Revocada la condena a dos miembros del Sindicato de Inquilinos por una protesta contra su casera
La Audiencia de Barcelona ha revocado la condena que una jueza impuso a una pareja de inquilinos, Juan H. y Livia A., por una protesta contra la casera que les subió el alquiler y luego desahució ante su negativa al incremento de renta. La condena ahora anulada fue la primera contra dos miembros del Sindicato de Inquilinos y supuso un motivo de preocupación para el movimiento barcelonés en favor del derecho a la vivienda.
El caso de Juan y Livia adquirió relevancia en 2018 por el apoyo que prestaron a la pareja varios políticos, entre ellos la actual ministra de Igualdad, Irene Montero. Desde 2007 vivían en el mismo piso del barrio de Gracia con sus hijos. En octubre de 2018, la propietaria, Esther A., les comunicó que solo accedía a renovar el contrato con una subida del 30%, hasta 1.300 euros, y se negó a entablar negociación alguna.
Empezaron entonces las movilizaciones del Sindicato de Inquilinos de Barcelona y la Oficina Popular de la Vivienda del barrio de Gràcia para protestar contra la subida de alquiler, lo que no impidió finalmente el desahucio de la familia el 20 de diciembre de 2019 tras dos intentos frenados por la movilización vecinal.
La magistrada del juzgado penal 20 de Barcelona condenó hace unos meses a Juan y Livia a una multa de 720 euros por un delito de coacciones por un único hecho: la protesta en diciembre de 2018 en la oficina de la inmobiliaria que gestionaba los pisos de la propietaria, durante la cual el administrador envió un correo electrónico a la propietaria en el que anunciaba su renuncia a seguir llevando las fincas. Según la jueza, el administrador envió el correo porque se vio coaccionado por la “intimidación ambiental” derivada de la irrupción en la oficina.
La pareja, defendida por el letrado David Aranda, de Arrels Advocats, recurrió la sentencia, y ahora la Audiencia de Barcelona les ha dado la razón en una sentencia a la que ha accedido elDiario.es. En esencia, los magistrados consideran que la jueza que les juzgó en primera instancia vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de Juan y Livia al condenarlos por unos hechos por los que ya habían sido juzgados, algo vedado por la ley. Es lo que se conoce como el principio de “non bis in idem”.
Recuerdan los magistrados de la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona que la protesta en la inmobiliaria ya fue objeto de un juicio por delitos leves a raíz del atestado policial que elaboraron los Mossos d'Esquadra. Sin embargo, como el administrador de fincas no acudió al juicio a ratificar su denuncia, Juan y Livia resultaron absueltos. Los jueces concluyen que aunque ahora la denunciante sea la propietaria, los hechos son los mismos, por lo que Juan y Livia no pueden ser condenados ahora por una protesta de la que terminaron exculpados en 2018.
Es más, recuerdan los togados que la propietaria “en modo alguno” puede ser víctima del delito de coacciones por la protesta en la inmobiliaria habida cuenta de que “ni siquiera se encontraba” en la oficina donde tuvo lugar la protesta.
La nueva sentencia absolutoria todavía puede recurrirse ante el Tribunal Supremo, pero supone una victoria para el Sindicato, que en los últimos meses ha visto cómo dos de sus últimas campañas en contra de las subidas de alquiler terminaban en los tribunales, en lo que consideran una criminalización del derecho a la protesta. En la otra causa juzgada antes del verano su portavoz, Jaime Palomera, terminó absuelto, como ahora ha ocurrido con Juan y Livia.
“Ante cualquier intento de criminalización de nuestra actividad, volvemos a manifestar nuestra determinación y compromiso a continuar organizándonos y luchando por el derecho a la vivienda y a una vida digna”, han proclamado desde el Sindicato en un comunicado. La organización barcelonesa de inquilinos lamenta además que la “criminalización y judicialización” de sus acciones de protesta “se use frecuentemente por parte de quienes vulneran el derecho a la vivienda”. E insisten que ante todo defienden “el diálogo y la negociación entre arrendadores y arrendatarios”.
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