Artur Mas, condenado a pagar los 4,9 millones que costó el 9-N por ser “gastos desconectados de finalidades públicas”
El Tribunal de Cuentas ha cifrado en 4,95 millones de euros el coste para las arcas de la Generalitat que supuso la consulta del 9-N de 2014, y ha condenado al expresident Artur Mas a reintegrar de forma íntegra este importe. Asimismo, el ente fiscalizador también ha condenado a tres exconsellers –Francesc Homs, Joana Ortega e Irene Rigau– y a seis exaltos cargos a reembolsar varios gastos relacionados con la consulta.
Según la sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es, el Govern que presidía Mas acordó los gastos para el 9-N a sabiendas de que estaban “desconectados de cualquier finalidad pública que pudiera perseguir la Generalidad de Cataluña”. “La única conclusión posible es que los gastos carecieron de justificación”, abunda la jueza del Tribunal de Cuentas Margarita Mariscal de Gante, ministra de Justicia en el primer Gobierno de José María Aznar.
Además de Mas, condenado a pagar el coste total del 9-N, han sido condenados los siguientes exresponsables de la Generalitat por varias tareas relacionadas con la logística de la votación: el exconseller de Presidència Francesc Homs tendrá que abonar 1,98 millones; la exconsellera de Enseñanza Irene Rigau 2,8 millones por los ordenadores del 9-N; la exvicepresidenta Joana Ortega 865.674,9 euros por el material electoral.
Por su lado, los exaltos cargos Ignasi Genovès, Jordi Vilajoana han sido condenados a pagar 806.403 euros cada uno por la publicidad del 9-N; mientras que los excargos del Govern Lluis Bertran, Jaume Domingo, Josefina Valls, y Teresa Prohias tendrán que reembolsar 698.685, 307.962, 81.143 y 21.767 euros respectivamente.
Con este fallo, el Tribunal de Cuentas estima las demandas presentadas por las asociaciones Abogados Catalanes por la Constitución y Sociedad Civil Catalana, así como por la Fiscalía. La magistrada Mariscal de Grande cifra en concreto el coste del 9-N en 4.946.788,16 euros. Los exdirigentes habían depositado como fianza 5,2 millones de euros obtenidos mediante la puesta a disposición del Tribunal de Cuentas de sus casas particulares, así como dinero en efectivo obtenido de cajas de resistencia.
Mas lo tilda de “aberración jurídica”
En un comunicado, el expresident de la Generalitat Artur Mas ha tildado de “aberración jurídica” la sentencia y ha anunciado que la recurrirá porque no la acepta. “No se ha producido ningún gasto irregular que comporte una responsabilidad contable”, ha sostenido el expresident, que ha recordado que la Generalitat de Catalunya no se siente perjudicada por los gastos del 9-N porque no se personó en la causa.
“La decisión del Tribunal de Cuentas se encuentra muy lejos de la imparcialidad y pretende ser, por un lado, un escarmiento para todos aquellos que llevamos a cabo el proceso participativo del 9-N y, por otro, un aviso para navegantes”, ha aseverado el expresident, que ha anunciado que recurrirá la sentencia ante la sala de apelaciones del Tribunal de Cuentas.
La magistrada Mariscal de Gante no ha aceptado ninguno de los argumentos de defensa expuestos por Mas y sus excolaboradores. Alegaron los políticos que no llegaron ni a ir a juicio por el delito de malversación de fondos públicos –sólo fueron condenados por desobediencia–, y que en cualquier caso los gastos se acordaron antes de la suspensión del 9-N por parte del Constitucional, por lo que eran legales.
Por contra, la sentencia concluye que aunque el procedimiento para la realización del gasto fuera “formalmente irreprochable”, como sucedió con las partidas del 9-N, se produce un perjuicio contable a la administración “si el destino dado a los fondos públicos es distinto que el legalmente previsto”, por lo que procede obligar a los dirigentes que lo acordaron a devolver el dinero. En este sentido, la sentencia zanja que como la “finalidad pretendida [el 9-N]” no era “conforme al ordenamiento jurídico, la única conclusión posible es que los gastos carecieron de justificación y dieron lugar a un saldo deudor injustificado en los fondos públicos de la Generalidad”.