Dos juzgados catalanes se pasan la causa de la CDR Tamara Carrasco sin decidir si ponen fin a once meses de confinamiento
Un juzgado de Gavà y uno de Barcelona se pasan desde hace cuatro meses la causa de Tamara Carrasco, la activista de los Comités de Defensa de la República (CDR) confinada en su municipio desde el pasado mes de abril. La discrepancia entre ambos juzgados se basa en quién es el competente para investigar a Carrasco por un presunto delito de desórdenes públicos. Mientras no se resuelva la cuestión la defensa de Carrasco no puede proponer acabar con la reclusión forzosa en Viladecans que ya se alarga once meses.
La Audiencia de Barcelona dirimirá el desacuerdo entre las dos juezas. La titular del juzgado de instrucción 24 de la capital catalana ha remitido a los magistrados de la sección 2 una contundente exposición razonada, a la que ha tenido acceso eldiario.es, en la que defiende que debe ser el juzgado de Gavà quien se quede con la causa de Carrasco. La Fiscalía y la defensa de la activista están de acuerdo con que sea la jueza de Gavà quien instruya el caso.
La Audiencia Nacional envió el pasado mes de noviembre al decanato de los juzgados de Barcelona la causa contra Carrasco por un presunto delito de desórdenes relacionado con los cortes en las autopistas y carreteras catalanas convocados por los CDR para pedir la libertad de los presos soberanistas. Lo hizo después de descartar los delitos de terrorismo y rebelión, manteniendo eso sí el confinamiento para la activista vigente desde que fuera dejada en libertad el 12 de abril de 2018.
Tal y como recuerda la jueza de Barcelona en su exposición razonada, el único indicio por el que Carrasco está investigada no es haber participado físicamente en las protestas, sino un mensaje de audio de 5 minutos y 41 segundos en el que la activista “difunde y llama a realizar cortes en las carreteras”. Al sospechar que el mensaje se había grabado desde su domicilio, la jueza de Barcelona envió en diciembre el caso a los juzgados de Gavà, de los que depende Viladecans.
La jueza de Gavà devolvió el 25 de enero de este año el caso a la capital catalana, sin siquiera notificarlo a la Fiscalía, al no tener claro que el mensaje se grabara desde Viladecans. “Al no quedar constatado el lugar de emisión del mensaje, será competente el juzgado de Barcelona por ser donde se han descubierto pruebas materiales del delito”, indicó la jueza de Gavà, según se recoge en la exposición razonada que ahora deberá resolver la Audiencia de Barcelona.
En cualquier caso, la jueza de Barcelona sostiene que mientras la Audiencia Provincial no se pronuncie, es el juzgado de Gavá el que debe “continuar practicando por imperativo legal las diligencias” para que la causa avance “hasta que que se dirime definitivamente la controversia” sobre la competencia. Será entonces cuando la jueza que asuma el caso decida sobre el archivo de la misma y el fin del confinamiento que propondrá la defensa de Carraso, que ejerce Benet Salellas.
De terrorismo a desórdenes
El límite a la libertad de movimientos de Carrasco, coinciden fuentes jurídicas consultadas, es una medida cautelar excepcional en un caso abierto únicamente por desórdenes públicos. Cabe recordar que fue el mismo mensaje de audio el que provocó la detención y el registro de la casa de Carrasco por presuntos delitos de terrorismo o rebelión. La Fiscalía de la Audiencia Nacional llegó a pedir prisión provisional para Carrasco.
No obstante, el juez instructor de la Audiencia Nacional rechazó de plano los presuntos delitos de terrorismo y rebelión y limitó la causa a unos desórdenes públicos. El descarte no aparejó el levantamiento de la medida cautelar que impide a Carrasco salir de Viladecans, con la excepción de acudir a su puesto de trabajo, desde hace once meses. Y es que la Audiencia Nacional, antes de enviar la causa a los juzgados catalanes, argumentó que “la actividad de los CDR no había cesado” para mantener a Carrasco confinada en Viladecans, denegándole incluso un permiso para visitar a su madre cuando se rompió una pierna.