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El TSJ catalán suspende por la amnistía la revisión de la sentencia a un condenado del procés

Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona.

Oriol Solé Altimira

Barcelona —
27 de febrero de 2024 13:10 h

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La ley de amnistía tiene efectos incluso antes de su entrada en vigor. La sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dejado en suspenso la resolución de un recurso de un manifestante condenado a tres años de cárcel ante la “incidencia” que puede tener en la sentencia la ley de amnistía.

En una providencia, los magistrados señalan que han tenido “público conocimiento” de la tramitación de la ley de amnistía –a día de hoy encallada en el Congreso y a la que todavía le faltaría el trámite en el Senado–, y deciden suspender la deliberación, votación y fallo del recurso del manifestante, fijada para este martes, ante la eventual “incidencia” de la norma en la causa.

En otras palabras, los magistrados abogan por no resolver un recurso ante el efecto de la ley de amnistía, que una vez aprobada obligaría a dar carpetazo al caso del manifestante condenado a tres años de prisión por los altercados convocados por Tsunami Democràtic en el Camp Nou en noviembre de 2019 en protesta contra la sentencia del procés.

Hasta ahora, solo un juzgado de lo penal de Girona había suspendido un juicio por la amnistía, si bien los acusados prevén generalizar las solicitudes de suspensión de juicios del procés que todavía tienen que celebrarse.

La decisión de la sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJC es relevante porque son los magistrados que revisan las sentencias por los altercados del procés que han emitido las Audiencias de Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona.

De seguir el mismo criterio con el resto de casos, tal y como se desprende de la resolución de los togados, hasta que no se desencalle la ley de amnistía quedarían en suspenso el resto de recursos presentados. Se postergaría así la entrada en prisión de aquellos condenados –una minoría– a penas que implican su ingreso en un centro penitenciario.

La sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJC, presidida por la magistrada Àngels Vivas e integrada por jueces y juezas de corte progresista, ya había corregido en el pasado varias sentencias, lo que permitió rebajar las altas penas de cárcel a las que habían sido condenados algunos manifestantes por los disturbios.

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