Ni sedición ni organización criminal. El exmajor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero, se ha desvinculado por completo del supuesto plan orientado a conseguir la secesión que la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela sostiene que trazaron los dirigentes de la Generalitat y la cúpula de la policía catalana. En su recurso contra el auto de procesamiento, la letrada de Trapero, Olga Tubau, expone varias reuniones, comunicaciones y actuaciones de los Mossos para afirmar que el exmajor “en modo alguno compartía un eventual plan tendente a la celebración del referéndum”.
Entre los documentos aportados por la defensa destaca un correo electrónico que Trapero envió el pasado 27 de octubre, fecha en la que el Parlament aprobó la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) a la cúpula judicial catalana. En ese e-mail dirigido al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), Jesús María Barrientos y el por entonces fiscal superior, José María Romero de Tejada, Trapero se puso “a disposición” de ambos con el objetivo de “dar cumplimiento” a las órdenes de jueces y fiscales que pudieran derivarse de la aprobación de la DUI.
La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela procesó al exmajor de los Mossos d'Esquadra por organización criminal y dos delitos de sedición por los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y el 1-O. En su auto de procesamiento, la magistrada concluyó que los procesados conformaron una organización destinada a conseguir la independencia de Catalunya al margen de las vías legales “alterando de esta forma la organización política del Estado y con ello la forma de Gobierno, con clara contravención del orden constitucional y estatutario”.
En su recurso, la defensa de Trapero afea a la magistrada que no haya aportado en su auto “ninguna manifestación pública ni privada” del exmajor en la que mostrara su supuesta disposición para someter a los Mossos a los dictados del 'procés'. La razón, añade la defensa, es que Trapero “simple y llanamente no realizó jamás manifestaciones en este sentido ni formó parte de una compleja y heterogénea organización unida por ese designio”.
Además, la defensa niega la “pretendida coordinación” entre la cúpula política de la conselleria de Interior y los jefes de los Mossos porque Trapero y el resto de comisarios trasladaron “su discrepancia” a los políticos “en un acto sin precedentes”. Se refiere la defensa a que los Mossos el 23 de septiembre, en un comunicado interno, recordaron que los agentes debían obedecer a jueces y fiscales para impedir el 1-O, en contra de la nota emitida por la conselleria en la que se proclamaba la “no aceptación de la injerencia del Estado” a raíz del nombramiento del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos como mando único del 1-O.
Y en dos reuniones convocadas por Trapero, el 26 y el 28 de septiembre, el major, junto a otros comisarios, expuso a Puigdemont, Junqueras y Forn la “preocupación” del cuerpo policial porque los políticos habían decidido mantener el 1-O “por los eventuales problemas para la seguridad ciudadana que podían producirse”. Otra demostración, según la defensa, no había ningún concierto entre políticos y policías para llevar a cabo el referéndum.
Es más, Trapero asegura que en ambas reuniones trasladó a Puigdemont, Junqueras y Forn que desde los Mossos d'Esquadra “no se compartía el proyecto independentista”, así como su voluntad de “respetar la legalidad vigente” y su discrepancia con las declaraciones que los políticos hacían sobre el papel de la policía catalana en la votación.
Señala a Pérez de los Cobos
Sobre el operativo de los Mossos el 1-O, Trapero rechaza que hubiera inacción en la policía catalana y que la llamada a actuar de forma proporcional y congruente quisiera enmascararlo, ya que el propio TSJC hacía una petición en su auto para impedir el referéndum a que no se afectara la normal convivencia ciudadana. El exmajor hace hincapié en que las decisiones en relación al operativo policial en el que participaban Mossos, Policía Nacional y Guardia Civil fueron adoptadas por el entonces director del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaria de Estado de Seguridad, Diego Pérez de los Cobos, y que se trataba de una actuación conjunta.
En este sentido, el recurso apunta hacia Pérez de los Cobos. Trapero considera “extraordinariamente sorprendente” que, en su declaración como testigo, Pérez de los Cobos recordara una “connivencia” entre Trapero y Puigdemont de la reunión de la Junta de Seguridad en que participaron los tres el 28 de septiembre, pese a que en la acta de la reunión de ese día el propio de los Cobos recogiera la opinión de Trapero referente a que los Mossos debían “hacer cumplir la ley” e impedir el 1-O.
Trapero destaca que se decidió conjuntamente destinar a dos agentes de los Mossos para cada punto de votación, en total 2.200, “no siendo asumible una presencia mayor atendido el número de efectivos de los que se disponía”, y que se previó que el orden público recaería mayoritariamente en la Guardia Civil y la Policía Nacional, ya que los antidisturbios de los Mossos estaban destinados a vigilar una manifestación anarquista, unos actos de la ANC en plaza Catalunya, el partido entre el F.C. Barcelona y el Las Palmas y “otros puntos de interés policial”.
La protesta frente a Economía
En referencia a la protesta del 20 de septiembre, Trapero niega que los Mossos denegaran las peticiones de ayuda de la Guardia Civil durante el registro y apunta que ambos cuerpos mantuvieron un “contacto permanente” toda la jornada. Destaca el recurso que a las 9:34 horas ya había una unidad de antidisturbios de los Mossos frente a Economía, cifra que al mediodía había ascendido hasta once equipos de orden público, además del equipo de mediación.
Señala además el recurso que ni Trapero ni los otros jefes de la policía catalana tuvieron una “voluntad maliciosa” de obstruir el registro en la conselleria. Por contra, añade, los mandos de los Mossos pusieron sobre la mesa que era imposible cumplir con la petición de la Guardia Civil de que los detenidos accedieran hasta la puerta de la conselleria en coche, habida cuenta de la “masa compacta de gente que impedía los movimientos y la actuación policial”.
Los dos pasillos que se montaron ese día para el acceso al edificio, añade, no fueron usados por los agentes de la Guardia Civil. “En modo alguno hubo inactividad y omisión”, zanja Trapero, que destaca que en el centro de mando de los Mossos no había ni un político, por lo que “no se sostiene” que la actuación de la policía catalana estuviera “coordinada” con la cúpula política de la conselleria de Interior, tal y como afirma Lamela.
Todo ello, a criterio de la defensa de Trapero, muestra que la cúpula de los Mossos no compartía el objetivo secesionista de la Generalitat. “Una cosa eran los desiderátums y la voluntad del órgano político y otra la actuación del cuerpo de los Mossos d’Esquadra, cuya cúpula, con el Major a su frente, vino siempre presidida por una firme determinación de cumplir con el ordenamiento legal vigente y con las órdenes emanadas del Poder Judicial y de la Fiscalía”, concluye el recurso.