestra que el fiscal estuvo a favor de otorgar el permiso extraordinario “por razones de urgencia”.

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