Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
Feijóo pide que el Gobierno asuma la gestión de la DANA mientras Mazón se resiste
El esfuerzo colectivo para no dejar nada sin rastrear en el parking de Bonaire
Opinión - Feijóo entierra a Mazón. Por Esther Palomera

El Supremo confirma la condena a Convergència por cobrar comisiones ilegales en el caso Palau

El extesorero de CDC Daniel Osàcar (c), en una imagen de archivo

Oriol Solé Altimira

9

La corrupción de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) ya es una verdad judicial que no se puede recurrir. El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la condena del caso Palau que impuso en 2018 la Audiencia de Barcelona a los antiguos responsables del auditorio, Fèlix Millet y Jordi y Gemma Montull, y al extesorero de CDC Daniel Osàcar por el saqueo de 23 millones de euros de fondos del auditorio, de los que 6,6 millones correspondieron a comisiones ilegales que el partido nacionalista cobró a través del Palau de la Música.

El Supremo ratifica en casi todos sus aspectos la sentencia de la Audiencia de Barcelona y solo rebaja sensiblemente las penas para Osàcar y Gemma Montull. Los magistrados ven “probado hasta la saciedad, con abundantísima prueba documental”, el circuito delictivo que expusieron Millet y Montull durante el juicio: el Palau fue, al menos durante una década, la “cañería”, en palabras del fiscal Emilio Sánchez Ulled, a través de la que Ferrovial canalizaba las comisiones a Convergència cambio de obra pública.

“Las dádivas, la comisión porcentual de obra pública adjudicada, llegaron periódicamente a Convergencia hasta 2009”, zanja el Supremo. Es más, el Supremo considera que el esquema corrupto solo fue posible debido a la posición “hegemónica” de Convergència bajo los gobiernos de Jordi Pujol, un dominio que llevó al partido a tener, según el Alto Tribunal, “la administración colonizada”.

Por las citadas comisiones el Supremo confirma la condena por tráfico de influencias a Millet y Jordi y Gemma Montull, si bien absuelve de este delito a Osàcar porque “no consta acreditado” que influenciara a funcionario alguno para conseguir adjudicar obra pública a Ferrovial. Los magistrados sí ven probado que Osàcar “hizo llegar” al partido comisiones “aplazadas” que Ferrovial pagó antes de ser nombrado tesorero.

De esta forma la pena a Osàcar –también imputado en la causa del 3% de la Audiencia Nacional– pasa de 4 años y cinco meses de prisión a 3 años y medio, así como una multa de 3,7 millones, por los delitos de blanqueo de capitales, falsedad mercantil y contable. Para Gemma Montull la pena pasa de 4 años y medio a cuatro, mientras que el Supremo mantiene las condenas de los dos exmandamases del Palau: 9 años y 8 meses para Millet y 7 años y 6 meses de prisión para Montull.

La sentencia del Supremo confirma el recorrido de las comisiones de hasta el 4% de la constructora Ferrovial a cambio de que “altos responsables” de CDC, que no han podido ser identificados, aseguraran un “flujo constante” de adjudicación de obras públicas. Las comisiones de Ferrovial se enmascaraban con patrocinios simulados al Palau, y luego Millet y Montull las entregaban bien en sobres a Osàcar o su antecesor en la tesorería de CDC, el fallecido Carles Torrent, bien a través de convenios ficticios con la Fundación de CDC, la Trias Fargas, supuestamente para promocionar la cultura catalana, bien a través de facturas falsas.

“La prueba acredita la eficacia de la gestión de Fèlix Millet, que tanto instaba obra a adjudicar al tesorero de Convergència como solicitaba el importe de la comisión a los representantes de Ferrovial”, zanja el Supremo. Entre las obras por las que Ferrovial pagó comisiones figuran la construcción de la Ciutat de la Justícia o la línea 9 del Metro.

Entrada en prisión y saqueo

Una vez condenados ya en firme, queda por ver si Millet, los Montull y Osàcar entrarán en prisión a cumplir las penas. Salvo Gemma Montull, la avanzada edad y el delicado estado de salud de los tres condenados puede servir de argumento a las defensas para solicitar un arresto domiciliario. Está además la cuestión del estado de alarma y del foco que puede ser el virus en las prisiones. La decisión sobre el ingreso inmediato en prisión de los condenados recae sobre la sección 10 de la Audiencia de Barcelona, que fue quien juzgó el caso.

Además de las comisiones, el Supremo también confirma en su integridad la sentencia de la sección 10 de la Audiencia de Barcelona en relación al saqueo del auditorio perpetrado por Millet y los Montull. Los magistrados reiteran que el expolio ascendió a 23 millones de euros, cantidad que los condenados –que cuentan con casi todos sus benes embargados– tendrán que devolver. De momento solo han reingresado en las cuentas del Palau unos 6 millones del total que robaron.

El Supremo reitera que Millet y los Montull dispusieron de los fondos de las entidades del Palau en provecho propio y con ellos pagaron viajes privados, gastos de boda de sus hijas o reformas de viviendas particulares. También directamente se adjudicaron fondos del Palau a sus bolsillos particulares mediante retiradas de efectivo de las cuentas para gastos privados.

El resto de condenados, abogados encargados de diseñar el entramado por el que Millet y Montull intentaron justificar el saqueo así como empresarios que remitieron facturas falsas al Palau, han sido condenados a penas menores y no entrarán en prisión. Raimón Bergós ha sido condenado a dos años, Santiago Llopart a 1 año y 9 meses y Edmundo Quintana a 8 meses. Los otros cinco condenados por la Audiencia de Barcelona (con penas de entre 8 meses de prisión y 1 año y 9 meses) no recurrieron sus condenas. Asimismo, el Supremo mantiene la absolución por prescripción del delito de los dos directivos de Ferrovial acusados, Pedro Buenaventura y Juan Elizaga, y de la exdirectora general del Palau Rosa Garicano.

Etiquetas
stats