La decisión de Bélgica de rechazar la euroorden reclamada por el Tribunal Supremo y no extraditar al exconseller de Cultura, Lluís Puig, se conoció el pasado viernes, pero las consecuencias de la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, van mucho más allá del propio afectado: impactan directamente sobre el futuro de Carles Puigdemont y, eventualmente, de todos los afectados por la causa del procés.
La importancia del fallo del tribunal flamenco para la estrategia judicial de los independentistas no es tanto la decisión de no extraditar sino los argumentos en los que la basa. La sentencia, dictada en primera instancia y que puede recurrirse en hasta dos tribunales de apelación, cuestiona que el Tribunal Supremo fuese el competente para reclamar la detención de Lluis Puig, por lo que considera que se ha vulnerado el derecho fundamental a que su causa sea conocida por el juez natural.
Para determinar esto se basa en el informe emitido por el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, dependiente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que en su momento sostuvo este razonamiento para los casos de Oriol Junqueras, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.
El argumento de que el Supremo no era el tribunal competente para juzgar a los líderes independentistas no es nuevo, ya que ha sido esgrimido siempre por sus defensas, además de por el citado Grupo de Trabajo. Sin embargo, la sentencia del pasado viernes sobre Lluís Puig constituye la primera ocasión en la que un juez hace suya esta idea.
Este hecho da oxígeno a los independentistas en tres ámbitos. Por un lado, es un argumento para Puigdemont en su batalla ante el Parlamento Europeo para que no le retire la inmunidad. Según recuerdan fuentes de su defensa, quien debe pedir el suplicatorio es el tribunal competente, y ahora un juez belga ha dejado escrito que el Supremo no lo es.
En segundo lugar, la sentencia marca un claro antecedente para que la justicia belga pueda rechazar en el futuro la extradición de Carles Puigdemont, casi con los mismos argumentos. Por último, la argumentación que contiene el fallo permitirá que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos observe este argumento con especial interés a la hora de decidir si anula la sentencia.
Las tres cuestiones vienen por tanto a rearmar la estrategia de defensa de los eurodiputados de JxCat. “Es una sentencia de gran importancia porque entra a hablar de la cuestión de la competencia como una vulneración de derechos fundamentales, tal como argumentamos nosotros, y además demuestra el valor que tenía el fallo de la ONU que Llarena y sus corífeos tanto despreciaron”, asegura Josep Costa, vicepresident del Parlament y uno de los integrantes del equipo de defensa de los exmiembros del Govern en Bélgica.
Puig, un antecedente para Puigdemont
El proceso de euroorden contra Lluís Puig tiene sus propias particularidades debido a la situación del acusado. Para empezar, el exconseller de Cultura no ostenta en la actualidad ningún cargo representativo por el que esté aforado o goce de inmunidad de ningún tipo. Por eso, mientras que Puigdemont reclamó al tribunal belga esperar hasta que el Parlamento Europeo decidiera si le retiraba la inmunidad, en el caso de Puig la decisión no se hizo esperar, dando como resultado la sentencia del pasado viernes, que deniega su extradición.
El fallo, como se ha señalado, no solo entra a valorar la cuestión de la competencia sino que explica por qué lo hace, con el siguiente razonamiento:
“El artículo 4, párrafo 5 de la Ley sobre la orden de detención europea prevé un motivo obligatorio de denegación cuando existan motivos fundados para creer que la ejecución de la orden de detención europea afectaría negativamente a los derechos fundamentales de la persona implicada, tal y como lo establece el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea”.
En este sentido, la sentencia se apoya en el informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria para considerar probado que a Puig se le privó de un juez natural, algo que iría contra el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, cuando establece que:
“Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable por un tribunal independiente e imparcial, establecido previamente por la ley. Toda persona podrá hacerse aconsejar, defender y representar”.
Al entrar tan a fondo en la cuestión de la competencia del Supremo, la sentencia se convierte en un antecedente de gran valor para Carles Puigdemont, en la medida en la que podría argumentar exactamente lo mismo en el caso de que, como es esperable, la Eurocámara acabe retirándole la inmunidad. Una vez desprovisto de esta prerrogativa parlamentaria, el expresident quedaría en la misma situación de Puig, y a la espera de una sentencia de la justicia belga sobre exactamente el mismo asunto que la ya emitida. Por ello, sería toda una sorpresa que dijese una cosa diferente en su caso.
Un argumento de peso ante el TEDH
Más allá de las armas que esta sentencia pueda darle a Puigdemont delante del Parlament Europeo, o que afiance sus opciones para quedarse en Bélgica aunque la Cámara opte por retirarle la inmunidad, la sentencia del tribunal belga tiene una dimensión de importancia para el resto de afectados por la causa del 'procés'.
Tal como se viene repitiendo casi desde el inicio del proceso judicial, la causa acabará en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), donde los condenados aspiran a que la sentencia acabe quedando desacreditada, de la misma forma que ocurrió recientemente en el caso Bateragune de Arnaldo Otegi y otros. Para que esto sea así, el tribunal situado en Estrasburgo debería ver alguna vulneración de derechos fundamentales en la causa, y esto es precisamente lo que las defensas han intentado articular.
Por esta razón desde el equipo del expresident subrayan que la sentencia belga sobre Puig se trata de la primera ocasión en la que un juez les da la razón sobre vulneración de derechos fundamentales. Según esta visión, el argumento proporcionado por Bélgica sería más importante en Estrasburgo que el que esgrimió en su momento el tribunal de Schleswig-Holstein, que rechazó entregar a Puigdemont por una cuestión de tipicidad del delito reclamado, que en aquel caso era el de sedición.
“Para un tribunal como el TEDH siempre es más sencillo agarrarse a cuestiones formales, como es la competencia, que entrar en el fondo de la causa, donde tiende a no enmendarle la plana a los tribunales nacionales”, defiende Costa, que ve en el fallo de Bélgica uno de los triunfos más importantes en la estrategia de defensa de los independentistas desde que esta comenzó.