El Supremo avala el impuesto sobre las viviendas vacías en Catalunya
El Tribunal Supremo ha confirmado desestimar un recurso de la Asociación Española de Banca (AEB) contra el reglamento del impuesto sobre viviendas vacías de Catalunya, que ha avalado esta decisión.
En la sentencia, el Supremo concluye que este impuesto no contraviene la Constitución y ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJC).
El recurso de la AEB alegaba que el impuesto, que penaliza las viviendas tanto de grandes tenedores como de particulares que estén vacías de manera “injustificada”, vulneraba los principios constitucionales de igualdad, capacidad económica e interidicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Los jueces argumentan, además, que la regulación del impuesto sobre viviendas legítimas corresponde al “ámbito legítimo de la potestad tributaria del legislador autonómico”, en referencia a la Generalitat catalana, artífice de la norma.
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